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RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 250-/JNAC/RENIEC Incorporan al RENIEC la Oficina de Registros del Estado
10/31/2014
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 250-/JNAC/RENIEC Incorporan al RENIEC la Oficina de Registros del Estado
Incorporan al RENIEC la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Miraflores, provincia y departamento de Lima, respecto al acervo documentario de la sección de Defunción del período 1997 - 2014 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 250-/JNAC/RENIEC Lima, 30 de octubre de 2014 VISTOS: El Memorando N° 001797-2014/GPP/RENIEC (20JUN2014), emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Memorando N° 002265-2014/GOR/ RENIEC (29OCT2014), emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales,
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 250-/JNAC/RENIEC
Lima, 30 de octubre de 2014
VISTOS:
El Memorando N° 001797-2014/GPP/RENIEC (20JUN2014), emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Memorando N° 002265-2014/GOR/ RENIEC (29OCT2014), emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Informe N° 000515-2014/ GPRC/SGIRC/RENIEC (21OCT2014), emitido por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, y el Informe N° 000093-2014/GPRC/RENIEC (27OCT2014), emitido por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;
CONSIDERANDO:
Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos que modifican la capacidad y estado civil;
Que, mediante Resolución Jefatural N° 023-96-JEF, se delegó a las Oficinas de los Registros Civiles que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales autorizadas a inscribir, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del artículo 44° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil;
Que, la Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 26497, establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integración de las Oficinas de Registros del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposición Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM;
Que, con Resolución Jefatural N° 045-2014-JNAC/ RENIEC (25FEB2014), se revocó a partir del 26 de Febrero del 2014, las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) y o) del artículo 44° de la Ley N° 26497 que fueron conferidas a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Mirafiores, Provincia y Departamento de Lima;
Que, por el gran volumen de acervo documentario (Libros de Actas) y títulos archivados perteneciente a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Mirafiores, Provincia y Departamento de Lima, se realizaron las coordinaciones con los funcionarios de la referida Municipalidad, a fin de realizar la transferencia del acervo documentario por tramos, diferenciándolos por tipo de registro, como una etapa previa a su incorporación;
empezando por la sección de Defunciones, seguido por Matrimonios y concluyendo con Nacimientos;
Que, mediante el Informe de vistos, la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles en su calidad de encargada del proceso de incorporación de las Oficinas de Registros del Estado Civil, conforme lo establece el artículo 111° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013), propone la incorporación de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Mirafiores, Provincia y Departamento de Lima respecto al acervo documentario de la sección de Defunción que comprende los libros de actas y sus respectivos títulos archivados, del periodo comprendido entre los años 1997
- 2014; propuesta que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;
Que, a través de los documentos de vistos, la Gerencia de Planificación y Presupuesto y la Gerencia de Operaciones Registrales, emiten opinión favorable respecto a la incorporación de la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Mirafiores, Provincia y Departamento de Lima;
Que, atendiendo a lo expuesto, corresponde aprobar la incorporación de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Mirafiores, Provincia y Departamento de Lima respecto al acervo documentario de la sección de Defunción que comprende los libros de actas y sus respectivos títulos archivados, del periodo comprendido entre los años 1997 - 2014;
debiéndose transferir también la información sistematizada en formato electrónico (datos e imágenes), si lo tuviera, obtenido a partir del acervo documentario a incorporar;
dictando las medidas correspondientes; conservando la citada Oficina de Registros del Estado Civil la delegación de las facultades registrales a que se hace referencia en la Resolución Jefatural N° 045-2014-JNAC/RENIEC (25FEB2014), en lo que respecta al acervo documentario relativo a la sección de Defunción del periodo no comprendidos en la presente Resolución Jefatural;
Que, la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009);
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- INCORPORAR la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Mirafiores, Provincia y Departamento de Lima, al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, respecto al acervo documentario de la sección de Defunción que comprende a los libros de actas y sus respectivos títulos archivados correspondientes al periodo de los años 1997
- 2014; así como la información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera; la cual se hará efectiva a partir del día Viernes 31 de Octubre de 2014.
Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Miraflores, Provincia y Departamento de Lima, mantenga la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales l), m), n), y q) del artículo 44° de la Ley N° 26497; a que hace referencia la Resolución Jefatural N° 045-2014-JNAC/RENIEC de fecha 25 de Febrero 2014, en lo que respecta al acervo documentario relativo a la sección de Nacimientos, Matrimonio y Defunción que conserva en su archivo registral y que aún no ha sido incorporado a RENIEC;
quedando facultada a expedir copias certificadas de dicho acervo documentario.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, realizar todas las coordinaciones y acciones pertinentes con las autoridades de la Municipalidad Distrital de Mirafiores , Provincia y Departamento de Lima, para el traslado del acervo documentario de la sección Defunción que comprende a los libros de actas y sus respectivos títulos archivados correspondientes al periodo de los años 1997 - 2014, así como la información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera, al RENIEC, en cumplimiento de lo establecido en la Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 26497 y el artículo primero de la presente Resolución Jefatural.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a las Gerencias de Procesos de Registros Civiles, de Operaciones Registrales, de Imagen Institucional y de Asesoría Jurídica la implementación de lo dispuesto por la presente Resolución Jefatural.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional
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