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RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 80-2014-ITP/DEC Delegan al Secretario General del ITP diversas facultades y
7/25/2014
RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 80-2014-ITP/DEC Delegan al Secretario General del ITP diversas facultades y
Delegan al Secretario General del ITP diversas facultades y atribuciones RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 80-2014-ITP/DEC Callao, 23 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva N° 75-2013-ITP/ DEC de fecha 24 de junio de 2013, la Dirección Ejecutiva Científica delegó facultades a la señora María Olcese Herrera, Secretaría General del Instituto Tecnológico de la Producción; respecto de la Unidad Ejecutora 001; Administración Nivel Central del Pliego 241; Instituto Tecnológico de la Producción;
RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 80-2014-ITP/DEC
Callao, 23 de junio de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ejecutiva N° 75-2013-ITP/ DEC de fecha 24 de junio de 2013, la Dirección Ejecutiva Científica delegó facultades a la señora María Olcese Herrera, Secretaría General del Instituto Tecnológico de la Producción; respecto de la Unidad Ejecutora 001;
Administración Nivel Central del Pliego 241; Instituto Tecnológico de la Producción; modificada por Resolución Ejecutiva N° 120-2013-ITP/DEC de fecha 22 de octubre de 2013 y Resolución Ejecutiva N° 05-2014-ITP/DEC de fecha 20 de enero de 2014;
Que, mediante Resolución Ejecutiva N° 76-2014-ITP/ DEC de fecha 20 de junio de 2014, se designó al señor Ingeniero Henry Garay Bonett como Secretario General del Instituto T ecnológico de la Producción –ITP , con efectividad al 23 de junio de 2014;
Que, el numeral 62° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que, toda entidad es competente para realizar las tareas internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos;
Que, en consecuencia, resulta necesario dejar sin efecto a partir de la fecha la Resolución Ejecutiva N° 75-2013-ITP/DEC de fecha 24 de junio de 2013, modificada por Resolución Ejecutiva N° 120-2013-ITP/DEC de fecha 22 de octubre de 2013 y Resolución Ejecutiva N° 05-2014-ITP/DEC de fecha 20 de enero de 2014;
Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;
En uso de la facultad conferida por inciso c) del artículo 12° del Decreto Legislativo N° 092, Ley de creación del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP, de la Vigésimo Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y, el inciso n) artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP, aprobado por Resolución Ministerial N° 344-2012-PRODUCE.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Dejar sin efecto, la Resolución Ejecutiva N° 75-2013-ITP/DEC de fecha 24 de junio de 2013, modificada por Resolución Ejecutiva N° 120-2013-ITP/DEC
de fecha 22 de octubre de 2013 y Resolución Ejecutiva N° 05-2014-ITP/DEC de fecha 20 de enero de a partir de la fecha.
Artículo 2°.- Delegar al señor Ingeniero Henry Garay Bonett, Secretario General del Instituto Tecnológico de la Producción, las siguientes facultades y atribuciones:
a) Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, y actos vinculados a los procesos de adquisición y contratación que tengan que realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, la Central de Compras Públicas – PERU COMPRAS y la Contraloría General de la República, así como, gestionar las publicaciones que deban efectuarse por mandato legal, y los pedidos de información y consulta que resulten necesarios formular ante otras entidades, en materia de contratación estatal;
b) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones - PAC y sus modificaciones, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF; y la Directiva N° 005-2009-OSCE/CD, Plan Anual de Contrataciones;"
c) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités especiales de los procesos de selección que convoque el ITP , dentro de los parámetros establecidos en el ordenamiento jurídico sobre contrataciones públicas;
d) Aprobar los expedientes de contratación de Adjudicación Directa Selectiva, Adjudicación Directa Pública, Licitación Pública y Concurso Público a que se refiere el artículo 10° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, a excepción de los procesos de Adjudicación de Menor Cuantía, cuyos expedientes serán aprobados por el funcionario a cargo de la Oficina de Abastecimiento y Servicios;
e) Aprobar las Bases de los procesos de Adjudicación de Menor Cuantía y Adjudicación Directa Selectiva, Adjudicación Directa Pública, Licitación Pública y Concurso Público;
f) Aprobar las prestaciones adicionales, las reducciones y las ampliaciones de plazos, respecto de los contratos suscritos por el ITP , las que deberán regirse por el Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF.
g) Suscribir los contratos con los postores adjudicatarios de la buena pro de los procesos de selección que convoque el Instituto Tecnológico de la Producción, y las modificaciones posteriores que se incluyera en estos, así como resolver los contratos por las causales reguladas en el ordenamiento jurídico en materia de contrataciones públicas.
h) Aprobar la estandarización de los bienes o servicios a ser contratados por la Entidad, de conformidad con la normativa vigente;
i) Resolver los recursos de apelación que surjan a causa de discrepancias entre la Entidad y los participantes o postores en los procesos de menor cuantía y en las adjudicaciones directas selectivas, adjudicaciones directas públicas, licitaciones públicas y concursos públicos de conformidad con el artículo 53 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo N° 1017.
j) Aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, previo informe favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
k) Suscribir convenios y/o contratos con entidades públicas destinados al uso y/o disfrute total o parcial de inmuebles de propiedad o posesión estatal;
l) Aprobar y suscribir contratos y/o convenios con entidades públicas y/o privadas, o personas naturales que involucren las funciones de la Oficina General de Administración, las que deberán ceñirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Público del Año Fiscal correspondiente;
m) Tramitar, autorizar y resolver las acciones de personal respecto de las prórrogas o renovaciones de contratos del personal comprendido tanto en el régimen laboral de la actividad privada, regulado por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728 - Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR;
n) Aceptar la renuncia del personal comprendido en el régimen laboral privado regulado por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728 - Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR, a excepción de los cargos de confianza y la libre designación o remoción;
Artículo 3°.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente Resolución, comprende igualmente las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto.
Artículo 4°.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y el portal web del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP (www.itp.gob.pe).
Artículo 5°.- Notificar la presente resolución al funcionario a quien ha sido delegadas las facultades y atribuciones mediante la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MERCEDES INÉS CARAZO DE CABELLOS
Directora Ejecutiva Científica Instituto Tecnológico de la Producción I.T.P.
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