11/13/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 376-2014-EF/43 Aprueban Contrato de Servicio de Información Financiera a

Aprueban Contrato de Servicio de Información Financiera a ser suscrito con Datos Técnicos S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 376-2014-EF/43 Lima, 11 de noviembre de 201 CONSIDERANDO: Que, el numeral 46.1 del artículo 46 del Texto Único Ordenado (T.U.O.) de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2014-EF, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado para contratar los servicios de asesoría legal y financiera, vinculados directa o indirectamente
Aprueban Contrato de Servicio de Información Financiera a ser suscrito con Datos Técnicos S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 376-2014-EF/43
Lima, 11 de noviembre de 201
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 46.1 del artículo 46 del Texto Único Ordenado (T.U.O.) de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2014-EF, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado para contratar los servicios de asesoría legal y financiera, vinculados directa o indirectamente al objeto de la citada Ley, de acuerdo con los procedimientos que se establezcan mediante decreto supremo;

Que, mediante Decreto Supremo N° 033-2006-EF, se aprobó el "Procedimiento para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y Financiera Especializados en el marco de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento", en adelante Procedimiento, disponiendo que las contrataciones de los referidos servicios serán efectuadas por la Oficina General de Administración a requerimiento de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público (en la actualidad Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público), cuando éstos estén indirectamente vinculados a una operación de endeudamiento público o de administración de deuda;

Que, el numeral 8.2 del artículo 8 del mencionado Procedimiento, establece que se consideran como servicios vinculados indirectamente a las operaciones de endeudamiento público o de administración de deuda, para efectos de lo dispuesto en el numeral 46.1 del artículo 46 del T.U.O. de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, entre otros, los servicios de Datatec;

Que, asimismo el numeral 9.1 del artículo 9 del precitado Procedimiento dispone que cuando los servicios vinculados indirectamente a las operaciones de endeudamiento público o de administración de deuda, son prestados por proveedores únicos, la Oficina General de Administración procederá a su contratación directa, previo cumplimiento de las acciones que señala dicho numeral, agregando la Segunda Disposición Final del citado Procedimiento que la interpretación de las disposiciones contenidas en dicho documento es competencia de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público;

Que, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, órgano rector del Sistema Nacional de Endeudamiento, a través del Memorando N° 091-2014-EF/52.09, sustenta la contratación como proveedor único de la empresa Datos Técnicos S.A. (Datatec), para que brinde el servicio de Información financiera;

Que, la empresa Datos Técnicos S.A. (Datatec)
provee información, que tiene como fuente, los datos derivados de las operaciones negociadas, así como los de las propuestas de compra y venta que se realizan a través de sus plataformas de negociación; por lo que es particularmente diferente a la que brindan otros proveedores de información financiera;

Que, la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración ha elaborado el Informe N° 584-2014-EF/43.03. Asimismo, mediante Nota N° 287-2014-EF/43.06, la Oficina de Finanzas ha otorgado la Certificación Presupuestaria correspondiente;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe N° 1361-2014-EF/42.01, opina favorablemente sobre el proyecto de contrato a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la empresa Datos Técnicos S.A. (Datatec) para la prestación del servicio de Información Financiera; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 008-2014-EF, Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563 – Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, en el Decreto Supremo N° 033-2006-EF, que aprueba el Procedimiento para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y Financiera Especializados en el Marco de la Ley N° 28563 - Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento y modificatorias y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado mediante Decreto Supremo N° 117-2014-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Contrato de Servicio de Información Financiera, a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la empresa Datos Técnicos S.A. (Datatec).

Artículo 2.- Autorizar al Director General de la Oficina General de Administración para que en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, suscriba el contrato referido en el artículo precedente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas

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