8/07/2014

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 082-2014-P-CSJLE/PJ Disponen la redistribución de carga procesal del

Disponen la redistribución de carga procesal del Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaría de Haya de la Torre, al Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaría de Huaycán CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 082-2014-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, treinta y uno de julio del año dos mil catorce.-VISTA: La Resolución Administrativa N° 152-2014-P-CSJLE/ PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero.- El artículo 2° de
Disponen la redistribución de carga procesal del Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaría de Haya de la Torre, al Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaría de Huaycán CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 082-2014-P-CSJLE/PJ
Chaclacayo, treinta y uno de julio del año dos mil catorce.-VISTA:

La Resolución Administrativa N° 152-2014-P-CSJLE/ PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y,
CONSIDERANDO:

Primero.- El artículo 2° de la resolución de vista, dispone que el Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaría de Huaycán, apoye en la labor jurisdiccional al Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaría de Haya de la Torre, Distrito de Ate, comprensión de este Distrito Judicial, debido a la excesiva carga que enfrenta dicho Juzgado.

Segundo.- Que, por Resolución Administrativa N° 55-2014-P-CSJLE/PJ, se dispuso que los Juzgados de Paz antes indicados proporcionen información de la carga procesal que afrontaban a efectos de realizar la redistribución de los expedientes.

Tercero.- Que, estando a la información proporcionada por los Juzgados de Paz antes indicados, corresponde disponer las acciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Por las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas en los incisos tercero y noveno del artículo noventa de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SE RESUELVE:

Primero.- DISPONER, la REDISTRIBUCIÓN de la carga procesal del Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaría de Haya de la Torre, al Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaría de Huaycán, de la siguiente manera:

El Juzgado de Paz Letrado de la Comisaria de Haya de la Torre, remitirá 269 expedientes en trámite y 107
expediente en ejecución al Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaría de Huaycán.

Segundo.- La redistribución comprende a los procesos cualquiera sea el año de ingreso del expediente, los cuales deben ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notificación completos, debidamente cosidos, foliados en números y letrados, asimismo, todos los escritos deberán estar debidamente proveídos.

Tercero.- En el plazo máximo de diez días útiles a partir de la publicación de la presente resolución, el Juzgado de Paz Letrado de las Comisaría de Haya de la Torre, deberá hacer llegar por medio electromagnético en detalle, la relación de expedientes a ser redistribuidos, el cual tendrá carácter de declaración jurada.

Cuarto.- Con el fin de no afectar el derecho de los usuarios y/o litigantes y hasta que culmine el proceso de redistribución de expedientes dispuesto en la presente resolución, la Mesa de Partes del Juzgado de Paz Letrado de la Comisaría de Haya de la Torre, deberá recibir los escritos relacionados a actos procesales con plazos de vencimiento y/o perentorios de los procesos a ser redistribuidos que se encuentren aún bajo su custodia, debiendo ser remitido junto con el expediente al Juzgado de Paz Letrado de la Comisaría de Huaycán.

Quinto.- PONER la presente resolución a conocimiento de la Presidente del Poder Judicial, Corte Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Personal y Escalafón Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de La Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este – ODECMA, interesados y Oficina de Administración Distrital de este Distrito Judicial para los fines pertinentes.

Publíquese, comuníquese, regístrese y cúmplase.

MARIA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT
Presidenta

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