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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 170-2014-MINAM Disponen que responsables de Equipos de Trabajo
6/17/2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 170-2014-MINAM Disponen que responsables de Equipos de Trabajo
Disponen que responsables de Equipos de Trabajo conformados por la R.M. N° 264-2013-MINAM asuman responsabilidad de Equipos de Trabajo de cada Componente establecido en Proyecto de apoyo a la generación y consolidación de capacidades para la realización de los eventos COP20 Y CMP10 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 170-2014-MINAM Lima, 16 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAM, publicado el 16 de julio de 2013, se declaró de interés nacional la realización de la "Vigésima Conferencia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 170-2014-MINAM
Lima, 16 de junio de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAM, publicado el 16 de julio de 2013, se declaró de interés nacional la realización de la "Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20" y la "Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto – CMP10", así como de sus actividades y eventos conexos; asimismo, se creó el Grupo de Trabajo Multisectorial (GTM), de naturaleza temporal, encargado de la preparación, organización y realización de los citados eventos;
Que, por Decreto Supremo N° 013-2013-MINAM, publicado el 24 de noviembre de 2013, se incorporó al Ministerio de Energía y Minas y a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) como nuevos integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial antes citado;
Que, con Resolución Suprema N° 003-2014-MINAM, publicada el 08 de junio de 2014, se constituyeron los Grupos de Trabajo Complementario (GTC) encargados de facilitar el proceso de preparación y realización de la "Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático – COP 20" y la "Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto –CMP 10", así como de sus actividades y eventos conexos;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 264-2013-MINAM de 06 de septiembre de 2013, se ratificó la importancia que tiene para el Perú la organización de los citados eventos, así como se declaró de prioritaria atención del Ministerio del Ambiente – MINAM la realización de los mismos, siendo que para esto último se dispuso, entre otros aspectos, la conformación y mecanismos de funcionamiento de los equipos de trabajo al interior del MINAM tales como: i) Equipo de Trabajo sobre aspectos referidos a la Logística y Organización, a cargo del señor Eduardo Durand López-Hurtado; ii) Equipo de Trabajo sobre aspectos referidos a la Negociación, a cargo de la señorita Rosa Mabel Morales Saravia; iii) Equipo de Trabajo referidos a la relación con el Frente Público, a cargo del señor Ernesto Ráez Luna; y, iv) Equipo de Trabajo sobre aspectos de Imagen y Comunicación, a cargo de la señorita Vanessa Morales Tremolada;
Que, a través de la Décima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, publicada el 02 de diciembre de 2013, en concordancia con lo dispuesto en la Centésima Novena Disposición Complementaria Final de la misma Ley; se autorizó, por excepción, a celebrar convenios de administración de recursos y/o adendas con organismos internacionales, entre otros, a las entidades a cargo de la preparación, organización, y realización de la "Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20" y la "Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto – CMP10", así como de sus actividades y eventos conexos;
Que, mediante Decreto Supremo N° 328-2013-EF, publicado el 20 de diciembre de 2013, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 a favor del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, Unidad Ejecutora 001: Administración General – MINAM, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, hasta por la suma de CIENTO SETENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100
NUEVOS SOLES (175 000 000,00), para financiar la realización de la "Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático – COP20" y la "Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto – CMP10", así como de sus actividades y eventos conexos;
Que, en virtud de lo señalado en los dos párrafos precedentes, con fecha 20 de diciembre de 2013, el MINAM
suscribió con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo – PNUD, el Documento de Proyecto – Award 00070511-00087130 Proyecto de apoyo a la generación y consolidación de capacidades para la realización de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP20); la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto (CMP10), sus actividades y eventos conexos.
COP20-PERU-2014;
Que, de acuerdo a lo consignado en el instrumento antes mencionado, la Estructura Organizacional del Proyecto comprendía la designación de un (01) Director Nacional, un (01) Coordinador General y cuatro (04) Responsables de cada uno de los Componentes del mismo Proyecto, a saber: i) Componente de Organización; ii) Componente de Negociaciones; iii) Componente del Frente Público; y, iii) Componente de Comunicación, generación y gestión del conocimiento;
Que, estando en implementación y funcionamiento el Proyecto N° 00070511-00087130 coejecutado por el MINAM y el PNUD, mediante Memorando N° 02-2014-DM/MINAM de 04 de abril de 2014, se dispusieron algunas precisiones respecto a los alcances de la Resolución Ministerial N° 264-2013-MINAM; las cuales corresponden formalizar a través del acto resolutivo respectivo, con el propósito de fortalecer el rol del Ministerio del Ambiente en la realización de la "Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20" y la "Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto – CMP10", así como de sus actividades y eventos conexos; tanto en su condición de Autoridad Ambiental Nacional, como en su calidad de presidente del Grupo de Trabajo Multisectorial creado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAM;
Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, la Secretaría General, la Dirección General de Cambio Climático, Desertificación y Recursos Hídricos y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer que los Responsables de los Equipos de Trabajo conformados según el artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 264-2013-MINAM, que en adición a sus funciones, asuman la responsabilidad de los Equipos de Trabajo de cada Componente establecido en el Proyecto N° 00070511-00087130 - Proyecto de apoyo a la generación y consolidación de capacidades para la realización de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP20); la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto (CMP10), sus actividades y eventos conexos. COP20-PERU-2014.
Artículo 2.- Disponer que las referencias efectuadas a la Presidencia del Grupo de Trabajo Multisectorial creado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAM y a la Secretaría General del Ministerio del Ambiente, en el último párrafo del artículo 4, artículo 5 y último párrafo del artículo 6 de la Resolución Ministerial N° 264-2013-MINAM; deben entenderse efectuadas a la Dirección Nacional y Coordinación General, respectivamente, del Proyecto N° 00070511-00087130 - Proyecto de apoyo a la generación y consolidación de capacidades para la realización de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP20); la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto (CMP10), sus actividades y eventos conexos. COP20-PERU-2014.
Artículo 3.- La presente resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA
Ministro del Ambiente
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