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RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN N° 23-2014-GSF/OSITRAN Aprueban difusión del
7/28/2014
RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN N° 23-2014-GSF/OSITRAN Aprueban difusión del
Aprueban difusión del Proyecto de modificación del "Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios" presentado por la empresa Concesionaria GYM Ferrovías S.A RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN N° 23-2014-GSF/OSITRAN Lima, 21 de julio del 2014 ENTIDAD PRESTADORA : GYM FERROVÍAS S.A. MATERIA : Difusión del proyecto de modificación del "Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios" presentado por GYM Ferrovías S.A. VISTOS: La CARTA / METRO/OSITRAN/0506
RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN N° 23-2014-GSF/OSITRAN
Lima, 21 de julio del 2014
ENTIDAD
PRESTADORA : GYM FERROVÍAS S.A.
MATERIA : Difusión del proyecto de modificación del "Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios" presentado por GYM
Ferrovías S.A.
VISTOS:
La CARTA / METRO/OSITRAN/0506 la misma que fue recibida por el OSITRAN el día 10 de julio del 2014, mediante la cual la empresa Concesionaria GYM Ferrovías S.A. remitió su proyecto de modificación del "Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios" (en adelante Reglamento de Reclamos).
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 019-2011-CD-OSITRAN, se aprobó el nuevo "Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias" del OSITRAN (en adelante Reglamento del OSITRAN), y sus normas modificatorias;
Que, la implementación de los respectivos Reglamentos de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios de las Entidades Prestadoras está regulada por la normatividad siguiente:
a) La Ley y demás dispositivos legales y reglamentarias pertinentes;
b) Los Contratos de Concesión;
c) El "Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias" del OSITRAN;
d) El "Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios" de cada Entidad Prestadora aprobado por el
OSITRAN;
g) Las demás disposiciones que dicte el OSITRAN
sobre el particular;
Que, mediante la CARTA / METRO/OSITRAN/0506, la misma que fue recibida por el OSITRAN el día 10
de julio del 2014, el Concesionario alcanza para su aprobación un proyecto de modificación (actualización)
de su "Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios";
Que, mediante Informe N° 038-11-GAL-OSITRAN
del 09 de agosto de 2011, la Gerencia de Asesoría Legal concluye sobre el proceso que deben seguir la difusión y aprobación de diversas normas en aplicación del D.S. N° 001-2009-JUS, publicado en el Diario Oficial "El Peruano"
el 15-01-2009.
Que mediante Resolución N° 35-11-GS/OSITRAN
del 11 de noviembre de 2011, la Gerencia de Supervisión establece la Directiva para el Procedimiento de Aprobación de los Reglamentos de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios de las Entidades Prestadoras. En dicha directiva se establece que las entidades prestadoras pueden solicitar a OSITRAN el inicio del procedimiento de modificación de su Reglamento de Reclamos.
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde a la Gerencia de Supervisión y Fiscalización del OSITRAN
pronunciarse sobre la aprobación de la difusión del "Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios" de la empresa Concesionaria GYM Ferrovías S.A.., de acuerdo a las disposiciones vigentes:
RESUELVE:
Primero.- Aprobar la difusión del Proyecto de modificación del "Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios" presentado por la empresa Concesionaria GYM Ferrovías S.A.
Segundo.- Autorizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Asimismo, disponer que la presente Resolución y el contenido del Proyecto de modificación del "Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios" de la Entidad Prestadora GYM Ferrovías S.A. sean publicados y difundidos en la página Web del OSITRAN y de GYM Ferrovías S.A.
Tercero.- El plazo para que los Usuarios Intermedios y Finales puedan remitir al OSITRAN sus comentarios y observaciones sobre dicho Proyecto de modificación del Reglamento de Reclamos presentado por GYM Ferrovías S.A. es de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación, de la presente Resolución, en el Diario Oficial "El Peruano".
Cuarto.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser remitidos a OSITRAN, a nombre del Sr. T erry Medina Llerena, Jefe de Vías Férreas de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, sito en Av. República de Panamá 3659 – San Isidro – Lima.
Quinto.- Notificar la presente Resolución a la empresa Concesionaria GYM Ferrovías S.A.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FRANCISCO JARAMILLO TARAZONA
Gerente de Supervisión y Fiscalización
OSITRAN
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