9/26/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 446-2014-MINEDU Modifican el "Modelo de servicio educativo para la

Modifican el "Modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes de alto desempeño", creado mediante R.M. N° 274-2014-MINEDU RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 446-2014-MINEDU Lima, 25 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 027-2014-MINEDU se declara de Interés Nacional el servicio educativo dirigido a estudiantes de alto desempeño del país y se establece que el Estado promueve y brinda un servicio educativo con altos estándares de calidad nacional e internacional a aquellos estudiantes
Modifican el "Modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes de alto desempeño", creado mediante R.M. N° 274-2014-MINEDU
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 446-2014-MINEDU
Lima, 25 de setiembre de 2014
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 027-2014-MINEDU se declara de Interés Nacional el servicio educativo dirigido a estudiantes de alto desempeño del país y se establece que el Estado promueve y brinda un servicio educativo con altos estándares de calidad nacional e internacional a aquellos estudiantes que demuestran un alto desempeño académico, artístico y/o deportivo;

Que, con Resolución Ministerial N° 274-2014-MINEDU se crea el "Modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes de alto desempeño", con el objetivo de impulsar una educación de excelencia, con calidad y equidad; en concordancia con la necesidad de crear modalidades de atención que permitan brindar un servicio educativo a grupos específicos de estudiantes de educación secundaria que demuestren un alto desempeño académico, artístico y/o deportivo, otorgándoles la oportunidad de que en el sétimo ciclo de la Educación Básica Regular (3°, 4° y 5° grado del nivel de educación secundaria), desarrollen un proceso formativo de gran rigor y exigencia académica, artística y/o deportiva, que les permitan desarrollar en real dimensión sus potencialidades;

Que, en el numeral 5.2 del Modelo en mención se señalan los requisitos que debe cumplir un estudiante para postular a los Colegios de Alto Rendimiento (COAR);
estableciendo en el numeral 5.2.6.1 el requisito de "haber alcanzado el quinto superior en el segundo grado de educación secundaria de la Educación Básica Regular y/o haber obtenido uno de los cinco primeros puestos a nivel nacional en concursos (artísticos, deportivos, académicos, etc.) convocados por el Ministerio de Educación en los dos últimos años.";

Que, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, mediante Informe N° 027-2014-MINEDU/ VMGP-DIGEBA, solicita la modificación del modelo creado mediante la Resolución Ministerial N° 274-2014-MINEDU, a efectos de evitar los posibles inconvenientes que pudieran generarse durante el proceso de admisión respecto a la delimitación de la lista de potenciales postulantes a los Colegios de Alto Rendimiento. Asimismo, la Dirección General de Educación Básica Regular remite el Informe N° 1678-2014-MINEDU/VMGP-DES, mediante el cual la Dirección de Educación Secundaria sustenta la relevancia de modificar el referido modelo en el extremo referido a los requisitos para postular al proceso de estudiantes de los COAR, a fin de atender las dificultades identificadas por la Dirección General de Educación Básica Alternativa;

De conformidad con el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; la Ley N° 28044, Ley General de Educación;
su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el primer ítem del numeral 5.2.6.1 del "Modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes de alto desempeño", creado mediante Resolución Ministerial N° 274-2014-MINEDU, el mismo que queda redactado de la siguiente manera:
"5.2.6.1 Requisitos para postular:

Los postulantes deberán acreditar los siguientes requisitos mínimos:
• Haber ocupado el primer, segundo o tercer puesto en el segundo grado de educación secundaria de la Educación Básica Regular y/o haber obtenido uno de los cinco primeros puestos a nivel nacional en concursos (artísticos, deportivos, académicos, etc.) convocados por el Ministerio de Educación en los dos últimos años. (…)"
Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente resolución, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

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