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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 333-2014-MC Declaran de interés institucional el "II Censo Nacional de
9/25/2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 333-2014-MC Declaran de interés institucional el "II Censo Nacional de
Declaran de interés institucional el "II Censo Nacional de Archivos 2014" RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 333-2014-MC Lima, 22 de setiembre de 2014 VISTOS, el Oficio N° 249-2014-AGN/J de fecha 29 de agosto de y la Resolución Jefatural N° 245-2014-AGN/J de fecha 22 de julio de 2014, del Archivo General de la Nación; y el Informe N° 648-2014-OGAJ-SG/MC de fecha 16 de setiembre de 2014, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 333-2014-MC
Lima, 22 de setiembre de 2014
VISTOS, el Oficio N° 249-2014-AGN/J de fecha 29 de agosto de y la Resolución Jefatural N° 245-2014-AGN/J de fecha 22 de julio de 2014, del Archivo General de la Nación; y el Informe N° 648-2014-OGAJ-SG/MC de fecha 16 de setiembre de 2014, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, rector en materia de cultura, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, en la formulación, planeación, dirección, coordinación, ejecución, supervisión, evaluación y fiscalización de las políticas nacionales y sectoriales del Estado en materia de cultura, aplicable y de cumplimiento en todos los niveles de gobierno y por todas las entidades del sector cultura;
Que, el literal j) del artículo 7 de la citada ley, señala como una de las funciones exclusivas del Ministerio de Cultura, el organizar técnica y sistemáticamente el Patrimonio Documental de la Nación, y supervisar y evaluar el funcionamiento de los archivos integrantes del Sistema Nacional de Archivos;
Que, el Decreto Ley N° 19414, que declara de utilidad pública la defensa, conservación e incremento del Patrimonio Documental existente en el país; precisa en su artículo 2 que el Patrimonio Documental de la Nación está constituido por la documentación existente en los archivos de todas las reparticiones y organismos del Sector Público Nacional, en los archivos históricos notariales, eclesiásticos, parroquiales y de conventos, en los archivos particulares y en general por el material documental, aún de origen privado, que sirva de fuente de información para estudios históricos y del desarrollo cultural, social, económico, jurídico o religioso de la Nación;
Que, la Ley N° 25323, que crea el Sistema Nacional de Archivos, señala en su artículo 1 que el referido Sistema Nacional tiene como finalidad el integrar estructural, normativa y funcionalmente los archivos de las entidades públicas existentes en el ámbito nacional, mediante la aplicación de principios, normas, técnicas y métodos de archivo, garantizando con ello la defensa, conservación, organización y servicio del Patrimonio Documental de la Nación;
Que, el artículo 4 de la ley mencionada en el párrafo precedente, establece que el Archivo General de la Nación es el órgano rector y central del Sistema Nacional de Archivos; asimismo, el literal a) del artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 25323, aprobado por Decreto Supremo N° 008-92-JUS, señala que tiene como fin el normar, organizar, uniformar y coordinar el funcionamiento de los archivos públicos integrándolos al Sistema Nacional de Archivos;
Que, al artículo 101 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que el Archivo General de la Nación es un organismo público adscrito al Ministerio de Cultura;
Que, asimismo, la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala en su artículo 19 que el Instituto Nacional de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de la identificación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su competencia;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 085-2012-PCM, se aprobó el Plan de Acción del Perú para su incorporación a la Sociedad de Gobierno Abierto, donde se señala como un compromiso del Estado Peruano en el marco de su incorporación a la Alianza para el Gobierno Abierto, la revisión y mejora de la normatividad referida a la gestión documentaria, involucrando en la coordinación a las entidades comprendidas en el sistema;
Que, mediante Resolución Jefatural N° 245-2014-AGN/J se aprobó el Plan de Trabajo del "II Censo Nacional de Archivos 2014", cuya ejecución y cumplimiento es responsabilidad de la Dirección de Normas Archivísticas de la Dirección Nacional de Desarrollo Archivístico y Archivo Intermedio del Archivo General de la Nación;
asimismo, se precisa que la realización del Censo se encuentra aprobado en el Presupuesto Institucional del año fiscal del Archivo General de la Nación;
Que, mediante Informe N° 047-2014-AGN/DNDAAI/ DNA/JVN de fecha 29 de agosto de 2014, que incluye la Exposición de Motivos correspondiente, la Dirección de Normas Archivísticas de la Dirección Nacional de Desarrollo Archivístico y Archivo Intermedio del Archivo General de la Nación, sustenta la opinión favorable de declarar de interés institucional el II Censo Nacional de Archivos 2014, motivo por el cual dicho informe constituye parte integrante de la presente resolución, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
Que, en el referido informe se señala la importancia del II
Censo Nacional de Archivos 2014, el cual constituirá la fuente de información estadística más importante para el Archivo General de la Nación y los Archivos Regionales, dado que proporcionará datos actualizados para el mejor conocimiento del Sistema Nacional de Archivos, a fin de lograr el desarrollo de estrategias orientadas al mejoramiento de los archivos que integran el Sistema, siendo necesario conocer el perfil del profesional archivero técnico y/o profesionales, los recursos humanos, condición laboral, infraestructura, uso de tecnología, calidad en el servicio, medidas de prevención, transferencias, entre otros;
Que, a través del Informe N° 648-2014-OGAJ-SG/MC
de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que del análisis realizado a la solicitud efectuada por el Archivo General de la Nación, se desprende la importancia de conocer el estado situacional de los archivos que conforman el Sistema Nacional de Archivos, con el propósito que se puedan adoptar las políticas archivísticas que coadyuven a mejorar la organización y conservación del Patrimonio Documental, promuevan la modernización de los archivos y amplíen el acceso a los mismos;
Estando a lo visado por la Secretaria General y la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 25323, Ley que crea el Sistema Nacional de Archivos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 008-92-JUS; y el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Declarar de interés Institucional el "II
Censo Nacional de Archivos 2014".
Artículo 2°.- Encargar al Archivo General de la Nación, ente rector del Sistema Nacional de Archivos; la ejecución, planeamiento, organización y dirección del II
Censo Nacional de Archivos 2014.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIANA ALVAREZ-CALDERÓN
Ministra de Cultura
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