Inicio
Corte Superior de Justicia de Lima
Poder Judicial
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 171-2014-P-CSJLI/PJ Amplían fecha de vencimiento para la remisión y
6/04/2014
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 171-2014-P-CSJLI/PJ Amplían fecha de vencimiento para la remisión y
Amplían fecha de vencimiento para la remisión y redistribución de expedientes dispuesta por la Res. Adm. N° 163-2014-P-CSJLI-PJ, y establecen otras disposiciones RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 171-2014-P-CSJLI/PJ Lima, 2 de junio de 2014 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 187-2014-CE-PJ de fecha 21 de mayo del presente año, Resolución Administrativa N° 163-2014-P-CSJLI/PJ de fecha 23 de mayo de los corrientes y; CONSIDERANDO: Primero.- Que, mediante Resolución Administrativa de vistos, la Presidencia
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 171-2014-P-CSJLI/PJ
Lima, 2 de junio de 2014
VISTOS:
La Resolución Administrativa N° 187-2014-CE-PJ de fecha 21 de mayo del presente año, Resolución Administrativa N° 163-2014-P-CSJLI/PJ de fecha 23 de mayo de los corrientes y;
CONSIDERANDO:
Primero.- Que, mediante Resolución Administrativa de vistos, la Presidencia de esta Corte Superior de justicia de Lima dispuso diversas medidas administrativas referentes a la remisión de expedientes de los órganos convertidos y/o reubicados a la Corte Superior de Justicia de Lima Este, esto es: 1° Sala Penal para Procesos con Reos Libres, 7° Sala Civil, 4° Juzgado Civil, 26°
juzgado Civil, 27° Juzgado Civil, 29° Juzgado Civil, 34°
Juzgado Civil, 9° Juzgado Penal, 10° Juzgado Penal, 11°
Juzgado Penal, 35° Juzgado Penal, 39° Juzgado Penal, 41° Juzgado Penal, 56° Juzgado Penal, Juzgado Penal de Turno Permanente, 5° Sala Penal para procesos con Reos Libres, 7° Juzgado Civil y el 18° Juzgado Civil;
Segundo.- Que, mediante Resolución Administrativa N° 163-2014-P-CSJLI-PJ de vistos, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima dispuso que a partir del 23 de mayo del hasta el 30 de mayo del que todos los órganos jurisdiccionales incluso los descritos en el primer considerando culminen el proceso de remisión de la totalidad de sus expedientes al Centro de Distribución General del edificio Javier Alzamora Valdez y la mesa de partes de la sede Anselmo Barreto para su redistribución entre todos sus pares especializados;
Tercero.- Que, mediante Resolución administrativa N°187-2014-CE-PJ de fecha 21 de mayo del presente año expedida por Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dispuesto se postergue la conversión y/o reubicación y/o renombramiento de órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima a la Corte Superior de Justicia de Lima Este;
Cuarto.- Que, el artículo 6° numeral 3 literal b) de la Resolución Administrativa N°031-2012-CE-PJ de fecha 02 de marzo del 2012, que aprueba la Directiva N°001-2012-CE-PJ, establece el Presidente de la Corte Superior de cada distrito judicial es integrante de la Comisión Distrital de Descarga Procesal al ser la máxima autoridad administrativa. En este orden de ideas, en virtud del artículo Quinto de la Resolución Administrativa N°020-2013-CE-PJ se faculta al Presidente de la Comisión Distrital de Descarga Procesal a dictar las acciones administrativas necesarias para monitorear las actividades de descarga;
Quinto.- Que en merito a lo indicado, corresponde a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, disponer las acciones administrativas respectivas a fin de dar cumplimiento a lo antes citado, ejecutando las medidas pertinentes con sujeción a los lineamientos dispuestos de la acotada Resolución Administrativa del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial;
Sexto.- Que, por razones expuestas, en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa N°214-2012-CE-PJ
de fecha 05 de noviembre del 2012;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Ampliar la fecha de vencimiento para la remisión y redistribución de expedientes dispuesta por el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 163-2014-P-CSJLI-PJ, de manera improrrogable, hasta el 30 de junio del presente año, debiendo dar cuenta todos los Jueces comprendidos en la remisión y redistribución de expedientes a la Presidencia de esta Corte, al día siguiente del término señalado.
Artículo Segundo.- Disponer la redistribución de la carga procesal de las Salas Superiores, materia de reubicación y conversión de la Corte Superior de Justicia de Lima a la Corte Superior de Justicia de Lima Este;
excepto aquellos procesos que están en juicio oral o vistas de causa programadas para los meses de Mayo y Junio del año en curso, los cuales deben concluirse conforme al plazo establecido en el artículo primero de esta Resolución Administrativa.
Artículo Tercero.- Disponer que los Jueces de los Juzgados Especializados y el respectivo personal auxiliar, materia de reubicación del Distrito Judicial de Lima al Distrito Judicial de Lima Este, continúen con el proceso de remisión de expedientes al Centro de Distribución General o Mesa de Partes correspondiente en el plazo señalado en el artículo primero de esta Resolución Administrativa.
Artículo Cuarto.- Ordenar a la Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima preste el apoyo correspondiente para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
Asimismo la Unidad de Planeamiento y Desarrollo deberá dar cuenta a esta Presidencia semanalmente los avances en el proceso de remisión de expedientes al Centro de Distribución General o Mesa de Partes correspondiente.
Artículo Quinto.- Poner la presente resolución en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA para que vele por su cabal cumplimiento debiendo proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento.
Artículo Sexto.- Poner la presente Resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Oficina de Control de la Magistratura - OCMA, Unidad de Planeamiento y Desarrollo y Gerencia de Administración Distrital para los fines pertinentes.
Regístrese, Publíquese, Cúmplase y Archívese.
IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS
Presidente
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- octubre 2024 (54)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)