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RM N° 028-2015/MINSA Aprueban Guía Técnica "Guía de Práctica Clínica para el
1/21/2015
RM N° 028-2015/MINSA Aprueban Guía Técnica "Guía de Práctica Clínica para el
Aprueban Guía Técnica "Guía de Práctica Clínica para el Diagnóstico y Tratamiento de la Anemia por Deficiencia de Hierro en Niñas, Niños y Adolescentes en Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atención" RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 028-2015/MINSA Lima, 16 de enero del 2015 Visto, el Expediente N° 13-098183-001 que contiene el Memorándum N° 4905-2014-DGSP/MINSA de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 028-2015/MINSA
Lima, 16 de enero del 2015
Visto, el Expediente N° 13-098183-001 que contiene el Memorándum N° 4905-2014-DGSP/MINSA de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud;
CONSIDERANDO:
Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;
Que, los literales a) y b) del artículo 5° del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece las funciones rectoras del Ministerio de Salud y señala entre otras, la de formular , planear , dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, prevención de enfermedades, recuperación y rehabilitación en salud; dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, la gestión de los recursos del sector; así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fiscalización, sanción y ejecución coactiva en las materias de su competencia.
Que, el literal a) del Artículo 7° de la precitada Ley, señala que en el marco de sus competencias, el Ministerio de Salud cumple con la función específica de regular la organización y prestación de servicios de salud;
Que, el artículo 57° del Reglamento de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2006-SA, dispone que para desarrollar sus actividades los establecimientos de salud deben contar con los documentos técnicos normativos y guías de práctica clínica;
Que, el literal a) del artículo 41° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, establece como función general de la Dirección General de Salud de las Personas, el proponer políticas de salud, prioridades sanitarias y estrategias de atención de las personas y el modelo de atención integral de salud, con alcance sectorial e institucional;
Que, en virtud de ello, la Dirección General de Salud de las Personas ha propuesto para su aprobación la Guía Técnica: "Guía de Práctica Clínica para el Diagnóstico y Tratamiento de la Anemia por Deficiencia de Hierro en Niñas, Niños y Adolescentes en Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atención", con la finalidad contribuir en la mejora del estado de salud de las niñas, niños y adolescentes en el marco de la atención integral de salud, mediante la estandarización de criterios técnicos para el diagnóstico y tratamiento de la anemia por deficiencia de hierro en la población objetivo;
Que, estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas;
Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar la Guía Técnica: "Guía de Práctica Clínica para el Diagnóstico y Tratamiento de la Anemia por Deficiencia de Hierro en Niñas, Niños y Adolescentes en Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atención", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2°.- Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas a través de la Dirección de Atención Integral de Salud, la difusión y evaluación de lo establecido en la presente Guía Técnica.
Artículo 3°.- Disponer que el Instituto de Gestión de Servicios de Salud, así como las Direcciones de Salud, las Direcciones Regionales de Salud y las Gerencias Regionales de Salud o las que hagan sus veces a nivel regional son responsables de la difusión, implementación, monitoreo y supervisión de la presente Guía Técnica, dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones.
Artículo 4°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.qob.pe/ transparencia/normas.asp.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
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