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Res.Jef. N° 12-2015/JNAC/RENIEC Modifican la R.J. N° 1100-2006-JEF/ RENIEC, respecto a
1/27/2015
Res.Jef. N° 12-2015/JNAC/RENIEC Modifican la R.J. N° 1100-2006-JEF/ RENIEC, respecto a
Modifican la R.J. N° 1100-2006-JEF/ RENIEC, respecto a la denominación de la Provincia de Nasca RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 12-2015/JNAC/RENIEC Lima, 26 de enero de 2015 VISTOS: El Informe N° 000403-2014/GPRC/SGIRC/RENIEC (26AGO2014) de la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Memorando N° 000715-2014/GRC/RENIEC (01SET2014) de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe N° 000106-2014/GPRC/RENIEC (18DIC2014) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que,
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 12-2015/JNAC/RENIEC
Lima, 26 de enero de 2015
VISTOS:
El Informe N° 000403-2014/GPRC/SGIRC/RENIEC (26AGO2014) de la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Memorando N° 000715-2014/GRC/RENIEC (01SET2014) de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe N° 000106-2014/GPRC/RENIEC (18DIC2014) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral está conformado por el conjunto de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias;
Que, mediante la Guía de Procedimientos GP-348-GPRC/SGIRC/005, "Delegación de Funciones Registrales e Incorporación al Sistema Registral de Oficinas de Registros del Estado Civil de Centros Poblados y Municipalidades de Centros Poblados y Oficinas Auxiliares de Municipalidades", aprobada por Resolución Secretarial N° 093-2012-SGEN/RENIEC, se han regulado los procedimientos registrales relativos a la Incorporación al Sistema Registral de las Oficinas de Registros del Estado Civil de Centros Poblados;
Que, mediante Resolución Jefatural N° 1100-2006-JEF/RENIEC de fecha 10 de Noviembre de 2006, se incorporó al Sistema Registral a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en el Centro Poblado de Tulín ubicado en el distrito de El Ingenio, provincia de Nazca, departamento de Ica;
Que, conforme a los informes de vistos, el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Nasca comunicó que en virtud de la Ley N° 30118, se declaró de necesidad pública e interés nacional la restitución histórica del nombre original de la provincia de Nasca, contenido en el Decreto del 25 de junio de 1855 y modificado por la Ley 9300, Ley de Creación de la Provincia de Nasca, precisando que la denominación correcta de la precitada provincia del departamento de Ica es Nasca con "s" y no con "z", anexando los documentos correspondientes; habiendo sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico de Registros del Estado Civil; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, órgano encargado de supervisar y controlar el proceso de autorización de delegación de funciones de las Oficinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas;
Que, atendiendo a lo expuesto corresponde modificar la Resolución Jefatural N° 1100-2006-JEF/RENIEC de fecha 10 de Noviembre de 2006, en lo que respecta a la denominación de la provincia a la cual pertenece la Oficina de Registros del Estado Civil incorporada al Sistema Registral, debiendo ser la provincia de Nasca, conforme a lo establecido en la citada norma, cuya difusión debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el carácter público del registro; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley N° 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 015-98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009) y la Ley 30118;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Modificar la Resolución Jefatural N° 1100-2006-JEF/RENIEC de fecha 10 de Noviembre de 2006
en cuanto a la denominación de la Provincia de Nasca, precisando que la denominación correcta de la precitada provincia del departamento de Ica es Nasca con "s" y no con "z".
Artículo 2°.- Mantener la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del artículo 44° de la Ley N° 26497; y conferidas a la Oficina de Registros del Estado Civil del Centro Poblado de Tulín, Distrito de El Ingenio, Provincia de Nasca, Departamento de Ica a través de la Resolución Jefatural N° 1100-2006-JEF/RENIEC de fecha 10 de Noviembre de 2006.
Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Gerencia de Registro Electoral, Gerencia de Operaciones Registrales, Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, Sub Gerencia de Procesamiento de Identificación de la Gerencia de Registros de Identificación y Sub Gerencia Técnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles adoptará las acciones que correspondan de acuerdo a su competencia.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional
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