11/12/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 466-2014-MEM/DM Otorgan concesión temporal a favor de Hbhenergía Perú

Otorgan concesión temporal a favor de Hbhenergía Perú S.A.C., para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Hidroeléctrica San José I, las cuales se realizarán en diferentes distritos del departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 466-2014-MEM/DM Lima, 20 de octubre de 2014 VISTO: El Expediente N° 21342314 sobre solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía
Otorgan concesión temporal a favor de Hbhenergía Perú S.A.C., para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Hidroeléctrica San José I, las cuales se realizarán en diferentes distritos del departamento de Ayacucho
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 466-2014-MEM/DM
Lima, 20 de octubre de 2014
VISTO: El Expediente N° 21342314 sobre solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Hidroeléctrica San José I, presentado por HBHENERGÍA PERU S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 13022003 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento presentado con fecha 25 de febrero de 2014, bajo el registro N° 2370568, HBHENERGÍA
PERU S.A.C. presentó solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Hidroeléctrica San José I, para una potencia instalada estimada de 20 MW, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM;

Que, la concesión temporal referida en el considerando que antecede se desarrollará en los distritos de Lucanas, Puquio, San Cristóbal y San Juan, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente;

Que, de conformidad con los Lineamientos para la Participación Ciudadana en las Actividades Eléctricas aprobado mediante Resolución Ministerial N° 223-2010-MEM/DM, se realizó el Taller Informativo el día 21 de agosto de 2014, con la participación de los representantes de HBHENERGÍA PERU S.A.C., de la Dirección General de Electricidad y de las principales autoridades de la zona, con el objeto de informar a la población acerca del proyecto de la futura Central Hidroeléctrica San José I;

Que, mediante Informe N° 498-2014-DGE-DCE de fecha 05 de setiembre de 2014, se verificó el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, recomendándose que se otorgue la concesión temporal;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23
del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y el ítem CE02 del Anexo N° 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 061-2006-EM;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar concesión temporal a favor de HBHENERGÍA PERU S.A.C., que se identificará con el código N° 21342314, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Hidroeléctrica San José I, con una potencia instalada estimada de 20
MW, los cuales se realizarán en los distritos de Lucanas, Puquio, San Cristóbal y San Juan, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, por un plazo de quince (15)
meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD
56):

VÉRTICE ESTE NORTE
1 563 696,512 8 404 499,123
2 578 714,648 8 412 496,691
3 596 820,671 8 378 512,521
4 585 406,142 8 365 870,569
Artículo 3.- El concesionario está obligado a realizar los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes.

De conformidad con el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, modificado por el artículo 1
del Decreto Supremo N° 022-97-EM, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto a la ejecución de los estudios y al cumplimiento del Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELEODORO MAYORGA ALVA
Ministro de Energía y Minas

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