12/15/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 454-2014-MC Aprueban el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Zona

Aprueban el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Zona Arqueológica Caral - Supe RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 454-2014-MC Lima, 12 de diciembre de 2014 Visto, el Memorando N° 1192-2014-OGPP-SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2003-ED se creó el Proyecto Especial Arqueológico Caral – Supe con plena autonomía de gestión científica, administrativa y financiera, siendo responsable de las actividades de investigación, registro, puesta
Aprueban el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Zona Arqueológica Caral - Supe
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 454-2014-MC
Lima, 12 de diciembre de 2014
Visto, el Memorando N° 1192-2014-OGPP-SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2003-ED
se creó el Proyecto Especial Arqueológico Caral – Supe con plena autonomía de gestión científica, administrativa y financiera, siendo responsable de las actividades de investigación, registro, puesta en valor y conservación de la Ciudad Sagrada de Caral – Supe ubicada en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima;

Que, por Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, constituyendo un pliego presupuestal del Estado;

Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, en cuyo artículo 102 se establece que el Proyecto Especial Zona Arqueológica Caral forma parte del Ministerio y cuyas competencias, objetivos, funciones y organización se regulan de acuerdo a las normas de su creación y demás complementarias respectivas;

Que, de acuerdo al artículo 4 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, se establece que la definición de las funciones y, de ser el caso, la estructura orgánica de los programas y proyectos se aprueba mediante un Manual de Operaciones;

Que, el artículo 36 de la citada norma, establece que los programas y proyectos contarán con un manual de operaciones en el que se consignará por lo menos la siguiente información: a) Descripción del programa o proyecto, incluyendo el objetivo, la descripción de éste y la identificación de entidades, órganos o unidades orgánicas ejecutoras que tienen responsabilidades respecto del programa o proyecto; b) Organización del programa o proyecto: organización, funciones y responsabilidades; c) Procesos principales tales como programación y aprobación de actividades, ejecución de recursos, proceso de coordinación, desembolsos, según corresponda; y d) Procesos de supervisión, seguimiento y evaluación: supervisión técnica, informes (financieros, registros contables, de progreso), auditorías, inspección y supervisión, según corresponda;

Que, el numeral 27.8 del artículo 27 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura establece como función de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la de conducir, orientar y promover la elaboración, actualización y difusión de los documentos de gestión institucional;

Que, mediante Informe N° 1192-2014-OGPP-SG/ MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remitió a la Oficina General de Asesoría Jurídica el proyecto del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Zona Arqueológica Caral –Supe, en virtud del cual, de acuerdo a sus competencias, emitió su opinión técnica favorable a la propuesta presentada por el citado Proyecto Especial;

Que, en atención a lo expuesto, se estima por conveniente la aprobación del referido Manual de Operaciones a fin que se encuentren definidas las funciones y estructura orgánica del Proyecto Especial Zona Arqueológica Caral – Supe, permitiendo la ejecución rápida y eficiente de los procesos y actividades del mismo;

Con el visado del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la Secretaria General, el Director de la Oficina de Planificación y Presupuesto, actualmente Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, que aprobó los "Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública"; y, el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Zona Arqueológica Caral – Supe, el mismo que forma parte de la presente resolución.

Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución y su anexo en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DIANA ALVAREZ-CALDERÓN
Ministra de Cultura

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