1/06/2015

RM N° 1000/RE-2014 Convocan a Concurso Público de Admisión de la Academia

Convocan a Concurso Público de Admisión de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar para el Año Lectivo 2015 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1000/RE-2014 Lima, 30 de diciembre de 2014 VISTA: La necesidad de convocar a Concurso Público de Admisión de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar para el Año Lectivo 2015; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 64 de la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N.° 29318, la Academia
Convocan a Concurso Público de Admisión de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar para el Año Lectivo 2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1000/RE-2014
Lima, 30 de diciembre de 2014
VISTA:

La necesidad de convocar a Concurso Público de Admisión de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar para el Año Lectivo 2015;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al artículo 64 de la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N.° 29318, la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar es el centro de formación profesional en relaciones internacionales, diplomacia y gestión pública externa, de los aspirantes y miembros del Servicio Diplomático;

Que, conforme al artículo 65 de la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N.° 29318, en concordancia con el Reglamento Orgánico de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 013-1984-RE, la Academia Diplomática goza de autonomía académica y administrativa, y el Ministerio de Relaciones Exteriores fija anualmente el número de vacantes para el ingreso al Ciclo de Formación Profesional de la referida Academia;

Que, según el artículo 67 de la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N.° 29318, para postular a la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, se requiere haber obtenido el grado académico de Bachiller universitario.

El Reglamento Orgánico de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar fija los demás requisitos de ingreso;

Que, la selección de los aspirantes al Servicio Diplomático de la República, es responsabilidad de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar teniendo en cuenta las necesidades de personal;

Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 6887, del Despacho Viceministerial, de 24 de diciembre de 2014; y el Memorándum (ADP) N.° ADP0272/2014, de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, de 10 de diciembre de 2014;

De conformidad con la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N.° 29318; el Decreto Supremo N.° 013-1984-RE, Reglamento Orgánico de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar; el Decreto Supremo N.° 16-1989-RE; el Decreto Supremo N.° 01-1994-RE, el Decreto Supremo 045-1997-RE; el Decreto Supremo N.° 089-2004-RE; el Decreto Supremo N.° 024-2005-RE
y la Ley N.° 28598;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Convocar a Concurso Público de Admisión a la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar para el Año Lectivo 2015.

Artículo 2. Fijar hasta un máximo de veinticinco (25) las plazas vacantes para el Primer Año del Ciclo de Formación Profesional de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar.

Artículo 3. El ingreso a la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar será por estricto orden de méritos y dentro del número de vacantes señaladas precedentemente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores

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