11/27/2014

RESOLUCION MINISTERIAL N° 1183-2014-IN Rectifican error material consignado en la R.M. N°

Rectifican error material consignado en la R.M. N° 1142-2014-IN RESOLUCION MINISTERIAL N° 1183-2014-IN Lima, 26 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 1142-2014-IN de fecha 11 de noviembre de 2014, se dejó sin efecto la designación del abogado Fabricio Antonio Orozco Vélez como miembro suplente del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior y se designó a la abogada Liliana Celinda Muguerza Guadalupe como miembro suplente del referido Tribunal de Disciplina Policial; Que,
Rectifican error material consignado en la R.M. N° 1142-2014-IN
RESOLUCION MINISTERIAL N° 1183-2014-IN
Lima, 26 de noviembre de 2014
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 1142-2014-IN de fecha 11 de noviembre de 2014, se dejó sin efecto la designación del abogado Fabricio Antonio Orozco Vélez como miembro suplente del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior y se designó a la abogada Liliana Celinda Muguerza Guadalupe como miembro suplente del referido Tribunal de Disciplina Policial;

Que, en el cuarto considerando de la referida Resolución Ministerial se consignó que el abogado Fabricio Antonio Orozco Vélez había presentado su renuncia a la designación como miembro suplente del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior que se había realizado mediante Resolución Ministerial N° 1856-2013-IN de fecha 26 de diciembre de 2013;

Que, de la revisión de los antecedentes administrativos se ha podido apreciar que el abogado Fabricio Antonio Orozco Vélez no presentó renuncia a la designación realizada mediante Resolución Ministerial N° 1856-2013-IN;

Que, estando a lo anterior, que en la Resolución Ministerial N° 1142-2014-IN de fecha 11 de noviembre de 2014, se habría incurrido en un error material, siendo que conforme a lo establecido en artículo 201° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General los errores materiales en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se afecte lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, debiendo rectificarse el acto correspondiente siguiendo las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponde para el acto original;

Que, en consecuencia, en uso de las atribuciones concedidas por el artículo 201° de la Ley del Procedimiento Administrativo General se procede a rectificar de oficio la Resolución Ministerial N° 1142-2014-IN de fecha 11 de noviembre de 2014;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1150, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Rectificar el error material consignado en el cuarto considerando de la Resolución Ministerial N° 1142-2014-IN de fecha 11 de noviembre de 2014, con efecto retroactivo a la fecha de su publicación, en los siguientes términos:

DICE:
"… designación a la cual la referida persona ha renunciado;"
DEBE DECIR:
"… designación que se ha considerado conveniente dejar sin efecto;"
Artículo 2°.- Precisar que lo dispuesto en la parte resolutiva de la Resolución Ministerial N° 1142-2014-IN de fecha 11 de noviembre de 2014, mantiene su vigencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL URRESTI ELERA
Ministro del Interior

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