9/25/2014

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 033-2014-OEFA/CD Disponen la publicación del proyecto de

Disponen la publicación del proyecto de Reglamento de Medidas Administrativas del OEFA en su portal institucional RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 033-2014-OEFA/CD Lima, 23 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado,
Disponen la publicación del proyecto de Reglamento de Medidas Administrativas del OEFA en su portal institucional
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 033-2014-OEFA/CD
Lima, 23 de setiembre de 2014
CONSIDERANDO:

Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización ambiental;

Que, a través de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por parte de los administrados, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión y fiscalización ambiental a cargo de las diversas entidades del Estado se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente;

Que, de acuerdo a lo previsto en el Literal a) del Numeral 11.2 del Artículo 11° de la Ley N° 29325, modificado por la Ley N° 30011, la función normativa del OEFA comprende la facultad de dictar, en el ámbito y materia de sus competencias, las normas que regulen el ejercicio de la fiscalización ambiental en el marco del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA) y otras de carácter general referidas a la verificación del cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables de los administrados a su cargo, así como aquellas necesarias para el ejercicio de la función de supervisión de Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA), las que son de obligatorio cumplimiento para dichas entidades en los tres niveles de gobierno;

Que, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 78° del Reglamento de la Ley N° 27446 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, la autoridad de fiscalización ambiental cuenta con la facultad de requerir a los administrados la actualización de sus estudios ambientales ante la autoridad competente;

Que, el Artículo 16°-A de la Ley N° 29325, modificado por la Ley N° 30011, establece que el OEFA puede dictar mandatos de carácter particular, los cuales constituyen disposiciones exigibles al administrado con el objeto de que este realice determinadas acciones que tengan como finalidad garantizar la eficacia de la fiscalización ambiental;

Que, de conformidad con lo establecido en el Literal b)
del Numeral 11.1 del Artículo 11° y el Artículo 22°-A de la Ley N° 29325, la función de supervisión directa del OEFA
comprende la facultad de dictar medidas preventivas, las cuales están dirigidas a evitar un inminente peligro o alto riesgo de producirse un grave daño al ambiente, así como a mitigar las causas que generan la degradación ambiental;

Que, asimismo, el Literal c) del Numeral 11.1 del Artículo 11° de la Ley N° 29325 establece que la función de fiscalización del OEFA comprende la facultad de dictar medidas cautelares y correctivas, las cuales están orientadas a garantizar la protección ambiental;

Que, en ejercicio de la función normativa, se ha elaborado un proyecto de Reglamento de Medidas Administrativas del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental -OEFA, propuesta normativa que previa a su aprobación debe ser sometida a consulta pública con la finalidad de recibir las observaciones, comentarios o sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el Artículo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM;

Que, mediante Acuerdo N° 034-2014, adoptado en la Sesión Ordinaria N° 031-realizada el 23 de setiembre del 2014, se acordó por unanimidad disponer la publicación de la propuesta normativa denominada Reglamento de Medidas Administrativas del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del Acta respectiva a fin de asegurar su vigencia inmediata;

Contando con el visado de la Secretaría General, la Oficina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Supervisión y la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos del OEFA;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325
- Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, modificada por la Ley N° 30011, así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Literal n)
del Artículo 8° y Literal n) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la publicación del proyecto de Reglamento de Medidas Administrativas del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, en el Portal Institucional de la Entidad (www.oefa.gob.pe).

Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.

Artículo 3°.- Los interesados podrán remitir sus observaciones, comentarios o sugerencias al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, ubicado en la Avenida República de Panamá N° 3542 del distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, o mediante la dirección electrónica medidasadministrativas@oefa.
gob.pe, en un plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC
Presidente del Consejo Directivo

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.