11/06/2014

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 181-2014-RE Autorizan al Instituto Geográfico Nacional a efectuar el pago a

Autorizan al Instituto Geográfico Nacional a efectuar el pago a organismo internacional correspondiente a la cuota del año 2014 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 181-2014-RE 5 de noviembre de 2014 VISTO: El Oficio N° 1441-2014/IGN/OGPP84/04.01, de fecha 30 de octubre de 2014, remitido por el Jefe del Instituto Geográfico Nacional, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota del año al Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH); CONSIDERANDO: Que,
Autorizan al Instituto Geográfico Nacional a efectuar el pago a organismo internacional correspondiente a la cuota del año 2014
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 181-2014-RE
5 de noviembre de 2014
VISTO:

El Oficio N° 1441-2014/IGN/OGPP84/04.01, de fecha 30 de octubre de 2014, remitido por el Jefe del Instituto Geográfico Nacional, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota del año al Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH);

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las cuotas a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las Entidades, sin demandar recursos adicionales al T esoro Público, previa aprobación de la Resolución Suprema refrendada por el Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, es obligación de Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales con el fin de potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los fiujos de cooperación y asistencia técnica internacional;

Que, conforme a lo dispuesto en el inciso 1.3 del artículo 1° de la Ley N° 30114, las cuotas internacionales contenidas en el Anexo "B: Cuotas Internacionales – Año Fiscal 2014", podrán ser modificadas, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores;

Que, mediante Decreto Supremo N° 053-2014-RE, se modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales, de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, para que el Instituto Geográfico Nacional efectúe el pago de la Cuota Anual, correspondiente al año 2014;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Instituto Geográfico Nacional, el pago de la cuota correspondiente al año 2014, al Instituto Panamericano de Geografía e Historia – IPGH, con cargo al presupuesto del Instituto Geográfico Nacional;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; en el artículo 1 de la Ley N° 30114, Ley de presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar al Instituto Geográfico Nacional a efectuar el pago de ONCE MIL CIENTO
QUINCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11,115.00) al Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH), correspondiente a la cuota del año 2014.

Artículo 2°.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al presupuesto del Instituto Geográfico Nacional.

Artículo 3°.- La equivalencia en moneda extranjera será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.

Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores 1160504-15
Autorizan viaje de funcionario diplomático a Argentina, en comisión de servicios
{N}RESOLUCION MINISTERIAL N° 0829/RE
Lima, 5 de noviembre de 2014
CONSIDERANDO:

Que, la Presidencia Pro Témpore Argentina del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), mediante Nota R.E.P. N.°
408, de 25 de setiembre de 2014, ha invitado a nuestro país a participar en la XX Reunión del Grupo de Trabajo sobre Asuntos Consulares y Jurídicos del MERCOSUR
y Estados Asociados, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 6 al 7 de noviembre de 2014;

Que, en la mencionada reunión se debatirán importantes temas de interés para nuestro país como el estado de implementación del Documento de Viaje Provisorio del MERCOSUR (Decisión CMC N.° 38/04), los mecanismos de asistencia y protección consular, la cooperación en materia de asuntos consulares y la libre circulación de personas;

Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.°
5991, del Despacho Viceministerial, de 3 de noviembre de 2014; y los Memoranda (DGC) N.° DGC0906/2014, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, de 27 de octubre de 2014, y (OPR) N.° OPR0381/2014, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 4 de noviembre de 2014, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.° 28807; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo N.° 056-2013-PCM; la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y sus modificatorias; la Ley N.°
29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1
del artículo 10 de la Ley N.° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Carlos Manuel Vallejo Martell, Director de Protección y Asistencia al Nacional, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 6 al 7 de noviembre de 2014, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2. El pasaje aéreo del referido funcionario diplomático, será cubierto por la Organización Internacional para las Migraciones (OIM); por lo que los gastos por concepto de viáticos, que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0053774 Negociación de Acuerdos Migratorios, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Viáticos por día
US$
Número de Días Total viáticos
US$
Carlos Manuel Vallejo Martell 370,00 2+1 1 110,00
Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.

Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuesto o derechos aduaneros, cualquiera que sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores

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