12/31/2014

Res. DE PRESIDENCIA N° 033-2014-SUNASS-PCD Aprueban Directiva de Medidas de Austeridad,

Aprueban Directiva de Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público Institucional de la SUNASS para el año 2015 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 033-2014-SUNASS-PCD Lima, 23 de diciembre de 2014 VISTO: El Memorándum N° 4272-2014-SUNASS-080 del 22 de diciembre de de la Gerencia de Administración y Finanzas de la SUNASS, mediante el cual propone el proyecto de Directiva de Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público Institucional de la SUNASS para el año 2015; CONSIDERANDO: Que,
Aprueban Directiva de Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público Institucional de la SUNASS para el año 2015
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 033-2014-SUNASS-PCD
Lima, 23 de diciembre de 2014
VISTO:

El Memorándum N° 4272-2014-SUNASS-080 del 22
de diciembre de de la Gerencia de Administración y Finanzas de la SUNASS, mediante el cual propone el proyecto de Directiva de Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público Institucional de la SUNASS
para el año 2015;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 30281 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en su literal e) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria establece que los organismos supervisores y reguladores de servicios públicos, mediante resolución de su titular aprueban disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público;

Que, las medidas propuesta por la Gerencia de Administración y Finanzas en el proyecto de Directiva Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público Institucional de la SUNASS para el año 2015 se enmarcan dentro de lo establecido en la Ley N° 30281;

En virtud de las facultades conferidas y lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNASS, aprobado por Resolución N° 032-2006-SUNASS-CD, y el Decreto Supremo N° 076-2009-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- APROBAR la Directiva de Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público Institucional de la SUNASS para el año 2015.

Artículo 2°.- DISPONER la publicación de la presente resolución y de la Directiva de Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público Institucional de la SUNASS para el año 2015 en el diario oficial El Peruano y en la página web institucional.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Fernando MOMIY HADA
Presidente del Consejo Directivo
DIRECTIVA DE MEDIDAS DE AUSTERIDAD,
DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL GASTO PÚBLICO
INSTITUCIONAL DE LA SUNASS PARA EL
AÑO 2015
1. ANTECEDENTE
Los artículos 8, 9 y 10 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 (en adelante Ley de Presupuesto) han establecido medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público aplicables a las entidades que se encuentran bajo el alcance de la referida norma. Sin embargo, la primera disposición complementaria transitoria de la Ley de Presupuesto dispone que la SUNASS, entre otras entidades, está facultada a aprobar sus propias disposiciones en los rubros antes mencionados. Su aprobación se realiza mediante resolución de su titular.

En materia de ingresos del personal, la SUNASS se rige por la Ley de Presupuesto y, en lo que corresponda, por la Ley 30057, Ley del Servicio Civil y sus reglamentos aprobados en el marco de la décima disposición complementaria final de esta última ley.

2. OBJETIVO
Establecer medidas específicas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público institucional en la SUNASS para el año 2015.

3. ALCANCE
Las normas y disposiciones contenidas en la presente directiva son de observancia y aplicación obligatoria para todo el personal que labora o presta servicios en la SUNASS con independencia del nivel jerárquico y modalidad contractual que lo vincula a la institución.

4. BASE LEGAL
Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015.

Ley N° 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015.

Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil.

Decreto Supremo N°304-2012-EF, que aprueba el T exto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus modificatorias.

5. MEDIDAS EN MATERIA DE PERSONAL
5.1 Si durante el año fiscal 2015 la SUNASS contara con mayores recursos a los establecidos en la Ley de Presupuesto provenientes de Recursos Directamente Recaudados o Recursos Ordinarios, la SUNASS podrá solicitar el incremento del número de cargos y de plazas.

5.2 La contratación de personal bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios - CAS será aprobada por la Gerencia General previa presentación de la solicitud sustentada del área usuaria y la certificación presupuestal correspondiente, no siendo de aplicación lo establecido en el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley de Presupuesto.

6. MEDIDAS EN MATERIA DE MODIFICACIONES
PRESUPUESTALES
6.1 A nivel de pliego, la Partida de Gasto 2.1.1
"Retribuciones y Complementos en Efectivo" podrá habilitar a otras partidas de gasto y ser habilitada, para lo cual se requerirá la aprobación del titular de la entidad o de quien éste delegue.

6.2 A nivel de pliego, las Específicas del Gasto 2.3.2
8.1 1 "Contrato Administrativo de Servicios" y 2.3.2 8.1 2
"Contribuciones a ESSALUD de C.A.S" pueden habilitar a otras partidas (genéricas o específicas) del gasto de sus presupuestos institucionales y ser habilitadas, para lo cual se requerirá la aprobación del titular de la entidad o de quien éste delegue.

6.3 Los recursos financieros que no se hayan utilizado al 31 de diciembre del año fiscal 2014, constituyen saldos de balance y son registrados financieramente cuando se determine su cuantía. A partir del primer día hábil de febrero de 2015 la SUNASS podrá solicitar al Ministerio de Economía y Finanzas su opinión favorable a fin de incorporar dichos saldos a su respectivo presupuesto. La incorporación se realizará mediante resolución del titular de la entidad.

7. MEDIDAS EN MATERIA DE BIENES Y
SERVICIOS
7.1 Servicio telefónico La restricción de gasto a la que se refiere el numeral 10.4 del artículo 10 de la Ley de Presupuesto, no será aplicable al Presidente del Consejo Directivo, Gerente General ni para el ejercicio de las funciones de regulación y de supervisión y fiscalización.

7.2 Adquisición de vehículos La entidad podrá adquirir vehículos automotores para el cumplimiento de sus funciones de regulación, supervisión y fiscalización, solución de reclamos y atención y orientación al usuario.

7.3 Pasajes Los viajes al exterior de funcionarios, directivos y servidores de la SUNASS con cargo a recursos públicos de interés para la institución serán aprobados mediante resolución ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros.

8. DISPOSICION FINAL
8.1 La Gerencia de Administración y Finanzas velará por el cumplimiento de la presente Directiva.

8.2 En lo no previsto por esta Directiva será de aplicación la Ley de Presupuesto, siempre que no contradiga lo dispuesto en la presente norma.

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