6/11/2014

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 250-2014-DE/

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 250-2014-DE/ Lima, 10 de junio de 2014 VISTO: El Oficio N° 835/DIEDOC/C-5.b del 07 de abril del 2014, del Director de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 18 de marzo de 2014, la coordinadora del Programa de Postgrado en Odontología de la Universidad Estatal de Ponta Grossa, hace extensiva la invitación a la Mayor EP Silvia Raquel PAYANO ROJAS, para que participe en el Programa de Postgrado en Odontología en esa casa de estudios, del

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 250-2014-DE/
Lima, 10 de junio de 2014
VISTO:

El Oficio N° 835/DIEDOC/C-5.b del 07 de abril del 2014, del Director de Educación y Doctrina del Ejército.

CONSIDERANDO:

Que, mediante carta de fecha 18 de marzo de 2014, la coordinadora del Programa de Postgrado en Odontología de la Universidad Estatal de Ponta Grossa, hace extensiva la invitación a la Mayor EP Silvia Raquel PAYANO ROJAS, para que participe en el Programa de Postgrado en Odontología en esa casa de estudios, del 01 de agosto al 31 de octubre de 2014, en la ciudad de Ponta Grossa, Estado de Paraná, República Federativa del Brasil;

Que, con el documento del visto, el Director de Educación y Doctrina del Ejército comunica que el General de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la designación de la Mayor EP Silvia Raquel PAYANO ROJAS, para que participe en el Programa de Postgrado en Odontología de la Universidad Estatal de Ponta Grossa, en la ciudad de Ponta Grossa, Estado de Paraná, República Federativa del Brasil, del 01 de agosto al 31 de octubre de 2014;

Que, es conveniente para los intereses de la institución, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del personal militar antes mencionado, lo que permitirá al Ejército del Perú disponer de una Oficial altamente capacitada en Odontología, para que desarrolle y demuestre aptitudes, para tratar en forma eficiente al personal de la institución, particularmente pacientes de esta especialidad, con los nuevos avances tecnológicos de la medicina;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del año fiscal de la Unidad Ejecutora 003, Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13°
del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002;

Que, de conformidad con el artículo 26° de la Ley N° 28359 - Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23° de la respectiva norma, más el tiempo compensatorio previsto en el citado artículo 26°; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/ SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modificatorias el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo N° 009-2013-DE, de fecha 02 de octubre de 2013;

Que, el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778-2008-DE/SG de 25 de julio de 2008, dispone que los órganos competentes, organismos públicos descentralizados, unidades ejecutoras y empresas del Sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias;

Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley N° 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2014;

Ley N° 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modificatorias;
el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19
de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la Mayor EP Silvia Raquel PAYANO ROJAS, identificada con DNI N° 25714327 y CIP N° 400188500, para que participe en el Programa de Postgrado en Odontología de la Universidad Estatal de Ponta Grossa, en la ciudad de Ponta Grossa, Estado de Paraná -República Federativa del Brasil, del 01 de agosto al 31 de octubre de 2014.

Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional, para el Año Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes aéreos:

Lima – Ponta Grossa (República Federativa del Brasil) – Lima (Clase económica)
US $. 1,500.00 x 01 persona US $. 1,500.00
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $. 2,900.00 x 03 meses x 01 persona US $. 8,700.00
--------------------------Total a pagar: US $. 10,200.00
Artículo 3°.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hará por los días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004 DE/SG de 26 de enero del 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.

Artículo 4°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de la participante.

Artículo 5°.- La Oficial deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6°.- El personal militar revistará en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el periodo de tiempo que dura la Misión de Estudios.

Artículo 7°.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 8°.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa

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