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Res. DE GERENCIA GENERAL N° 161-2014-GG-OSITRAN Aprueban el Convenio de Encargo entre el
12/25/2014
Res. DE GERENCIA GENERAL N° 161-2014-GG-OSITRAN Aprueban el Convenio de Encargo entre el
Aprueban el Convenio de Encargo entre el OSITRAN y la Oficina de Servicios para Proyectos de la Organización de las Naciones Unidas - UNOPS, para que UNOPS lleve a cabo el proceso de selección para la contratación del Servicio de Supervisión de la Ejecución de las Obras de Rehabilitación y Mejoramiento y de las Actividades de Mantenimiento Periódico Inicial de tramo de la Carretera Longitudinal de la Sierra RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N° 161-2014-GG-OSITRAN Lima, 23 de diciembre de 2014 VISTOS: El Memorando N° 1445-2014-GSF-OSITRAN
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N° 161-2014-GG-OSITRAN
Lima, 23 de diciembre de 2014
VISTOS:
El Memorando N° 1445-2014-GSF-OSITRAN de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, los Informes N° 126-2014-LOGISTICA-OSITRAN, N° 158-2014-LOGISTICA y el Memorando N° 1511-14-GAF-OSITRAN
y la Nota N° 453-14-GAF-OSITRAN de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe N° 114-14-GAJ-OSITRAN, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Nota
N° 09-14-AGD-PRA-GG-OSITRAN;
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento para la Contratación de Empresas Supervisoras por parte del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2001-PCM, señala que las empresas supervisoras que realicen las tareas de supervisión serán seleccionadas previamente por OSITRAN, de acuerdo al procedimiento administrativo de selección establecido en el mismo;
Que, el Texto Único Ordenado de las Disposiciones Complementarias al Reglamento para la Contratación de Empresas Supervisoras, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 031-2012-CD-OSITRAN, establece los procedimientos que OSITRAN deberá seguir para contratar empresas supervisoras;
Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 del Texto Único Ordenado de las Disposiciones Complementarias al Reglamento para la Contratación de Empresas Supervisoras, tanto en el caso que OSITRAN
contrate con recursos públicos como en el caso que lo haga con recursos privados, podrá encargar directamente, el proceso de selección a otra entidad gubernamental o a organismos internacionales; dicha decisión deberá emitirse a través de Resolución de Gerencia General, la cual deberá estar debidamente motivada;
Que, el 21 de abril de 2008, se suscribió el Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas y la República del Perú para el establecimiento de la Oficina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas – UNOPS en Lima, el mismo que fue ratificado mediante Decreto Supremo N° 029-2009-RE, el 27 de mayo de 2009, incorporándolo así a nuestro ordenamiento jurídico.
Dicho Acuerdo contiene las condiciones básicas bajo las cuales UNOPS brinda asistencia sin fines de lucro al Gobierno, en sus esfuerzos para lograr un desarrollo humano sostenible de conformidad con los programas y prioridades nacionales de desarrollo;
Que, con Memorandos N° 1445-2014-GSF-OSITRAN
y N° 1515-2014-GSF-OSITRAN del 8 y 10 de setiembre de 2014, la Gerencia de Supervisión y Fiscalización informó a la Gerencia General que había elaborado los Términos de Referencia para la contratación del Servicio de Supervisión de la Ejecución de las Obras de Rehabilitación y Mejoramiento y de las Actividades de Mantenimiento Periódico Inicial de la Carretera Longitudinal de la Sierra Tramo 2: Ciudad de Dios – Cajamarca – Chiple, Cajamarca – Trujillo y Dv. Chilete – Emp. PE - 3N, por lo que solicitó se disponga el inicio de las gestiones para la contratación de la empresa supervisora. Asimismo, mediante Memorando N° 1573-2014-GSF-OSITRAN de fecha 18 de setiembre de 2014, la Gerencia de Supervisión y Fiscalización recomendó a la Gerencia de Administración y Finanzas que se evalúe la posibilidad de encargar dicho proceso a un Organismo Internacional con experiencia en tales labores;
Que, en tal sentido, la Supervisión I de Logística y Compras de la Gerencia de Administración y Finanzas solicitó al Organismo Internacional UNOPS, mediante comunicación electrónica de fecha 18 de setiembre de 2014, reiterada con correos electrónicos del 23 de setiembre y 10 de octubre de 2014, que presente los costos administrativos y condiciones para realizar el encargo del proceso de selección para la contratación del Servicio de Supervisión de la Ejecución de las Obras de Rehabilitación y Mejoramiento y de las Actividades de Mantenimiento Periódico Inicial de la Carretera Longitudinal de la Sierra Tramo 2: Ciudad de Dios – Cajamarca – Chiple, Cajamarca – Trujillo y Dv. Chilete – Emp. PE - 3N, para lo cual se remitió los Términos de Referencia respectivos;
Que, UNOPS remitió a OSITRAN, a través de comunicación electrónica de fecha 16 de octubre de 2014, un proyecto de Convenio para el encargo del proceso de selección para la contratación del Servicio de Supervisión de la Ejecución de las Obras de Rehabilitación y Mejoramiento y de las Actividades de Mantenimiento Periódico Inicial de la Carretera Longitudinal de la Sierra Tramo 2: Ciudad de Dios – Cajamarca – Chiple, Cajamarca – Trujillo y Dv. Chilete – Emp. PE - 3N, en el que detalla las características de la prestación del servicio, la duración y los costos y/o gastos administrativos, entre otros;
Que, a través del Informe N° 126-2014-LOGISTICA-OSITRAN de fecha 17 de octubre de 2014, la Supervisión I de Logística y Compras de la Gerencia de Administración y Finanzas propone la celebración de un Convenio de Encargo con el organismo internacional UNOPS, señalando como ventajas y beneficios, que el proceso de selección será llevado a cabo por un Organismo Internacional de reconocimiento mundial, cuyo resultado se refiejará en una óptima y eficiente contratación, situación que beneficiaría a OSITRAN, toda vez que al convocar el proceso en el mercado nacional e internacional, se concretaría una mayor pluralidad de postores, además de la alta especialización de los servicios que brinda UNOPS
en virtud a su experiencia, entre otros factores;
Que, asimismo, menciona que UNOPS es un recurso central de las Naciones Unidas en materia de adquisiciones, que utiliza su conocimiento, pericia e integridad para suministrar a sus clientes los bienes y/o servicios que éstos necesitan; para ello, dicho organismo cuenta con cientos de profesionales altamente calificados en materia de cadena de adquisiciones y suministros repartidos por todo el mundo; en la misma línea, UNOPS gestiona proyectos de infraestructura física y sus asociados lo eligen para ejecutar con éxito dichos proyectos, por la capacidad para gestionar los mismos, por sus conocimientos técnicos de ingeniería, y por su experiencia local;
Que, el referido Informe, tal como se señala en el Memorando N° 1511-14-GAF-OSITRAN de fecha 22
de octubre de 2014, ha sido aprobado por la Gerencia de Administración y Finanzas. Asimismo, la referida Gerencia, en atención a lo señalado por la Gerencia de Supervisión y Fiscalización con Memorando N° 1515-2014-GSF-OSITRAN de fecha 10 de setiembre de 2014, ha manifestado que el Concesionario ha realizado aportes parciales para la Supervisión de las Obras de Rehabilitación y Mejoramiento, así como para las Actividades de Mantenimiento Periódico Inicial;
Que, mediante Memorando N° 2014-14-GSF-OSITRAN de fecha 18 de noviembre de 2014, la Gerencia de Supervisión y Fiscalización precisó que de conformidad con la cláusula 10.3 del Contrato de Concesión, el financiamiento del encargo del proceso de selección al Organismo Internacional UNOPS, es asumido por el Concesionario, al estar incluido este gasto administrativo en las actividades para el inicio del proceso de contratación del supervisor. Lo expuesto fue manifestado también en el Memorando N° 1511-14-GAF-OSITRAN de fecha 21 de octubre de 2014;
Que, mediante Informe N° 114-14-GAJ-OSITRAN
de fecha 19 de noviembre de 2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica de OSITRAN, señala que el texto del Convenio de Encargo entre UNOPS y el OSITRAN se encuentra en el marco de lo establecido en el artículo 6
de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017, y los artículos 86 y 89 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF; indicando, asimismo, que la decisión para encargar directamente el proceso de selección a un Organismo Internacional debe emitirse a través de Resolución de Gerencia General, tal como lo dispone el artículo 19 del Texto Único Ordenado para la Contratación de Empresas Supervisoras por parte de OSITRAN;
Que, mediante Informe N° 158-14-LOGISTICA-OSITRAN, de fecha 22 de diciembre de 2014, la Supervisión I de Logística y Compras de la Gerencia de Administración y Finanzas de OSITRAN, señala aspectos adicionales que coadyuvan en las ventajas y beneficios de celebrar un Convenio de Encargo con el Organismo Internacional UNOPS en la medida que (i) Los procedimientos de adquisiciones de UNOPS se encuentran publicados en su Portal Web, los cuales se rigen por los principios de Mejor relación calidad-precio, Equidad, Integridad y Transparencia, Competencia eficaz y consideración de los intereses de UNOPS y sus asociados, concordantes con los principios contemplados en la Ley de Contrataciones del Estado; (ii) Según el Manual de Adquisiciones de UNOPS, los proveedores pueden recurrir a un mecanismo de protesta en el que se encuentra prohibida la participación de personal involucrado en el proceso de adquisición, lo que garantiza la imparcialidad de la posición que se opte;y, (iii) UNOPS
tiene amplia experiencia en el asesoramiento en materia de adquisiciones a gobiernos y autoridades públicas, y cuenta, además con mecanismos de auditoria externa e interna.
Que, el citado Informe de la Supervisión I de Logística y Compras cuenta con la aprobación de la Gerencia de Administración y Finanzas, lo cual ha sido informado a través de la Nota N° 453-14-GAF-OSITRAN de fecha 22 de diciembre de 2014, en la que solicita la atención correspondiente;
Que, en el marco del Principio de Transparencia que rige las Contrataciones del Estado, se considera pertinente encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas efectuar las coordinaciones correspondientes con el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, a fin que el proceso de selección materia de encargo sea publicado en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE u otro medio equivalente;
Que, para efectos de desarrollar la actividad operativa interna correspondiente a OSITRAN, dentro del marco del encargo específico de proceso de selección a que se refiere la presente Resolución, se considera necesario conformar un Comité Técnico Especializado, el mismo que debe reportar a la Gerencia General;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público; el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 044-2006-PCM y modificatorias; el Reglamento para la Contratación de Empresas Supervisoras por parte del OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2001-PCM; el Texto Único Ordenado para la Contratación de Empresas Supervisoras por parte de OSITRAN, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 031-2012-CD-OSITRAN; y, el Decreto Supremo N° 029-2009-RE, que ratifica el Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas y la República del Perú para el establecimiento de la Oficina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas en Lima;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Convenio de Encargo entre el Organismo Supervisor de la Inversión de Infraestructura de Uso Público – OSITRAN y la Oficina de Servicios para Proyectos de la Organización de las Naciones Unidas – UNOPS, para que UNOPS lleve a cabo el proceso de selección para la contratación del Servicio de Supervisión de la Ejecución de las Obras de Rehabilitación y Mejoramiento y de las Actividades de Mantenimiento Periódico Inicial de la Carretera Longitudinal de la Sierra Tramo 2: Ciudad de Dios –
Cajamarca – Chiple, Cajamarca – Trujillo y Dv. Chilete – Emp. PE - 3N.
Artículo 2.- Conformar un Comité Técnico Especializado encargado de desarrollar la actividad operativa interna correspondiente a OSITRAN, dentro del marco del encargo específico de proceso de selección a que se refiere la presente Resolución; el mismo que está integrado por las siguientes personas:
Nombres y apellidos Condición Cargo en el área a la que pertenece Francisco Jaramillo Tarazona Presidente Gerente de Supervisión y Fiscalización Jean Paul Calle Casusol Miembro Gerente de Asesoría Jurídica David Villegas Balarezo Miembro Jefe de Infraestructura en la Gerencia de Supervisión y Fiscalización Mariela Esther Alvarez Muñoz Miembro Gerente de Administración y Finanzas Sibille Michel Fernández Córdova Miembro Supervisor I de Logística y Compras de la Gerencia de Administración y Finanzas El Comité Técnico reportará a la Gerencia General.
Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas efectuar las coordinaciones correspondientes con el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, a fin que el proceso de selección materia de encargo sea publicado en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE u otro medio equivalente.
La Gerencia de Administración y Finanzas reportará al Comité Técnico conformado en el artículo 2 de la presente Resolución, el resultado de las coordinaciones efectuadas.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional (www.ositran.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN RAFAEL PEÑA VERA
Gerente General
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