12/20/2014

DECRETO SUPREMO N° 079-2014-RE Autorizan al Ministerio a adquirir inmueble para la sede de la

Autorizan al Ministerio a adquirir inmueble para la sede de la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica DECRETO SUPREMO N° 079-2014-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la República del Perú y el Reino de Bélgica mantienen una estrecha y fiuida relación bilateral, por lo que los vínculos político-diplomáticos se desarrollan en un marco de gran cordialidad y respeto mutuo; siendo que dicha relación está fuertemente impregnada por el componente de la cooperación para el desarrollo que brinda ese país; Que,
Autorizan al Ministerio a adquirir inmueble para la sede de la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica
DECRETO SUPREMO N° 079-2014-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, la República del Perú y el Reino de Bélgica mantienen una estrecha y fiuida relación bilateral, por lo que los vínculos político-diplomáticos se desarrollan en un marco de gran cordialidad y respeto mutuo; siendo que dicha relación está fuertemente impregnada por el componente de la cooperación para el desarrollo que brinda ese país;

Que, la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica viene funcionando en un local alquilado por un costo mensual de € 4 578,36 (cuatro mil quinientos setenta y ocho y 36/100 euros) equivalente a aproximadamente US$ 6 409,70 (seis mil cuatrocientos nueve y 70/100
dólares americanos);

Que, mediante Decreto Supremo N° 341-2014-EF se autorizó una transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de S/. 1 623 329 353,00 (mil seiscientos veintitrés millones trescientos veintinueve mil trescientos cincuenta y tres y 00/100 nuevos soles), correspondiéndole al Ministerio de Relaciones Exteriores la suma de S/. 29 573 160,00 (veintinueve millones quinientos setenta y tres mil ciento sesenta y 00/100 nuevos soles), de acuerdo a lo consignado en el Anexo N° 2 "Transferencia de Partidas: Pliegos habilitados" de dicha norma, con la finalidad de financiar, entre otros gastos, la adquisición de inmuebles en el exterior para la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica;

Que, se ha identificado un inmueble ubicado en la Avenida Tervueren 212 1150 Woluwe- Saint-Pierre, Bruselas, Reino de Bélgica;

Que, mediante Decreto Supremo N° 064-2007-RE, se autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores a adquirir, construir, permutar y vender inmuebles en el exterior o ceder en uso una propiedad del Estado, representado por el Ministerio, en el territorio nacional y aceptar a cambio una propiedad en el exterior, por aplicación del principio de reciprocidad, para funcionamiento y gestión de las Misiones en el exterior, de acuerdo al procedimiento ahí regulado;

Que, la Novena Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, establece que los actos referidos a la adquisición, construcción, permuta o venta de inmuebles en el exterior por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores, se rigen por lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 064-2007-RE;

Que, por Resolución Ministerial N° 0221-2008-RE, se aprobaron los criterios para identificar las necesidades y priorizar las Misiones Diplomáticas, Representaciones Permanentes y Oficinas Consulares del Perú en el exterior a las cuales el Ministerio de Relaciones Exteriores les proveerá propiedades inmuebles, así como para que seleccione los inmuebles a adquirir, construir, vender, permutar o ceder en uso en el territorio nacional y aceptar a cambio en el exterior, por el principio de reciprocidad;

Que, a través del Informe Técnico - Económico N° (COP) 003-2014, de 11 diciembre de 2014, el Comité Permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores para la disposición de inmuebles de propiedad del Estado peruano en el exterior sustenta y propone la compra del referido inmueble, señalando que su adquisición en € 2 400 000,00 (dos millones cuatrocientos mil y 00/100
euros), resulta ser una inversión ventajosa, en términos financieros de costo-beneficio y de oportunidad, toda vez que el dinero invertido, comparando los costos de arrendamientos futuros con los costos de compra actual y proyectados, será recuperado con creces al permitir la capitalización a favor del Estado peruano, así como contar con una adecuada infraestructura a fin de optimizar la calidad de la representación oficial de nuestro país en el exterior;

Que, asimismo, en el referido Informe Técnico – Económico, el Comité Permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores para la disposición de inmuebles de propiedad del Estado en el exterior ha señalado que además del monto de la adquisición, se debe considerar el monto aproximado de € 7 000,00 (siete mil y 00/100
euros) por concepto de gastos notariales; así como € 73
358,00 (setenta y tres mil trescientos cincuenta y ocho y 00/100 euros) por concepto de gastos de adecuación, tal como lo ha informado la respectiva Misión Diplomática, por lo que resultaría un monto total aproximado de € 2 480
358,00 (dos millones cuatrocientos ochenta mil trescientos cincuenta y ocho y 00/100 euros);

Que, en ese sentido, el Comité Permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores para la disposición de inmuebles de propiedad del Estado peruano en el exterior ha recomendado la adquisición del inmueble ubicado en la ubicado en la Avenida Tervueren 212
1150 Woluwe- Saint-Pierre, Bruselas, Reino de Bélgica, de conformidad con la Resolución Ministerial N° 0221-2008-RE, que aprueba los criterios para la selección de los inmuebles a adquirir, construir, vender, permutar o ceder en uso;

Que, asimismo, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ha emitido opinión favorable sobre la citada operación de compra, en aplicación del numeral 4.2
del artículo 1 del Decreto Supremo N° 064-2007-RE;

De conformidad con la Ley N° 29357 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE; la Ley N° 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, así como con el Decreto Supremo
N° 064-2007-RE;

DECRETA:

Artículo 1.- Autorización de compra de inmueble Autorícese al Ministerio de Relaciones Exteriores a adquirir el inmueble ubicado en la Avenida Tervueren 212
1150 Woluwe-Saint-Pierre, Bruselas, Reino de Bélgica, para la sede de la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica.

Artículo 2.- Representación del Estado peruano para las operaciones de compra venta y otras que resulten necesarias Autorícese a la Embajadora del Perú en el Reino de Bélgica para que, en nombre y representación del Estado peruano, suscriba todos los documentos que resulten necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto supremo.

Artículo 3.- Registro Encárguese al Ministerio de Relaciones Exteriores a realizar ante la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, los registros que fueran necesarios en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP , en mérito a la documentación sustentatoria correspondiente.

Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil catorce.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores

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