9/26/2014

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 1692-2014-MINEDU Aprueban la Norma Técnica "Normas para el

Aprueban la Norma Técnica "Normas para el Desarrollo del Proceso Único de Admisión a los Colegios de Alto Rendimiento Para el Año Lectivo 2015" RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 1692-2014-MINEDU Lima, 25 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Constitución Política del Perú, establece que la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana. El Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza. Los padres de familia tienen el deber de educar a sus hijos y el derecho
Aprueban la Norma Técnica "Normas para el Desarrollo del Proceso Único de Admisión a los Colegios de Alto Rendimiento Para el Año Lectivo 2015"
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 1692-2014-MINEDU
Lima, 25 de setiembre de 2014
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 13 de la Constitución Política del Perú, establece que la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana. El Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza. Los padres de familia tienen el deber de educar a sus hijos y el derecho de escoger los centros de educación y de participar en el proceso educativo.

Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, con Resolución Ministerial N° 274-2014-MINEDU se crea el "Modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes de alto desempeño", con el objetivo de impulsar una educación de excelencia, con calidad y equidad; en concordancia con la necesidad de crear modalidades de atención que permitan brindar un servicio educativo a grupos específicos de estudiantes de educación secundaria que demuestren un alto desempeño académico, artístico y/o deportivo, otorgándoles la oportunidad de que en el sétimo ciclo de la Educación Básica Regular (3°, 4° y 5° grado del nivel de educación secundaria), desarrollen un proceso formativo de gran rigor y exigencia académica, artística y/o deportiva, que les permitan desarrollar en real dimensión sus potencialidades;

Que el referido modelo de servicio educativo señala que "para tener la condición de estudiante de un Colegio de Alto Rendimiento, este debe cumplir con los requisitos establecidos en el proceso de admisión y, además, alcanzar una vacante dentro del proceso, así como cumplir con los respectivos procedimientos de inscripción y matrícula", así como que "el proceso de admisión se realiza en el marco de las disposiciones que el Ministerio de Educación emita para tal efecto".

Que, en ese sentido, es necesario aprobar la Norma Técnica denominada "Normas para el Desarrollo del Proceso Único de Admisión a los Colegios de Alto Rendimiento para el año lectivo 2015", la cual tiene como objetivo regular el Proceso Único de Admisión a los Colegios de Alto Rendimiento para el Año Lectivo 2015, garantizar su normal desarrollo y cautelar el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas relacionadas al referido proceso.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley N° 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; la Resolución Ministerial N° 274-2014-MINEDU que crea el modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes de alto desempeño; la Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED que aprueba la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ denominada "Elaboración, aprobación y tramitación de dispositivos normativos y actos resolutivos en el Ministerio de Educación"; y, las facultades delegadas en la Resolución Ministerial N° 014-2014-MINEDU y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Normas para el Desarrollo del Proceso Único de Admisión a los Colegios de Alto Rendimiento para el Año Lectivo 2015", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano", encargándose a la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación su publicación y la de su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/), en la misma fecha.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FLAVIO F. FIGALLO RIVADENEYRA
Viceministro de Gestión Pedagógica Secretario General (e)

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