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RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 270-2014-ANA Prorrogan a favor del Gobierno Regional Tumbes la reserva de
9/25/2014
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 270-2014-ANA Prorrogan a favor del Gobierno Regional Tumbes la reserva de
Prorrogan a favor del Gobierno Regional Tumbes la reserva de recursos hídricos para la ejecución del Proyecto Irrigación de la Margen Derecha del Río Tumbes RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 270-2014-ANA Expediente : CUT N° 2955-2014 Materia : Prórroga de reserva de recursos hídricos Solicitante : Gobierno Regional de Tumbes Lima, 23 de setiembre de 2014 VISTO: El Oficio N° 435-2012/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-PR presentado por el Gobierno Regional Tumbes sobre prórroga de reserva de recursos hídricos a favor del Proyecto
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 270-2014-ANA
Expediente : CUT N° 2955-2014
Materia : Prórroga de reserva de recursos hídricos Solicitante : Gobierno Regional de Tumbes Lima, 23 de setiembre de 2014
VISTO:
El Oficio N° 435-2012/GOBIERNO REGIONAL
TUMBES-PR presentado por el Gobierno Regional Tumbes sobre prórroga de reserva de recursos hídricos a favor del Proyecto Especial de Irrigación de la Margen Derecha del Río Tumbes; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo previsto en el numeral 5 del artículo 15° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, la Autoridad Nacional del Agua tiene entre sus funciones, aprobar previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando así lo requiera el interés de la Nación;
Que, el numeral 208.1 del artículo 208° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 01-2010-AG, dispone que la reserva de recursos hídricos se otorga por un período de dos años prorrogables, mientras subsistan las causas que la motiven;
Que, con Resolución Jefatural N° 646-2010-ANA, se reservó a favor del Gobierno Regional Tumbes, las aguas provenientes del río Tumbes para la ejecución del Proyecto Irrigación de la Margen Derecha del río Tumbes por un período de dos (02) años, para uso agrícola, y por un volumen anual de 277,4 hm3, la cual venció el 20.10.2012;
Que, con documento del visto, el Gobierno Regional de Tumbes solicitó la prórroga del volumen anual de la reserva de recursos hídricos otorgada mediante la citada resolución Jefatural, considerando un volumen anual de 305 hm3;
Que, mediante Informe Técnico N° 026-2014-ANA-DCPRH-ERH-SUP/CAC, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos concluye que:
a. El Proyecto Especial Irrigación de la Margen Derecha del Río Tumbes no presentó el balance hídrico que demuestre la libre disponibilidad hídrica para el incremento del volumen de la reserva de recursos hídricos del río Tumbes de 277,4 hm3 a 305 hm3; por lo que, no es procedente el incremento de la reserva.
b. Con Memorándum N° 2086-2014-ANA-DARH la Dirección de Administración de Recursos Hídricos informa que no se ha otorgado licencias de uso de agua con cargo a la reserva de recursos hídricos del Proyecto Irrigación de la Margen Derecha del Río Tumbes.
c. Es procedente la prórroga de recursos hídricos por un volumen anual de 277,4 hm3, proveniente del río Tumbes a favor del Gobierno Regional Tumbes para la ejecución del Proyecto Irrigación de la Margen Derecha del Río Tumbes.
Que, por lo expuesto corresponde prorrogar por el plazo de dos (02) años, con eficacia anticipada al 20.10.2012, a favor del Gobierno Regional Tumbes la reserva de recursos hídricos dispuesta mediante Resolución Jefatural N° 646-2010-ANA, para la ejecución del Proyecto Irrigación de la Margen Derecha del Río Tumbes;
Estando a lo opinado por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos con el visto de Secretaría General y la Oficina de Asesoría Jurídica, así como de conformidad con lo establecido en el artículo 103° de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 206° de su Reglamento.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- De la prórroga de la reserva de recursos hídricos.
Prorrogar, con eficacia anticipada al 20.10.2012, a favor del Gobierno Regional Tumbes la reserva de recursos hídricos dispuesta mediante Resolución Jefatural N° 646-2010-ANA, por un volumen anual de 277,4 hm3, para la ejecución del Proyecto Irrigación de la Margen Derecha del Río Tumbes, por el plazo de dos (02) años.
Artículo 2°.- De la ampliación de la reserva de recursos hídricos.
Desestimar el pedido de incremento del volumen anual de la reserva de recursos hídricos de 277,4 hm3 a 305 hm3, por lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución.
Artículo 3°.- De la supervisión de la reserva de recursos hídricos.
La Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque – Zarumilla y la Administración Local de Agua Tumbes son responsables de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, debiendo informar periódicamente a la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos.
Regístrese, comuníquese y publíquese,
JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER
Jefe Autoridad Nacional del Agua
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