6/10/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 427-2014/MINSA Aprueban "Plan Nacional de Preparación y Respuesta Frente

Aprueban "Plan Nacional de Preparación y Respuesta Frente a la Fiebre de Chikungunya – Perú, 2014" RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 427-2014/MINSA Lima, 9 de junio del 2014 Visto, el Expediente N° 14-052372-001, que contiene la Nota Informativa N° 205-2014-DGE-DVE-JAR/MINSA de la Dirección General de Epidemiología; CONSIDERANDO: Que, los artículos II y IV del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, disponen que la protección de la salud es de interés público, siendo la salud pública responsabilidad
Aprueban "Plan Nacional de Preparación y Respuesta Frente a la Fiebre de Chikungunya – Perú, 2014"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 427-2014/MINSA
Lima, 9 de junio del 2014
Visto, el Expediente N° 14-052372-001, que contiene la Nota Informativa N° 205-2014-DGE-DVE-JAR/MINSA
de la Dirección General de Epidemiología;

CONSIDERANDO:

Que, los artículos II y IV del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, disponen que la protección de la salud es de interés público, siendo la salud pública responsabilidad primaria del Estado y la salud individual responsabilidad compartida por el individuo, la sociedad y el Estado;

Que, la fiebre de chikungunya es una enfermedad causada por el virus chikungunya, transmitida mediante la picadura de los mosquitos Aedes Aegypti, Aedes Albopictus y Clex Pipiens, habiéndose reportado en el mundo millones de casos de fiebre de Chikungunya y brotes considerables en África, las Islas del Océano Índico la región del pacífico, incluyendo Australia y Asia (India, Indonesia, Myanmar, Maldivas, Sri Lanka y Tailandia); en el año 2007 el virus se extendió a Italia, Estados Unidos, Canadá, Guyana Francesa, Brasil e islas Martinica y Guadalupe;

Que, en el mes de diciembre de 2013, la Organización Mundial de la Salud, recibió la confirmación de dos casos de transmisión autóctona del virus chikungunya; en tal razón, la Organización Panamericana de la Salud emitió una alerta epidemiológica debido a la detección de los primeros casos de transmisión autóctona de fiebre por chikungunya en el continente americano, específicamente en la isla de Saint Martín, ubicada en el mar Caribe, aproximadamente a 240 km al este de la isla de Puerto Rico;

Que, si bien en el Perú, aún no se han registrado casos de fiebre chikungunya, resulta pertinente mencionar que en nuestro país, hay un total de 301 distritos con infestación del vector Aedes Aegypti y Culex y además existen condiciones sociales, culturales y económicas que facilitarían la introducción y transmisión de esta enfermedad;

Que, en ese contexto, la Dirección General de Epidemeología (DGE), en su condición de órgano técnico del Ministerio de Salud, responsable de normar y conducir el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública en el ámbito nacional, con la colaboración de los demás órganos técnicos del Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Salud, ha elaborado la propuesta de Documento Técnico: "Plan Nacional de Preparación y Respuesta Frente a la Fiebre de Chikungunya – Perú, 2014";

Que, la propuesta de "Plan Nacional de Preparación y Respuesta Frente a la Fiebre de Chikungunya – Perú, 2014", tiene entre sus objetivos, preparar los sistemas de vigilancia y respuesta frente al riesgo de introducción del virus chikungunya en territorio peruano, con énfasis en regiones con infestación del vector Aedes Aegypti y Culex, al ser estas regiones las que presentarían un mayor riesgo de transmisión;

Que, con el Informe N° 060-2014-OGPP-OPGI/MINSA, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto otorgó opinión favorable a la suscripción del Plan Nacional de Preparación y Respuesta Frente a la Fiebre de Chikungunya – Perú, 2014;

Con las visaciones del Director General de la Dirección General de Epidemiología, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud Pública (e); y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Articulo 1°.- Aprobar el "Plan Nacional de Preparación y Respuesta Frente a la Fiebre de Chikungunya – Perú, 2014", que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Articulo 2°.- Disponer que las direcciones generales, oficinas generales, órganos desconcentrados y organismos públicos del Ministerio de Salud, dentro del ámbito de sus competencias, incorporen en sus Planes Operativos Anuales, las actividades contenidas en el precitado Plan Nacional.

Articulo 3°.- Disponer que las acciones contenidas en el Plan Nacional se desarrollarán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Salud y del Instituto Nacional de Salud, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.

Articulo 4°.- Disponer que la Dirección General de Epidemiología, en ejercicio de sus funciones, supervise el cumplimiento de las acciones contenidas en el Plan Nacional.

Articulo 5°.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial, así como el Plan Nacional en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/ dge_normas.asp del Portal Institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud

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