11/22/2014

RESOLUCIÓN SBS N° 7791-2014 Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos de la

Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos de la RESOLUCIÓN SBS N° 7791-2014 Lima, 21 de noviembre de 2014. EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO: El Informe N° 060-2014-DOC, relacionado con la modificación de los siguientes procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones: TUPA N° 91 "Autorización de prórroga
Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos de la
RESOLUCIÓN SBS N° 7791-2014
Lima, 21 de noviembre de 2014.

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES
VISTO:

El Informe N° 060-2014-DOC, relacionado con la modificación de los siguientes procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones: TUPA N° 91 "Autorización de prórroga del plazo a las empresas de seguros para concluir con evaluación sobre procedencia de Siniestros", N° 147 "Autorización excepcional para la contratación de reaseguros con reaseguradores extranjeros", N° 154 "Autorización para la aplicación de metodología de identificación del deterioro del valor de las inversiones de las empresas de Seguros", N° 155 "Autorización para la aplicación del modelo de valor razonable para la valorización de las inversiones en inmuebles de las empresas de Seguros, y N° 159
"Autorización de prórroga del plazo a los ajustadores de siniestros para emitir el informe de ajuste de siniestros"; y
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución SBS N° 3082-2011
de fecha 11 de marzo de 2011, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones;

Que, mediante Resolución SBS N° 5829-de fecha 05 de setiembre de 2014, se aprobó la modificación de la autoridad competente para resolver los procedimientos administrativos del TUPA, relacionados con los sistemas asegurador y previsional, debido al cambio de la estructura orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, separando entre aquellos que están bajo el ámbito de la Superintendencia Adjunta de Seguros y los que están bajo la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones;

Que, como consecuencia de la implementación de la nueva estructura orgánica y el desarrollo de las actividades operativas internas, la Superintendencia Adjunta de Seguros considera necesario precisar la autoridad competente de los procedimientos TUPA N° 91
"Autorización de prórroga del plazo a las empresas de seguros para concluir con evaluación sobre procedencia de Siniestros", N° 147 " Autorización excepcional para la contratación de reaseguros con reaseguradores extranjeros", N° 154 "Autorización para la aplicación de metodología de identificación del deterioro del valor de las inversiones de las empresas de Seguros", N° 155 "Autorización para la aplicación del modelo de valor razonable para la valorización de las inversiones en inmuebles de las empresas de Seguros" y N° 159
"Autorización de prórroga del plazo a los ajustadores de siniestros para emitir el informe de ajuste de siniestros";

Que, corresponde a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, conforme a la autonomía funcional que le confiere el artículo 346° de la Ley N° 26702 y al artículo 38° de la Ley N° 27444, aprobar las modificaciones del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA
institucional; y;

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 367° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Modificar los procedimientos TUPA
N° 91 "Autorización de prórroga del plazo a las empresas de seguros para concluir con evaluación sobre procedencia de Siniestros", TUPA N° 147 " Autorización excepcional para la contratación de reaseguros con reaseguradores extranjeros", TUPA N° 154 "Autorización para la aplicación de metodología de identificación del deterioro del valor de las inversiones de las empresas de Seguros", TUPA
N° 155 "Autorización para la aplicación del modelo de valor razonable para la valorización de las inversiones en inmuebles de las empresas de Seguros" y TUPA N° 159
"Autorización de prórroga del plazo a los ajustadores de siniestros para emitir el informe de ajuste de siniestros", en el T exto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado mediante Resolución SBS N° 3082-2011 y sus normas modificatorias, cuyo texto se anexa a la presente resolución y se publica en el portal institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N° 29091, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2008-PCM.

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución.

Artículo Tercero.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

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