1/08/2015

RS N° 005-2015-JUS

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 005-2015-JUS Lima, 7 de enero de 2015 VISTO, el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N° 175-2014/ COE-TC, del 12 de diciembre de 2014, sobre la solicitud de extradición activa a la República Federativa del Brasil del ciudadano peruano JAVIER MANUEL REVILLA PALOMINO, formulada por la Tercera Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34° del Texto

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 005-2015-JUS
Lima, 7 de enero de 2015
VISTO, el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N° 175-2014/ COE-TC, del 12 de diciembre de 2014, sobre la solicitud de extradición activa a la República Federativa del Brasil del ciudadano peruano JAVIER MANUEL REVILLA
PALOMINO, formulada por la Tercera Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas;

Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 08 de julio de 2014, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JAVIER
MANUEL REVILLA PALOMINO, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de Colusión Desleal, en agravio del Estado peruano - Caja de Pensiones Militar Policial (Expediente N° 100 -2014);

Que, el literal "a" del artículo 28° de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo N° 016-2006-JUS, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente;

Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe N° 175-2014/COE-TC, del 12 de diciembre de 2014, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514° del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N° 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial;

De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Federativa del Brasil, suscrito en la ciudad de Lima el 25 de agosto de 2003 y vigente desde el 30 de junio de 2006;

En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JAVIER MANUEL REVILLA
PALOMINO, formulada por la Tercera Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de Colusión Desleal, en agravio del Estado peruano - Caja de Pensiones Militar Policial; y disponer su presentación por vía diplomática a la República Federativa del Brasil, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso.

Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores

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