6/07/2014

RESOLUCIÓN N° 420 -2014-JNE Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Santa Isabel de Siguas, provincia y departamento de Arequipa RESOLUCIÓN N° 420 -2014-JNE Expediente N° J-2014-0146 SANTA ISABEL DE SIGUAS - AREQUIPA -AREQUIPA Lima, quince de mayo de dos mil catorce. VISTO el escrito remitido por Árlex Limbert Rivera Barrios, regidor de la Municipalidad Distrital de Santa Isabel de Siguas, provincia y departamento de Arequipa, por medio del cual remite información sobre la suspensión
Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Santa Isabel de Siguas, provincia y departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN N° 420 -2014-JNE
Expediente N° J-2014-0146
SANTA ISABEL DE SIGUAS - AREQUIPA -AREQUIPA
Lima, quince de mayo de dos mil catorce.

VISTO el escrito remitido por Árlex Limbert Rivera Barrios, regidor de la Municipalidad Distrital de Santa Isabel de Siguas, provincia y departamento de Arequipa, por medio del cual remite información sobre la suspensión de Herminio Pacheco Mena en el cargo de alcalde de dicha comuna.

ANTECEDENTES
Con fecha 28 de enero del 2014, por medio del escrito del visto, Árlex Limbert Rivera Barrios, regidor del concejo municipal del Distrito de Santa Isabel de Siguas, remite el acta de la sesión extraordinaria, de fecha 19 de enero de 2014, que aprueba la suspensión de Herminio Pacheco Mena en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Isabel de Siguas, provincia y departamento de Arequipa, por la causal establecida en el artículo 25, numeral 3, de la Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM) (fojas 2 a 3).

Al respecto, por medio del Oficio N° 704-2014-SG/ JNE, de fecha 13 de febrero de y N° 1271-2014-SG/ JNE, de fecha 19 de marzo de 2014, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones solicitó al regidor de la Municipalidad Distrital de Santa Isabel de Siguas que remita las constancias de notificación de la mencionada sesión extraordinaria, así como la constancia de que el mencionado acuerdo había quedado consentido.

En respuesta a los oficios remitidos, Árlex Limbert Rivera Barrios, regidor del concejo municipal del Distrito de Santa Isabel de Siguas, remite la Carta N° 028-2014/ MDSIS, recibida el 1 de abril de 2014, a través de la cual informa que actualmente el alcalde se encuentra como no habido, motivo por el cual no se le ha podido notificar el acuerdo tomado el 19 de enero de (fojas 37)
En razón a la situación jurídica de Herminio Pacheco Mena, por medio del Oficio N° 177-2014-P-CSJAR/PJ, remitido el 12 de marzo de 2014, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa remite el informe elaborado por el especialista de causas de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, quien informa que la autoridad cuestionada tiene órdenes de captura a nivel nacional (fojas 13).

En ese sentido, el órgano jurisdiccional remitió copia de la Resolución N° 9, emitida por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Arequipa que declaró fundado en parte el requerimiento de prisión preventiva en contra de Herminio Pacheco Mena y se dispuso cinco meses de dicha medida coercitiva en contra de la mencionada autoridad. Asimismo, se remitió copia del Auto de Vista N° 013-2014, por medio del cual la Segunda Sala Penal de apelaciones de la mencionada corte confirmó la resolución antes señalada.

CONSIDERANDOS
1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 25, numeral 3, de la LOM, el ejercicio del cargo de alcalde o regidor se suspende, por acuerdo de concejo, por el tiempo que dure el mandato de detención.

Asimismo, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones considera que basta que el mandato de detención haya sido emitido y se encuentre vigente para que concurra la causal de suspensión del ejercicio del cargo, como ya ha sido expuesto en las Resoluciones N° 920-2012-JNE,
N° 928-2012-JNE, N° 931-2012-JNE, N° 932-2012-JNE, N° 1077-2012-JNE, N° 1129-2012-JNE, entre otras, en las que el Jurado Nacional de Elecciones ha valorado que el mandato de detención sea actual y que haya sido ordenado de manera oportuna por el órgano jurisdiccional competente.

2. Respecto de la situación jurídica del alcalde Herminio Pacheco Mena, se aprecia de autos que se encuentra bajo la medida de prisión preventiva, situación jurídica que ha sido dispuesta por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, disposición que ha sido confirmada por la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Asimismo, este Supremo Tribunal Electoral ha tomado conocimiento de que Herminio Pacheco Mena se encuentra con órdenes de captura a nivel nacional.

3. Del mismo modo, se informó que el acuerdo tomado en sesión extraordinaria, de fecha 17 de enero de 2014, no ha sido notificado a Herminio Pacheco Mena, debido a que no fue posible localizarlo.

4. No obstante los defectos formales en los que se ha incurrido durante la tramitación del procedimiento de suspensión, no puede desconocerse la existencia de un mandato de detención vigente, máxime si el propio órgano jurisdiccional ha comunicado directamente a este órgano colegiado la resolución jurisdiccional que dispone la prisión preventiva del alcalde Herminio Pacheco Mena.

La regulación procedimental de la suspensión de autoridades municipales debe ser interpretada atendiendo la finalidad constitucional y legítima que esta persigue:
garantizar la continuidad y normal desarrollo de la gestión municipal, que puede resultar entorpecida por la imposibilidad del alcalde o regidor de ejercer las funciones y competencias propias de su cargo.

En ese sentido, en aras de optimizar los principios de economía y celeridad procesales, este órgano colegiado considera que debe disponerse la suspensión del alcalde Herminio Pacheco Mena.

5. En ese contexto, al existir un mandato de detención vigente, y en aplicación del artículo 25, numeral 3, de la LOM, corresponde suspender provisionalmente a Herminio Pacheco Mena en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Isabel de Siguas. En ese sentido, conforme lo dispone el artículo 24 de la LOM, que establece que al burgomaestre lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, corresponde convocar a Árlex Limbert Rivera Barrios, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 29556449, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Isabel de Siguas, provincia y departamento de Arequipa, mientras se resuelva la situación jurídica de Herminio Pacheco Mena.

Asimismo, para completar el número de regidores corresponde convocar a Margarita Tráncito Alegría Valverde de Sánchez, con Documento Nacional de Identidad N° 29481109, candidata no proclamada del movimiento regional Fuerza Arequipeña, a fin de que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Santa Isabel de Siguas.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de suspensión de Herminio Pacheco Mena en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Isabel de Siguas, provincia y departamento de Arequipa, por la causal establecida en el artículo 25, numeral 3, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, provisionalmente, la credencial otorgada a Herminio Pacheco Mena en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Isabel de Siguas, provincia y departamento de Arequipa.

Artículo Tercero.- CONVOCAR a Árlex Limbert Rivera Barrios, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 29556449, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Isabel de Siguas, provincia y departamento de Arequipa, debiéndose otorgar la respectiva credencial que lo faculta como tal.

Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Margarita Tráncito Alegría Valverde de Sánchez, con Documento Nacional de Identidad N° 29481109, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Santa Isabel de Siguas, provincia y departamento de Arequipa, debiéndose otorgar la respectiva credencial que la faculta como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General

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