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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1167-2014-IN Conforman Comisión Sectorial encargada de elaborar el
11/26/2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1167-2014-IN Conforman Comisión Sectorial encargada de elaborar el
Conforman Comisión Sectorial encargada de elaborar el Proyecto de Ley de Uso de la Fuerza y el Nuevo Manual de Derechos Humanos Aplicados a la Función Policial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1167-2014-IN Lima, 25 de Noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el artículo 166 de la Constitución Política del Perú señala que la Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno; prestar protección y ayuda a las personas y a la comunidad; garantizar el cumplimiento de las leyes y la
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1167-2014-IN
Lima, 25 de Noviembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 166 de la Constitución Política del Perú señala que la Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno; prestar protección y ayuda a las personas y a la comunidad; garantizar el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado; prevenir, investigar y combatir la delincuencia; y, vigilar y controlar las fronteras;
Que, la Cuarta Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Perú establece que las normas relativas a los derechos y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por el Perú; de igual manera, el artículo V del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, dispone que el contenido y alcances de los derechos constitucionales protegidos por los procesos regulados en el referido Código deben interpretarse de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos, los tratados sobre derechos humanos, así como de las decisiones adoptadas por los tribunales internacionales sobre derechos humanos constituidos según tratados de los que el Perú es parte;
Que, la Organización de las Naciones Unidas ha adoptado los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, así como el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley;
Que, mediante el artículo único de la Ley N° 30151 se modificó el inciso 11 del artículo 20 del Código Penal, a efectos de establecer que está exento de responsabilidad penal el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que, en el cumplimiento de su deber y en uso de sus armas u otro medio de defensa, cause lesiones o muerte;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 1452-2006-IN se aprobó el Manual de Derechos Humanos Aplicados a la Función Policial, con el cual se procura impulsar y fortalecer las conductas de respeto y protección de los Derechos Humanos en las funciones y actividades que realiza la Policía Nacional del Perú;
Que, mediante Resolución Directoral N° 372-2014-DIRGEN/EMG-PNP , modificada por Resolución Directoral N° 600-2014-DIRGEN/EMG-PNP, se conformó una Comisión Especial encargada de estudiar, formular, fusionar o actualizar la normatividad del Manual de Derechos Humanos Aplicados a la Función Policial;
Que, el artículo 35° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades, y que sus conclusiones carecen de efectos jurídicos frente a terceros; no tienen personería jurídica ni administración propia y están integradas a una entidad pública; asimismo, se señala que para otras funciones que no sean las indicadas en el párrafo precedente, el Poder Ejecutivo puede encargarlas a grupos de trabajo;
Que, en el numeral 1 del artículo 36° de la Ley mencionada precedentemente prescribe que las Comisiones Sectoriales son de naturaleza temporal y se crean mediante Resolución Ministerial del titular a cuyo ámbito de competencia corresponden;
Que, en ese sentido, resulta pertinente conformar una Comisión Sectorial encargada de elaborar el proyecto de Ley de Uso de la Fuerza, así como el nuevo Manual de Derechos Humanos Aplicados a la Función Policial, para lo cual deberá considerarse las propuestas formuladas por la Dirección General para la Seguridad Democrática del Ministerio del Interior y por la Comisión conformada por la Resolución Directoral N° 372-2014-DIRGEN/EMG-PNP, respectivamente;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y el Decreto Legislativo N° 1149, Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Comisión Sectorial Conformar la Comisión Sectorial encargada de elaborar el Proyecto de Ley de Uso de la Fuerza y el Nuevo Manual de Derechos Humanos Aplicados a la Función Policial, la cual estará integrada de la siguiente manera:
• El Ministro del Interior, o su representante, quien la presidirá.
• El Viceministro de Orden Interno del Ministerio del Interior o su representante.
• El Director General de la Dirección General para la Seguridad Democrática o su representante.
• El Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica o su representante.
• El Director General de la Policía Nacional del Perú o su representante.
• El Jefe de Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú o su representante.
• El Inspector General de la Policía Nacional del Perú o su representante.
• El Director Nacional de Operaciones Policiales de la Policía Nacional del Perú o su representante.
• El Director Ejecutivo de Educación y Doctrina de la Policía Nacional del Perú.
• El Director Ejecutivo de Apoyo al Policía de la Policía Nacional del Perú.
• El Director Ejecutivo de Asesoría de Jurídica de la Policía Nacional del Perú.
Artículo 2.- Secretaría Técnica.
La Comisión Sectorial contará con una Secretaría Técnica a cargo de un Asesor del Gabinete de Asesores de la Alta Dirección, que será designado por el Ministro del Interior.
Artículo 3.- Desarrollo de actividades La Comisión Sectorial, para la elaboración de los proyectos normativos a su cargo, deberá considerar las propuestas formuladas por la Dirección General para la Seguridad Democrática del Ministerio del Interior y por la Comisión conformada por la Resolución Directoral N° 372-2014-DIRGEN/EMG-PNP, respectivamente.
La Comisión en el desarrollo de sus actividades podrá invitar a especialistas o asesores técnicos en la materia, así como a representantes de instituciones públicas y/o privadas e instituciones académicas y representantes de la sociedad civil, para el cumplimiento de sus fines.
Asimismo, para el cumplimiento de su objeto, la Comisión podrá conformar grupos de trabajo con participación de profesionales especializados.
Artículo 4.- Presentación de las propuestas La Comisión Sectorial presentará al Ministro del Interior los proyectos de Ley de Uso de la Fuerza, y de Manual de Derechos Humanos Aplicados a la Función Policial dentro del plazo establecido en el artículo 6 de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 5.- Facilidades El Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio del Interior brindará las facilidades que resulten necesarias para el funcionamiento de la Comisión.
De igual manera, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú brindará al personal policial integrante de la presente Comisión las facilidades del caso para el cumplimiento de su misión.
Artículo 6.- Plazos La Comisión se instalará en un plazo no mayor de tres (3) días calendario contados a partir de la emisión de la presente Resolución Ministerial.
La Comisión contará con un plazo máximo de ciento veinte días (120) calendario, contados a partir de la emisión de la presente Resolución Ministerial para el cumplimiento de la labor encomendada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL URRESTI ELERA
Ministro del Interior
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