11/10/2014

RESOLUCIÓN N° 2514-2014-JNE Convocan a ciudadano para que asuma cargo de regidor en el Concejo

Convocan a ciudadano para que asuma cargo de regidor en el Concejo Distrital de Ananea, provincia de San Antonio de Putina, departamento de Puno RESOLUCIÓN N° 2514-2014-JNE Expediente N° J-2014-02147 ANANEA - SAN ANTONIO DE PUTINA - PUNO Lima, diez de setiembre de dos mil catorce VISTO el Oficio N° 196-2014-MDA/A, presentado el 11 de agosto de por Samuel Ramos Quispe, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ananea, provincia de San Antonio de Putina, departamento de Puno, el cual comunica la licencia que fue concedida
Convocan a ciudadano para que asuma cargo de regidor en el Concejo Distrital de Ananea, provincia de San Antonio de Putina, departamento de Puno
RESOLUCIÓN N° 2514-2014-JNE
Expediente N° J-2014-02147
ANANEA - SAN ANTONIO DE PUTINA - PUNO
Lima, diez de setiembre de dos mil catorce VISTO el Oficio N° 196-2014-MDA/A, presentado el 11
de agosto de por Samuel Ramos Quispe, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ananea, provincia de San Antonio de Putina, departamento de Puno, el cual comunica la licencia que fue concedida al regidor Genaro Neyra Mullisaca.

CONSIDERANDOS
1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos. La licencia gozará de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta días naturales antes de la fecha de elecciones.

2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las elecciones municipales de 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente.

3. Mediante el Acuerdo de Concejo Municipal N° 070-2014-MDA/CM, de fecha 22 julio de (fojas 07 y 08), se concedió licencia al regidor Genaro Neyra Mullisaca, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014.

4. T eniendo en consideración que la licencia concedida cuenta con la aprobación del concejo municipal, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N° 0140-2014-JNE, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar al regidor suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, y, en el supuesto de no quedar suficientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio.

5. En ese sentido, resulta procedente convocar a Francisco Mamani Quea, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 02557036, candidato no proclamado del movimiento regional Proyecto Político Aquí, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de San Antonio de Putina, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2010.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Genaro Neyra Mullisaca, regidor del Concejo Distrital de Ananea, provincia de San Antonio de Putina, departamento de Puno, por el periodo de la licencia concedida.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a Francisco Mamani Quea, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 02557036, con el fin de que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Ananea, provincia de San Antonio de Putina, departamento de Puno, mientras dure la licencia concedida a Genaro Neyra Mullisaca, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General

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