1/11/2015

Res.Sup. NACIONAL ADJUNTA OPERATIVA N° 002-2015-SUNAT/600000 Dejan sin efecto

Dejan sin efecto y designan Ejecutor Coactivo de la Intendencia Regional Cusco RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA OPERATIVA N° 002-2015-SUNAT/600000 Lima, 8 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia N° 080-2014/SUNAT, se designó, entre otros, a los abogados Patricia Abrill Arriola y Eladio Vladimiro León Pino Mena como Ejecutores Coactivos encargados de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Regional Cusco; Que a fin de garantizar el normal funcionamiento
Dejan sin efecto y designan Ejecutor Coactivo de la Intendencia Regional Cusco
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA OPERATIVA N° 002-2015-SUNAT/600000
Lima, 8 de enero de 2015
CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución de Superintendencia N° 080-2014/SUNAT, se designó, entre otros, a los abogados Patricia Abrill Arriola y Eladio Vladimiro León Pino Mena como Ejecutores Coactivos encargados de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Regional Cusco;

Que a fin de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva en la Intendencia Regional Cusco, resulta conveniente dejar sin efecto las designaciones mencionadas en el considerando precedente y efectuar la designación del nuevo Ejecutor Coactivo que se encargará de la gestión de cobranza coactiva en dicha Intendencia;

Que el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece los requisitos que deberán cumplir los trabajadores de la Administración Tributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo;

Que el trabajador propuesto ha presentado declaración jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados;

Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso público;

En uso de la facultad conferida en el literal l)
del artículo 14° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación de los abogados Patricia Abrill Arriola y Eladio Vladimiro León Pino Mena como Ejecutores Coactivos encargados de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Regional Cusco.

Artículo 2°.- Designar al señor abogado Washington Willy Pally Canaza como Ejecutor Coactivo encargado de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Regional Cusco.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ENRIQUE VEJARANO VELÁSQUEZ
Superintendente Nacional Adjunto Operativo

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