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RM N° 1001/RE-2014 Nombran expedicionarios de la Vigésimo Tercera Campaña
1/06/2015
RM N° 1001/RE-2014 Nombran expedicionarios de la Vigésimo Tercera Campaña
Nombran expedicionarios de la Vigésimo Tercera Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXIII) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1001/RE-2014 Lima, 30 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Perú se adhirió, el 10 de abril de 1981, al Tratado Antártico; y en 1989, fue aceptado como Parte Consultiva del mismo al demostrar su interés científico en la Antártida, a través de las campañas científicas ANTAR I y ANTAR II y el establecimiento de la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP); Que,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1001/RE-2014
Lima, 30 de diciembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el Perú se adhirió, el 10 de abril de 1981, al Tratado Antártico; y en 1989, fue aceptado como Parte Consultiva del mismo al demostrar su interés científico en la Antártida, a través de las campañas científicas ANTAR
I y ANTAR II y el establecimiento de la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP);
Que, la Política Nacional Antártica, aprobada por Decreto Supremo N.° 014-2014-RE, dispone que debe asegurarse la realización y continuidad de las Campañas Científicas del Perú a la Antártida (ANTAR) a fin de consolidar la presencia activa y permanente del Perú en el continente antártico;
Que, la Política Nacional Antártica, prescribe que es el Ministerio de Relaciones Exteriores la entidad del Estado peruano encargada de su formulación, coordinación, conducción y supervisión toda vez que es su ente rector;
Que, la Matriz de Estrategias, Metas e Indicadores de la Política Nacional Antártica, aprobada por Resolución Ministerial N.° 0624-2014-RE, establece como Acción Estratégica la ejecución anual de las Campañas Científicas del Perú a la Antártida (ANTAR);
Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, en virtud del artículo 6, inciso 13, de la Ley N.° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, es responsable de formular, coordinar, conducir y supervisar la Política Nacional Antártica, en cuyo marco se ejecutan todas las actividades que las entidades de los sectores público y privado realicen;
Que, específicamente, el artículo 72, inciso k) del Decreto Supremo Nro. 135-2010-RE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, dispone como función específica de la Cancillería dirigir, gestionar y supervisar las actividades que desarrolla el Perú en el continente antártico;
Que, asimismo, el artículo 77, incisos f) y g) del Decreto Supremo N° 135-2010-RE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, dispone que le corresponde a la Cancillería organizar las Campañas ANTAR, en coordinación con los sectores vinculados, gestionar y conservar la estación científica peruana en la Antártida;
Que, de acuerdo a estas funciones, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha previsto la realización de la Vigésimo Tercera Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXIII), del 6 de enero al 19 de febrero de 2015;
Que, la citada Expedición tendrá como objetivos:
profundizar el aporte científico del Perú al conocimiento de la Antártida; actualizar los estudios técnicos de base para la formulación de proyectos orientados al fortalecimiento de la infraestructura antártica nacional; evaluar las condiciones y dar mantenimiento a la Estación Científica Antártica "Machu Picchu";
fortalecer la cooperación con otros Estados Parte del Tratado Antártico; y contribuir a la difusión del valor de la Antártida como Reserva Natural para la Paz y la Ciencia;
Que, el despliegue y repliegue de los expedicionarios, suministros y equipos de la ANTAR XXIII a la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP), se realizará del 6 de enero al 19 de febrero de 2015;
Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.°
6941, del Despacho Viceministerial, de 30 de diciembre de 2014; y el Memorándum (DSL) N.° DSL0647/2014, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, de 30 de diciembre de 2014;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.°
29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N.° 135-2010-RE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores;
el Decreto Supremo N.° 014-2014-RE que aprueba la Política Nacional Antártica; y la Resolución Ministerial N.° 0624-2014-RE que aprueba su Matriz de Estrategias, Metas e Indicadores;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Nombrar al siguiente personal como expedicionarios de la Vigésimo Tercera Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXIII), conforme al presente detalle:
DIRECTORA DE LA VIGÉSIMO TERCERA CAMP AÑA
CIENTÍFICA DEL PERU A LA ANTÁRTIDA.
• Ministra en el Servicio Diplomático de la República Noela María Eufemia Pantoja Crespo, Directora de Asuntos Antárticos, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
JEFE DE LA VIGÉSIMO TERCERA CAMPAÑA
CIENTÍFICA DEL PERU A LA ANTÁRTIDA.
• Coronel FAP Wolker Helmer Lozada Maldonado, Director de Meteorología Aeronáutica de la Fuerza Aérea del Perú.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.
• Señor Rogelio Rolando Villanueva Flores;
• Señora Cinthya Elizabeth Bello Chirinos; y • Señor Carlos Daniel Malpica Vílchez.
MINISTERIO DE DEFENSA – FUERZA AÉREA
DEL PERU – DIRECCIÓN DE METEOROLOGÍA
AERONÁUTICA (DIRMA)
• Mayor FAP Hernán Merino Choque; y • Técnico Inspector FAP Walter Rojas Meza.
MINISTERIO DE DEFENSA – EJÉRCITO DEL PERU
– COMPAÑÍA DE OPERACIONES ANTÁRTICAS.
• Mayor EP José Luis Núñez Peralta;
• Capitán EP Percy Iván Pérez Rodríguez;
• Técnico de 1ra EP Albino Rigoberto Milla Alegre;
• Técnico de 2da EP Juan Régulo Verástegui Castañeda;
• Técnico de 3ra EP Joel García Angulo;
• Técnico de 3ra EP Bernardino Mamani Machaca;
• Suboficial de 1ra EP Vidal Castillo Mamani;
• Suboficial de 1ra EP Jheans Rober Vila Cañari;
• Señor Juan Verástegui Ríos;
• Señor Pablo Antay Obregón;
• Señor Manuel Monzón Núñez;
• Señor Pedro Alexander Contreras Hurtado; y • Señor Cosme Aldo Saavedra Bustinza.
MINISTERIO DE DEFENSA – INSTITUTO
GEOGRÁFICO NACIONAL.
• Mayor EP Homar Horlando Segura Mejía; y • Técnico de 1ra EP Emiliano Alva Lingan.
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN – INSTITUTO
TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN (ITP)
• Señor Guido Alberto Baluano Elías; y • Señor Rubén Pablo Londoñe Bailón.
MINISTERIO DE AGRICULTURA - AUTORIDAD
NACIONAL DEL AGUA (ANA)
• Señor Justiniano Alejo Cochachin Rapre; y • Señora Luzmila Rosario Dávila Roller.
MINISTERIO DE SALUD - DIRECCIÓN GENERAL
DE SALUD AMBIENTAL (DIGESA)
• Señor Pedro Julio Cornetero García; y • Señor Carlos Alberto Marí Olortegui.
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS - INSTITUTO
GEOLÓGICO, MINERO Y METALÚRGICO (INGEMMET)
• Señor Daniel Enrique Torres González;
• Señor Wai Long NG Cutipa;
• Señor Pablo Jorge Masias Álvarez; y • Señora Isabel María del Carmen Morales Reyna.
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS – INSTITUTO
PERUANO DE ENERGÍA NUCLEAR (IPEN).
• Señor José Manuel Osores Rebaza.
MINISTERIO DEL AMBIENTE - SERVICIO
NACIONAL DE METEOROLOGÍA (SENAMHI)
• Señor Justo Sandro Arias Loayza; y • Señor Christian Wilder Barreto Schuler.
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN
MARCOS – MUSEO DE HISTORIA NATURAL (MHN
– UNMSM).
• Señor Ángel Manuel Ramírez Ordaya.
UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA (UNALM).
• Señor Andrés Avelino Molleda Ordoñez;
• Señor Christian René Encina Zelada; y • Señor Esteban Oscar Gutiérrez La Torre.
UNIVERSIDAD CIENTÍFICA DEL SUR (UCSUR).
• Señor Aldo Gonzalo Indacochea Mejía;
• Señor Cesar Omar Pacherres Reaño; y • Señora Allison Cristina Durand Suárez.
UNIVERSIDAD FEMENINA DEL SAGRADO
CORAZÓN (UNIFE).
• Señora Silvia Angélica Salinas Medina; y • Señora Giannina La Torre Gallardo.
Artículo 2. La presente Resolución Ministerial se enmarca dentro de las competencias de Cancillería como ente rector de la Política Nacional Antártica y conforme su función de dirigir, gestionar y supervisar las actividades que realiza el Perú en la Antártida.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores
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