7/27/2014
ACUERDO REGIONAL N° 056-2014-GR-LL/CR
ACUERDO REGIONAL N° 056-2014-GR-LL/CR Trujillo, 20 de junio del 2014. "AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PIAS PARA LA EJECUCION DEL PROYECTO "MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD Y VEHICULAR DE LAS VIAS LOCALES DEL CENTRO POBLADO CENOLEN, DISTRITO DE PIAS – PATAZ – LA LIBERTAD" El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Extraordinaria de fecha 20 de junio del 2014; VISTO Y DEBATIDO, el Proyecto de Acuerdo Regional relativo a
ACUERDO REGIONAL N° 056-2014-GR-LL/CR
Trujillo, 20 de junio del 2014.
"AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA
A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PIAS PARA LA EJECUCION DEL PROYECTO
"MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD Y
VEHICULAR DE LAS VIAS LOCALES DEL CENTRO
POBLADO CENOLEN, DISTRITO DE PIAS – PATAZ
– LA LIBERTAD"
El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Extraordinaria de fecha 20 de junio del 2014; VISTO Y DEBATIDO, el Proyecto de Acuerdo Regional relativo a autorizar la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Pías, por un monto total equivalente a S/. 490,000.00, para la Ejecución de la Obra Pública: "Mejoramiento de Transitabilidad y Vehicular de las Vías Locales del Centro Poblado Cenolén, distrito de Pías – Pataz – La Libertad". (25%
COFINANCIAMIENTO); y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 191° de la Constitución Política del Estado y el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia.
Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la acotada Ley que señala "Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional".
Que, los literales a) y d) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modificar o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados financieros y Presupuestarios.
Que, el inciso e) del numeral 12.1 del artículo 12° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, respecto a las transferencias financieras permitidas durante el Año Fiscal 2014, autoriza de manera excepcional, las transferencias necesarias para el financiamiento y cofinanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras, entre el Gobierno Regional y Gobierno Local y de estos a favor del Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo.
Que el artículo 75° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las transferencias financieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de fondos públicos de contraprestación, para la ejecución de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino.
Que, de conformidad a lo establecido por el segundo párrafo del numeral 75.2 del artículo 75° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el que señala que en caso de los Gobiernos Regionales las transferencias financieras a otros pliegos presupuestales, se aprueban mediante Acuerdo de Consejo Regional, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Asimismo, es necesaria la suscripción de los respectivos Convenios de Financiamiento por el Gobierno Regional y los Pliegos Presupuestales involucrados, en el que se debe de señalar los montos de cofinanciamiento de ambas partes, en el proceso de ejecución de proyectos.
Que, con OFICIO N° 484-2014-GRLL-PRE/GGR-GRP, de fecha 18 de junio del 2014, suscrito por el señor ingeniero César Berrios Ordoñez, Gerente Regional de Presupuesto del Gobierno Regional de La Libertad, respecto a la Certificación de Crédito Presupuestario –
Ejercicio Presupuestal 2014, informa que de acuerdo con el Presupuesto Institucional Aprobado para el Ejercicio Fiscal del Año 2014, se certifica el crédito presupuestario por la suma de S/.4’640,000.00, por la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, Rubro 18 Canon, Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones, clasificador del gasto 2.4.2.3.1.3 en concordancia con lo establecido en el artículo 77° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, D.S. N° 304-2012-EF y Directiva N° 005-2010-EF/76.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria" y Modificatorias. En concordancia con lo establecido en el numeral 12.2 del artículo 12° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, emitimos opinión favorable para las transferencias financieras.
Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 872-2014-GRLL/PRE, de fecha 6 de junio del 2014, suscrito por el señor ingeniero Jose Murgia Zannier, Presidente Regional del Gobierno Regional de La Libertad, resuelve en su artículo primero autorizar la incorporación de mayores fondos públicos vía CREDITO SUPLEMENT ARIO
en el Presupuesto Institucional del Pliego 451 Gobierno Regional del departamento de La Libertad aprobado para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de CUARENTA
Y SIETE MILLONES TREINTA Y CUATRO MIL DOCE
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.47’034,012.00), por la fuente de financiamiento Recursos Determinados, rubro:
18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones.
Que, a través del OFICIO N° 1278-2014-GRLL-GGR/GRAJ, de fecha 19 de junio del 2014, suscrito por la encargada señora abogada Lourdes Mariela Cerna Rodríguez, Gerente Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de La Libertad, que contiene el Informe Legal N° 070-2014-GRLL-GGR-GRAJ/LMCR, suscrito por la misma abogada, respecto a la propuesta de veintidós (22) Acuerdos Regionales de Transferencias Financieras del Gobierno Regional de La Libertad a Municipalidad de la Región, para la ejecución de Proyectos de Inversión Pública, por un monto total de S/. 47’034,012.00 de Nuevos Soles, siendo de la opinión legal, que al haber cumplido la Gerencia de Presupuesto con emitir el informe previo favorable relativo a la transferencia financiera a favor de las Municipalidad de la Región, que constituye requisito exigido por el numeral 12.2 del artículo 12° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, para dicha transferencia.
El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú;
Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GR-LL/CR; demás normas complementarias, el Pleno del Consejo Regional acordó:
Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Pías, por un monto equivalente a S/. 490,000.00 (cuatrocientos noventa mil y 00/100), para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública: "Mejoramiento de la Transitabilidad y Vehicular de las Vías Locales del Centro Poblado Cenolen, distrito de Pías - Pataz – La Libertad".
Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Presidente Regional del Gobierno Regional de La Libertad a suscribir el Convenio respectivo que establece el inciso e) del numeral 12.1 del artículo 12° de la Ley General del Presupuesto del Sector Público, así como disponer las acciones necesarias para la transferencia financiera autorizada en el artículo precedente.
Artículo Tercero.- FACULTAR a la Secretaria del Consejo Regional La Libertad efectúe la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano.
Asimismo, difundir a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional de La Libertad.
POR TANTO:
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
HEBERT RICHARD DÍAZ CORDERO
Presidente Consejo Regional La Libertad
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