1/21/2015

RM N° 0043/RE-2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0043/RE-2015 Lima, 19 de enero de 2015 VISTA: La Resolución Ministerial N.° 0946-2014-RE, que autorizó el viaje en comisión de servicios del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Alberto Alejandro Farje Orna y del señor Fredy Rolan Casias Vilcatoma, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 18 al 19 de diciembre de 2014; CONSIDERANDO: Que, por instrucción de la Alta Dirección, no se llevó a cabo la comisión de servicios autorizada mediante

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0043/RE-2015
Lima, 19 de enero de 2015
VISTA:

La Resolución Ministerial N.° 0946-2014-RE, que autorizó el viaje en comisión de servicios del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Alberto Alejandro Farje Orna y del señor Fredy Rolan Casias Vilcatoma, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 18 al 19 de diciembre de 2014;

CONSIDERANDO:

Que, por instrucción de la Alta Dirección, no se llevó a cabo la comisión de servicios autorizada mediante la citada Resolución Ministerial;

Que, es necesario autorizar el viaje de los mencionados funcionarios de la Subdirección de Trámites Consulares, de la Dirección de Política Consular, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 26 al 27 de enero de 2015, a fin de que efectúe una evaluación de control interno del procedimiento de emisión de visas en la Oficina Consular del Perú en la mencionada ciudad;

Teniendo en cuenta las Hojas de Trámite (GAC) N.°
6542, (GAC) N.° 6697 y (GAC) N.° 93, del Despacho Viceministerial, de 1 y 10 de diciembre de 2014, y 12 de enero de 2015, respectivamente; y los Memoranda (DGC)
N.° DGC1076/2014 y DGC0024/2015, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, de 9 de diciembre de 2014 y 9 de enero de 2015, respectivamente; y (OPR) N.° OPR0011/2015, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 15 de enero de 2015, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.° 28807; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo N.° 056-2013-PCM; la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 130-2003-RE; la Ley N.° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 26 al 27 de enero de 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución:
• Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Alberto Alejandro Farje Orna, Subdirector de Trámites Consulares, de la Dirección de Política Consular, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares; y • Señor Fredy Rolan Casias Vilcatoma, Técnico Administrativo I, de la Subdirección de Trámites Consulares, de la Dirección de Política Consular, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares.

Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0107175: Atención de Trámites Consulares y Difusión de Derechos y Deberes de los Migrantes, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Penalidad por cambio de fecha en pasaje
US$
Viáticos por día
US$
N.° de días Total Viáticos
US$
Alberto Alejandro Farje Orna 150,00 370,00 2+1 1 110,00
Fredy Rolan Casias Vilcatoma 150,00 370,00 2+1 1 110,00
Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios presentarán al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.

Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores

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