10/31/2014

DECRETO REGIONAL N° 002-2014-GRSM/PGR Aprueban flujo del proceso para la obtención de certificación

Aprueban flujo del proceso para la obtención de certificación ambiental de los proyectos de inversión pública DECRETO REGIONAL N° 002-2014-GRSM/PGR Moyobamba, 2 de setiembre de 2014 VISTO: El expediente N° 755253 que contiene el Memorando N° 626-2014-GRSM/ARA, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 3° Ley N° 27446 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, Modificado por Decreto Legislativo N° 1078. Establece que, no podrá iniciarse la ejecución de proyectos ni actividades
Aprueban flujo del proceso para la obtención de certificación ambiental de los proyectos de inversión pública
DECRETO REGIONAL N° 002-2014-GRSM/PGR
Moyobamba, 2 de setiembre de 2014
VISTO:

El expediente N° 755253 que contiene el Memorando N° 626-2014-GRSM/ARA, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 3° Ley N° 27446 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, Modificado por Decreto Legislativo N° 1078. Establece que, no podrá iniciarse la ejecución de proyectos ni actividades de servicios y comercios referidos en el artículo 2° y ninguna autoridad nacional, sectorial, regional o local podrá aprobarlas, autorizarlas, permitirlas, concederlas o habilitarlas si no cuentan previamente con la certificación ambiental contenida en la resolución expedida por la respectiva autoridad competente.

Que, asimismo en su artículo 18° numeral 18.1 tercer párrafo señala que "corresponde a las autoridades sectoriales emitir la certificación ambiental de los proyectos o actividades de alcance nacional o multiregional, en el ámbito de sus respectivas competencias, Corresponde a las autoridades regionales y locales, emitir la certificación ambiental de los proyectos que dentro el marco del proceso de descentralización resulten de su competencia.

Que, a través de la Ordenanza Regional N° 012-2006-GRSM/CR, en el cual resuelve en su artículo primero aprobar la Zonificación Ecológica y Económica en el ámbito de la Región San Martín, que consta de 14
informes temáticos finales con sus respectivos Mapas y una Propuesta de la ZEE-SM.

Que a través del Decreto Regional N° 002-2009-GRSM/ PGR, se resuelve en su artículo Primero: la Aprobación del reglamento para la aplicación de la Zonificación Ecológica y Económica – ZEE, en el departamento de San Martín.

Que a través de la Ordenanza Regional N° 037-2010-GRSM/CR, se aprueba el ROF del GRSM, en el que se crea en la estructura del GRSM, a la Autoridad Regional Ambiental;

Que, mediante Ordenanza Regional N° 003-2013-GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN/CR, del 04 de marzo del 2013 se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de San Martín.

Que a través de la Ordenanza Regional N° 013-2011-GRSM/CR, se aprueba el ROF de la Autoridad Regional Ambiental.

Que a través de la Resolución Ministerial 052-2012-MINAM- Directiva para la concordancia entre el Sistema de evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP);

Que, mediante Informe Técnico N° 08-2014-GRSM/ ARA/DEGEA/BICHS, la Dirección de Gestión Estratégica Ambiental, recomienda que se apruebe la propuesta vía acto resolutivo correspondiente "Decreto Regional", respecto del procedimiento administrativo para la obtención de la Certificación Ambiental en los proyectos de Inversión en el departamento de San Martin.

Que mediante Informe Legal N° 015-2014-GRSM/ ARA-AAJG-CRCA, la responsable opina favorablemente respecto de la propuesta vía acto resolutivo correspondiente "Decreto Regional", del procedimiento administrativo para la obtención de la Certificación Ambiental en los proyectos de Inversión en el departamento de San Martin.

De conformidad con las consideraciones antes expuestas y el uso de las atribuciones y facultades conferidas al Presidente Regional en los artículos 21°
literal d), 22° y 40° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar, el fiujo del proceso para la obtención de la certificación ambiental de los proyectos de inversión pública elaborados por el Gobierno Regional de San Martín con la finalidad de estandarizar el procedimiento administrativo, en el mismo que como anexo se adjunta a la presente.

Artículo Segundo.- Autorizar, que la Autoridad Regional Ambiental, a través de la Dirección de Gestión Estratégica Ambiental realizar todas las acciones administrativas con la finalidad de dar cumplimiento al presente Decreto Artículo Tercero.- Notificar a la Autoridad Regional Ambiental y a los gobiernos locales provinciales y distritales en el ámbito de nuestra región con la finalidad de adecuar sus procedimientos de evaluación al presente fiujo indicado en el artículo primero.

Regístrese, comuníquese y archívese.

JAVIER OCAMPO RUÍZ
Presidente Regional

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