6/24/2014

DECRETO SUPREMO N° 151-2014-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN DECRETO SUPREMO N° 151-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29380, se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, encargada de normar, supervisar, fiscalizar y sancionar las actividades del transporte
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN
DECRETO SUPREMO N° 151-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 29380, se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, encargada de normar, supervisar, fiscalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancías.

Tiene personería jurídica de derecho público interno, con autonomía técnica, funcional, administrativa y presupuestal; asimismo, constituye un pliego presupuestal, y cuenta con Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 033-2009-MTC;

Que, la Octogésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, autoriza, excepcionalmente, al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, durante el Año Fiscal 2014, a favor del pliego Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), para el fortalecimiento de sus operaciones de fiscalización. Para tal fin, se exceptúa al pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones de lo dispuesto en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41 y en los artículos 76 y 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, debiendo ser autorizadas mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a solicitud de este último;

Que, a través del Oficio N° 377-2014-SUTRAN/01.2, la Superintendente de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), en el marco de lo dispuesto en la Octogésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, ha solicitado al Ministerio de Transportes y Comunicaciones recursos adicionales para el presente año fiscal, para el fortalecimiento de la capacidad de fiscalización y sanción de los servicios de transporte terrestre de personas, carga y mercancías, con la finalidad que se desarrollen en adecuadas condiciones de seguridad y calidad a favor de los usuarios, en las regiones donde la SUTRAN tiene presencia;

Que, a través del Memorándum N° 121-2014-MTC/20, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Provías Nacional, Unidad Ejecutora del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones informa que, de acuerdo a la proyección del gasto al cierre del año fiscal 2014, dicha unidad ejecutora cuenta con recursos, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, que pueden ser destinados al pedido realizado por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN);

Que, a través del Memorando N° 1078-2014-MTC/09.03, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adjunta el Informe N° 659-2014-MTC/09.03 de la Oficina de Presupuesto de la citada Oficina General, y propone un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una transferencia de partidas, a favor de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), en el marco de lo dispuesto en la Octogésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, para el fortalecimiento de la capacidad de fiscalización y sanción de los servicios de transporte terrestre de personas, carga y mercancías, señalando que en el presupuesto institucional del año fiscal 2014
del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 007: Provías Nacional, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, existen recursos que pueden ser destinados a la citada transferencia; en virtud de lo cual, con Oficio N° 644-2014-MTC/04, el referido Ministerio solicita la transferencia de recursos;

Que, en consecuencia, en aplicación de lo dispuesto en la Octogésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, resulta necesario aprobar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de DOCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.

12 000 000,00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, del presupuesto institucional del año fiscal del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 007: Provías Nacional, a favor del pliego 202: Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en la Octogésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;

DECRETA:

Artículo 1°.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de DOCE MILLONES Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 12 000 000,00), del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a favor del pliego Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), para el fortalecimiento de la capacidad de fiscalización y sanción de los servicios de transporte terrestre de personas, carga y mercancías, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 007 : Provías Nacional
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0061 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre PROYECTO 2001621 : Estudios de Pre Inversión
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 12 000 000,00
TOTAL EGRESOS 12 000 000,00
A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 202 : Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN
UNIDAD EJECUTORA 001 : Gestión y Administración General
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0061 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre PRODUCTO 3000478 : Servicios de Transporte Terrestre y Complementarios Fiscalizados ACTIVIDAD 5003418 : Fiscalización al Servicio de Transporte Terrestre de Personas
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 5 473 824,00
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 512 752,00
ACTIVIDAD 5003419 : Fiscalización al Servicio de Transporte Terrestre de Mercancías
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 699 310,00
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 056 330,00
ACTIVIDAD 5003424 : Procedimiento Sancionador al Servicio de Transporte Terrestre de Personas, Mercancías, Tránsito y Servicios Complementarios
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 1 157 784,00
ACTIVIDAD 5004390 : Fiscalización del Tránsito a Vehículos de Transporte Terrestre
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 1 500 000,00
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 600 000,00
TOTAL EGRESOS 12 000 000,00
Artículo 2°.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2
del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil catorce.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones

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