11/12/2014

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA

Disponen publicación en la página Web de Osinergmin del proyecto de resolución que aprueba la modificación de la Norma "Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos", aprobada con Res. N° 476-2008-OS/CD, conjuntamente con su exposición de motivos y el Informe Técnico Legal N° 526-2014-GART RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 228-2014-OS/CD Lima, 10 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el literal c) del numeral 3.1 del Artículo 3° de la Ley N°
Disponen publicación en la página Web de Osinergmin del proyecto de resolución que aprueba la modificación de la Norma "Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos", aprobada con Res. N° 476-2008-OS/CD, conjuntamente con su exposición de motivos y el Informe Técnico Legal N° 526-2014-GART
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 228-2014-OS/CD
Lima, 10 de noviembre de 2014
CONSIDERANDO:

Que, el literal c) del numeral 3.1 del Artículo 3° de la Ley N° 27332, "Ley Marco de los Organismos Reguladores", señala que la función normativa de los Organismos Reguladores comprende la facultad de dictar, en el ámbito y materia de sus respectivas competencias, entre otros, reglamentos y normas técnicas. En tal sentido, el Artículo 21° del Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, precisa que corresponde a Osinergmin dictar reglamentos y normas de carácter general, aplicables a todas las entidades y usuarios, definiendo los derechos y obligaciones de tales entidades y de éstas con sus usuarios;

Que, mediante Resolución N° 476-2008-OS/CD, se aprobó la Norma "Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos" (Guía), con el objetivo de dar cumplimiento a lo establecido en el Reglamento del Comité de Operación Económica del Sistema (COES)", aprobado por Decreto Supremo N° 027-2008-EM;

Que, sobre la base de la experiencia recabada, se ha observado que la Guía vigente presenta algunos aspectos que requieren definición y precisión, motivo por el cual se ha elaborado el proyecto normativo que la modifica. Se establece el periodo el cual el COES, deberá presentar las propuestas contenidas en el Plan a que se refiere el numeral 24.3 de su Reglamento, se definen plazos, entre otras adecuaciones;

Que, de conformidad con el Artículo 14° del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales.

Dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, los cuales de conformidad con el Artículo 25° del Reglamento General de Osinergmin, no tendrán carácter vinculante ni darán lugar a procedimiento administrativo;

Que, en atención a lo señalado en el considerando precedente, corresponde publicar el proyecto de resolución que modifica la Norma "Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos", para la recepción de comentarios y sugerencias por parte de los interesados;

Que, se ha emitido el Informe Técnico Legal N° 526-2014-GART de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y la Coordinación Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, el cual complementa la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Artículo 3°, de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores, en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica;
en el Reglamento COES aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2008-EM; en lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas;

Estando a lo acordado por el Consejo Directivo del Osinergmin en su Sesión N° 33-2014.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la publicación en la página Web de Osinergmin www.osinergmin.gob.pe, del proyecto de resolución que aprueba la modificación de la Norma "Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos", aprobada con Resolución N° 476-2008-OS/CD, conjuntamente con su exposición de motivos y el Informe Técnico Legal N° 526-2014-GART que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°.- Definir un plazo de quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (GART) de Osinergmin, ubicada en la Avenida Canadá N° 1460, San Borja, Lima. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas vía fax al número telefónico N° 2240491, o vía Internet a la siguiente dirección de correo electrónico:

PRCOES@osinergmin.gob.pe. La recepción de las opiniones y sugerencias en medio físico o electrónico, estará a cargo de la Sra. Carmen Ruby Gushiken T eruya. En el último día del plazo, sólo se podrán remitir comentarios, para su análisis, hasta las 06:00 p.m.

Artículo 3°.- La presente resolución deberá ser publicada en el diario oficial El Peruano.

JESÚS TAMAYO PACHECO
Presidente del Consejo Directivo

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