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RESOLUCIÓN N° 087-2014/SBN Modifican Artículo Único de la Res. N° 078-2013/SBN, que autorizó al
12/18/2014
RESOLUCIÓN N° 087-2014/SBN Modifican Artículo Único de la Res. N° 078-2013/SBN, que autorizó al
Modifican Artículo Único de la Res. N° 078-2013/SBN, que autorizó al Sistema Administrativo de Contabilidad de la Oficina de Administración y Finanzas a efectuar la implementación de acciones de saneamiento respecto de diversas Cuentas Contables RESOLUCIÓN N° 087-2014/SBN San Isidro, 15 de diciembre de 2014 VISTO: El Informe N° 02-2014-CSC de fecha 03 de diciembre de 2014, de la Comisión de Saneamiento Contable y el Informe N° 049-2014-SBN-OAJ de fecha 15 de diciembre de 2014, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que,
RESOLUCIÓN N° 087-2014/SBN
San Isidro, 15 de diciembre de 2014
VISTO:
El Informe N° 02-2014-CSC de fecha 03 de diciembre de 2014, de la Comisión de Saneamiento Contable y el Informe N° 049-2014-SBN-OAJ de fecha 15 de diciembre de 2014, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución N° 078-2013/SBN de fecha 10 de octubre de 2013, publicada el 16 de octubre de 2013 en el Diario Oficial El Peruano, se autorizó al Sistema Administrativo de Contabilidad de la Oficina de 540097
El Peruano Jueves 18 de diciembre de 2014
Administración y Finanzas, a efectuar la implementación de las acciones de saneamiento respecto de las Cuentas Contables 1503.0203, 1507.0302 y 1101.03.01.02, de acuerdo a la propuesta presentada por el Comité de Saneamiento Contable de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, consignada en las Actas N° 03
y 04, del 03 de setiembre y 01 de octubre de 2013, respectivamente, que aprueban los Informes Técnicos N° 001-2013-CSC, 002-2013-CSC y 004-2013/SBN-CSC;
Que, el Comité de Saneamiento Contable de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales a través del Informe N° 02-2014-CSC de fecha 03 de diciembre de 2014, aprobado mediante el Acta N° 03 de fecha 03 de diciembre de 2014, solicita la modificación de la Resolución N° 078-2013/SBN, en el sentido que se autoriza el saneamiento contable de la "Cuenta Contable 1101.03.01.02", debiendo ser la "Cuenta Contable 2103.99";
Que, el fundamento del pedido de modificación de la Resolución se sustenta en la opinión emitida por la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, quien a través del Oficio N° 114-2014/EF/51.03 (S.I N° 19926-2014), señala que: "(…) La operación efectuada por su entidad no está registrada adecuadamente en cuentas por pagar debiendo haber correspondido a un ingreso en su oportunidad por lo cual debe regularizar dicha transacción contra la cuenta Resultados Acumulados aplicando la NICSP 03 de acuerdo a lo establecido en el Manual de Procedimientos para las Acciones de Saneamiento Contable de las Entidades Gubernamentales, numeral 3.6.4.";
Que, con el Informe N° 049-2014-SBN-OAJ de fecha 15 de diciembre de 2014, se señala que se ha cumplido el procedimiento de saneamiento contable previsto en el Manual de procedimiento para las acciones de saneamiento contable de las entidades gubernamentales, aprobada por la Resolución Directoral N° 011-2011-EF/51.01, y la Directiva N° 003-2011-EF/93.01, aprobada por la Resolución Directoral N° 012-2011-EF/93.01;
Que, en tal sentido, es necesario modificar la Resolución N° 078-2013/SBN en el extremo señalado en el Informe N° 02-2014-CSC;
Con los visados de la Secretaría General, la Oficina de Administración y Finanzas y la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con las atribuciones conferidas por el literal r) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, aprobado por el Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Modificar el Artículo Único de la Resolución N° 078-2013/SBN, de fecha 10 de octubre de 2013, el mismo que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo Único.- Autorizar al Sistema Administrativo de Contabilidad de la Oficina de Administración y Finanzas, a efectuar la implementación de las acciones de saneamiento respecto a las Cuentas Contables 1503.0203, 1507.0302 y 2103.99, de acuerdo a la propuesta presentada por el Comité de Saneamiento Contable de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, consignada en las Actas N° 03 y 04, del 03
de setiembre y 01 de octubre de 2013, y el Acta N° 03
de fecha 03 de diciembre de 2014, que aprueban los Informes Técnicos N° 001-2013-CSC, 002-2013-CSC
y 004-2013/SBN-CSC, e Informe N° 02-2014-CSC, respectivamente."
Artículo 2°.- Precísese que en la parte considerativa de la Resolución N° 078-2013/SBN, toda referencia a la "Cuenta Contable 1101.03.01.02", debe ser sustituida por la "Cuenta Contable 2103.99".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SONIA MARIA CORDERO VASQUEZ
Superintendente
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