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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 180-2014-DV-PE Disponen apertura de Oficina Zonal de
10/14/2014
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 180-2014-DV-PE Disponen apertura de Oficina Zonal de
Disponen apertura de Oficina Zonal de Iquitos, como órgano desconcentrado de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 180-2014-DV-PE Lima, 13 de octubre de 2014 VISTO: El Memorándum N° 154-2014-DV-DATE; el Memorándum N° 0341-2014-DV-DPM; el Memorándum N° 543-2014-DV-OPP; y el acuerdo de aprobación de apertura de la Oficina Zonal de Iquitos, como órgano desconcentrado de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, adoptado en Sesión
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 180-2014-DV-PE
Lima, 13 de octubre de 2014
VISTO:
El Memorándum N° 154-2014-DV-DATE; el Memorándum N° 0341-2014-DV-DPM; el Memorándum N° 543-2014-DV-OPP; y el acuerdo de aprobación de apertura de la Oficina Zonal de Iquitos, como órgano desconcentrado de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, adoptado en Sesión de Consejo Directivo del 22 de setiembre de 2014, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 45° del Reglamento de Organización de Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que la Dirección de Articulación Territorial es un órgano de línea que depende de la Presidencia Ejecutiva, encargado de orientar, brindar asistencia técnica y promover la articulación de las actividades y proyectos de inversión pública enmarcados en los Programas de la Estrategia Nacional de Lucha Contra Drogas, a nivel territorial, con las entidades públicas, privadas y la sociedad civil; así como supervisar el cumplimiento de la ejecución de actividades y planes operativos territoriales; teniendo a su cargo a los órganos desconcentrados de la Entidad;
Que, mediante Memorándum N° 154-2014-DV-DATE, emitido por la Dirección de Articulación Territorial, se sustenta la necesidad de la apertura de la Oficina Zonal de Iquitos, como órgano desconcentrado de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, dada la intensificación de las actividades del narcotráfico en la zona; y por la necesidad de incrementar la presencia del Estado para hacer frente a dicha realidad a través de una Oficina Zonal de DEVIDA que permita fortalecer, articular y coordinar con las entidades públicas, privadas y la sociedad civil, las acciones estratégicas y operativas en el marco de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas;
Que, mediante Informe N° 007-2014-PCM-SGP .CMV, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros considera que la propuesta formulada por la Presidencia Ejecutiva de DEVIDA, para la creación de la Oficina Zonal de Iquitos, se encuentra dentro del marco de las competencias y funciones de nuestra Entidad;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA; dispone en el literal f) de su artículo 8°, que es función del Consejo Directivo, entre otros, aprobar, a propuesta de la Presidencia Ejecutiva, la apertura y cierre de las Oficinas Zonales de DEVIDA;
Que, en Sesión de Consejo Directivo del 22 de setiembre de 2014, el mencionado Colegiado ha aprobado la apertura de la Oficina Zonal de Iquitos, como órgano desconcentrado de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA;
Que, en ese sentido, resulta necesario dictar las medidas de gestión que viabilicen la apertura del órgano desconcentrado de DEVIDA al que se hace referencia en el párrafo considerativo precedente;
Con las visaciones del Secretario General, de la Directora (e) de Articulación Territorial, del Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa de la Oficina General de Administración y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización de Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- DISPONER la apertura de la Oficina Zonal de Iquitos, como órgano desconcentrado de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobada por acuerdo del Consejo Directivo de la Entidad, en Sesión del 22 de setiembre de 2014;
con ámbito de intervención de acuerdo a lo señalado en la Propuesta de Creación de la mencionada Oficina Zonal, documento que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2°.- EST ABLECER que el órgano desconcentrado al que se refiere el artículo precedente tendrá su ubicación en la ciudad de Iquitos, Distrito del mismo nombre, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto.
Artículo 3°.- DISPONER la conclusión de las funciones de la Oficina de Coordinación de Iquitos, debiendo el Responsable de dicha Oficina efectuar la transferencia de gestión al Jefe de la Oficina Zonal de Iquitos, que se designe, conforme a los plazos y lineamientos establecidos en la Resolución de Contraloría N° 372-2006-CG, que aprueba la Directiva N° 008-2006-CG/SGE-PC "Lineamientos Preventivos para las Entidades del Estado sobre Transferencia de Gestión" y la Directiva N° 009-2006-CG/ SGE-PC "Lineamientos para el Control de la Transferencia de Gestión en las Entidades del Estado".
Artículo 4°.- AUTORIZAR a la Dirección de Articulación T erritorial, a la Oficina General de Administración y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, a que, en el marco de sus competencias, realicen las acciones técnicas, operativas, administrativas y presupuestarias necesarias, para viabilizar la apertura, implementación y funcionamiento del órgano desconcentrado al que se refiere la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente Ejecutivo
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