1/21/2015

RM N° 023-2015-EF/41 Aprueban el "Plan Sectorial Anticorrupción del Sector

Aprueban el "Plan Sectorial Anticorrupción del Sector Economía y Finanzas" RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 023-2015-EF/41 Lima, 20 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 119-2012-PCM, de fecha 8 de diciembre de 2012, se aprobó el "Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción 2012 – 2016", el que incluye como objetivos estratégicos, entre otros: i) Articulación y coordinación interinstitucional para la lucha contra la corrupción; ii) Prevención eficaz de la corrupción; e iii) Investigación y sanción
Aprueban el "Plan Sectorial Anticorrupción del Sector Economía y Finanzas"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 023-2015-EF/41
Lima, 20 de enero de 2015
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 119-2012-PCM, de fecha 8 de diciembre de 2012, se aprobó el "Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción 2012 – 2016", el que incluye como objetivos estratégicos, entre otros:
i) Articulación y coordinación interinstitucional para la lucha contra la corrupción; ii) Prevención eficaz de la corrupción; e iii) Investigación y sanción oportuna y eficaz de la corrupción en el ámbito administrativo y judicial;

Que, el Plan Sectorial Anticorrupción es un instrumento de política fundamental para una gestión pública en el marco de la ética, transparencia y la simplificación administrativa, que contribuye al fortalecimiento del Sector Economía y Finanzas;

Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar el "Plan Sectorial Anticorrupción del Sector Economía y Finanzas", el cual permitirá fortalecer las acciones en la lucha contra la corrupción; y, De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado con Decreto Supremo N° 117-2014-EF; y la Resolución Directoral N° 376-2013-EF/43.01, que aprueba el Instructivo para la Formulación y Evaluación del Plan Sectorial Anticorrupción;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del "Plan Sectorial Anticorrupción del Sector Economía y Finanzas".

Aprobar el "Plan Sectorial Anticorrupción del Sector Economía y Finanzas", el mismo que como anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Implementación del "Plan Sectorial Anticorrupción del Sector Economía y Finanzas".

2.1 La implementación del "Plan Sectorial Anticorrupción del Sector Economía y Finanzas" es de responsabilidad de los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Economía y Finanzas, así como de las entidades públicas que a continuación se detallan, cada una de las cuales responde de acuerdo a la asignación de actividades establecidas en el mismo, en función a su naturaleza y dentro del ámbito de sus respectivas competencias:
a. Superintendencia del Mercado de Valores (SMV).
b. Oficina de Normalización Previsional (ONP).
c. Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).
d. Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN).
e. Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).
f. Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE).
g. Banco de la Nación (BN).

2.2 En un plazo máximo de treinta (30) días hábiles de aprobado el "Plan Sectorial Anticorrupción del Sector Economía y Finanzas", las entidades públicas mencionadas en el numeral precedente aprobarán su Plan Institucional Anticorrupción 2015.

2.3 Encargar a la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, el seguimiento de la implementación y evaluación del "Plan Sectorial Anticorrupción del Sector Economía y Finanzas", para lo cual las entidades públicas mencionadas en el numeral 2.1, deberán coordinar con la referida Oficina General, las acciones que adopten sobre el particular.

Artículo 3.- Publicación La presente resolución ministerial es publicada en el Diario Oficial "El Peruano" y el Anexo es publicado en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y en los Portales Institucionales de las entidades públicas referidas en el numeral 2.1.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas

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