6/07/2014

RESOLUCIÓN N° 376-A-2014-JNE Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Inahuaya, provincia de Ucayali, departamento de Loreto RESOLUCIÓN N° 376-A-2014-JNE Expediente N° J-2014-00486 INAHUAYA - UCAYALI - LORETO CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, doce de mayo de dos mil catorce. VISTO el Oficio N° 042-2014-MDI-ALC, remitido el 5 de mayo de 2014, por Julio Abraham Navarro Orbe, alcalde de la Municipalidad Distrital de Inahuaya, provincia de Ucayali, departamento de Loreto, a través del
Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Inahuaya, provincia de Ucayali, departamento de Loreto
RESOLUCIÓN N° 376-A-2014-JNE
Expediente N° J-2014-00486
INAHUAYA - UCAYALI - LORETO
CONVOCATORIA DE CANDIDATO
NO PROCLAMADO
Lima, doce de mayo de dos mil catorce.

VISTO el Oficio N° 042-2014-MDI-ALC, remitido el 5 de mayo de 2014, por Julio Abraham Navarro Orbe, alcalde de la Municipalidad Distrital de Inahuaya, provincia de Ucayali, departamento de Loreto, a través del cual solicita la convocatoria de candidato no proclamado, al haberse declarado la vacancia del regidor Román Pérez Daza, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

ANTECEDENTES
En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal N° 005-2014-MDI, de fecha 12 de marzo de 2014, obrante a fojas 20 y 21 de autos, el Concejo Distrital de Inahuaya, provincia de Ucayali, departamento de Loreto, acordó declarar, por unanimidad, la vacancia del regidor Román Pérez Daza, por inasistencia injustificada a más de tres sesiones ordinarias consecutivas realizadas los días 17 y 31 de enero y, 17 y 28 de febrero de 2014, causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM). Dicha decisión se plasmó en el Acuerdo de Concejo N° 006-del 12 de marzo de (fojas 21).

CONSIDERANDOS
1. Conforme al artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa.

2. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar, además, si durante el proceso se han observado los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento.

3. Del análisis de autos se puede apreciar que el regidor Román Pérez Daza, a través de la citación de fecha 5 de marzo de 2014, notificada de manera personal, fue convocado a la sesión extraordinaria de fecha 12 de marzo de 2014, cuyo tema de agenda era acordar o no su vacancia en el cargo de regidor (fojas 8).

4. Asimismo, se verifica que con el Oficio N° 032-2014-MDI-ALC, entregado de manera personal, se notificó al referido regidor, con el Acuerdo de concejo N° 006-2014
que declara, por unanimidad, su vacancia en el cargo de regidor, por la causal de inasistencia injustificada a más de tres sesiones ordinarias de concejo consecutivas, el 13 de marzo de 2014.

5. De igual forma, se advierte que el Acuerdo de Concejo N° 006-2014, de fecha 12 de marzo de 2014, que declaró la vacancia de Román Pérez Daza en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Inahuaya, provincia de Ucayali, departamento de Loreto, quedó consentida, conforme se colige de la constancia emitida el 8 de abril de 2014, por la secretaria general de dicha comuna, en el que se indica que el regidor Román Pérez Daza no ha formulado recurso alguno en contra del referido acuerdo de concejo que le fue notificado al interesado el 13 de marzo de 2014, por lo que ha quedado consentido (fojas 32).

6. Por consiguiente, al haberse verificado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el artículo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde aprobar la decisión del concejo municipal y emitir la credencial correspondiente al accesitario llamado por ley.

De acuerdo con el artículo 35 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, concordante con el artículo 24 de la LOM, para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, de acuerdo con el orden de resultados del escrutinio final y que haya figurado en la misma lista que integró el regidor que produjo la vacante. Así, debe procederse a dejar sin efecto la credencial otorgada a Román Pérez Daza y convocar a Wílmer Shuña Gordon, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 43988310, candidato no proclamado del movimiento regional Fuerza Loretana, para completar el número de regidores del Concejo Distrital de Inahuaya. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 25 de octubre de 2010, remitida por el Jurado Electoral Especial de Ucayali, con motivo de las Elecciones Municipales del año 2010 (fojas 33 a 36).

Por lo tanto, el Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de Román Pérez Daza, en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Inahuaya, provincia de Ucayali, departamento de Loreto, por la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Román Pérez Daza como regidor del Concejo Distrital de Inahuaya, provincia de Ucayali, departamento de Loreto, emitida con motivo de las Elecciones Municipales del año 2010.

Artículo Tercero.- CONVOCAR a Wílmer Shuña Gordon, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 43988310, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Inahuaya, provincia de Ucayali, departamento de Loreto, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiéndose otorgar la respectiva credencial que lo faculta como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General

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