2/26/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0026-2015-JUS Oficializan el "XIII Encuentro Iberoamericano de Protección

Oficializan el "XIII Encuentro Iberoamericano de Protección de Datos", a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0026-2015-JUS Lima, 24 de febrero de 2015 VISTOS, la Hoja de Envío N.° 026-2015-JUS/ VMDHAJ, del Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia; el Oficio N.° 086-2015-JUS/DGPDP y el Informe N.° 025-2014-JUS/DGPDP, de la Dirección General de Protección de Datos Personales y el Informe N.° 080-2015-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que,
Oficializan el "XIII Encuentro Iberoamericano de Protección de Datos", a realizarse en la ciudad de Lima
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0026-2015-JUS
Lima, 24 de febrero de 2015
VISTOS, la Hoja de Envío N.° 026-2015-JUS/ VMDHAJ, del Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia; el Oficio N.° 086-2015-JUS/DGPDP y el Informe N.° 025-2014-JUS/DGPDP, de la Dirección General de Protección de Datos Personales y el Informe N.° 080-2015-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ejerce la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, de acuerdo a lo dispuesto en el literal h)
del artículo 7° de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

Que, el inciso 2 del artículo 33° de la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, establece dentro de las funciones de la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, cooperar con las autoridades extranjeras de protección de datos personales para el cumplimiento de sus competencias y generar mecanismos de cooperación bilateral y multilateral para asistirse entre sí y prestarse debido auxilio mutuo cuando se requiera;

Que, el numeral 8 del artículo 2° del Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2013-JUS, establece que la Dirección General de Protección de Datos Personales es el órgano encargado de ejercer la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales;

Que, conforme al artículo 90° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N.°
011-2012-JUS, la Dirección General de Protección de Datos Personales es el órgano de línea encargado de tutelar y garantizar el derecho fundamental a la protección de datos personales y velar por el cumplimiento de la normatividad sobre la materia; ejerce funciones administrativas, orientadoras, normativas, resolutivas, fiscalizadoras y sancionadoras;

Que, asimismo, conforme al literal b) del artículo 91° de referido Reglamento, la Dirección General de Protección de Datos Personales representa al país ante las instancias internacionales en materia de protección de datos personales y genera mecanismos de cooperación bilateral y multilateral;

Que, la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú, es miembro pleno de la Red Iberoamericana de Protección de Datos;

Que, la Red Iberoamericana de Protección de Datos es un foro integrador de autoridades y académicos, cuya finalidad es fomentar, mantener y fortalecer un estrecho y permanente intercambio de información, experiencias y conocimientos, así como promover el desarrollo normativo necesario para garantizar una regulación avanzada del derecho a la protección de datos personales en los países de Iberoamérica, que tienen como interés en común el desarrollo del acotado derecho fundamental;

Que, en el XII Encuentro Iberoamericano de Protección de Datos, celebrado en la ciudad de México, el 14 de noviembre del 2014, se designó a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú como miembro del Comité Ejecutivo de la Red Iberoamericana de Protección de Datos y como sede del XIII Encuentro Iberoamericano de Protección de Datos, a realizarse el año 2015;

Que, el XIII Encuentro Iberoamericano de Protección de Datos congregará la participación de autoridades, académicos y especialistas, provenientes de los sectores público y privado de los países miembros de la Red Iberoamericana de Protección de Datos, produciendo el intercambio de ideas y experiencias que contribuirán a impulsar y enriquecer el derecho fundamental a la protección de datos personales en nuestras sociedades;

Que, la realización del acotado Encuentro Iberoamericano significará un gran impulso en las tareas de difusión y construcción de la cultura de protección de datos que desarrolla el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, situando al Perú en una posición destacada a nivel mundial como una sociedad garante y comprometida con la protección de la privacidad, por lo que resulta de interés institucional oficializar el referido evento internacional;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N.° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo N.° 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Oficializar el "XIII Encuentro Iberoamericano de Protección de Datos", a ser realizado en la ciudad de Lima, República del Perú, del 6 al 8 de mayo de 2015.

Artículo 2°.- Encargar a la Dirección General de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos la organización y realización del "XIII Encuentro Iberoamericano de Protección de Datos".

Artículo 3°.- Disponer que las Oficinas Generales de Administración, Cooperación y Proyectos, Tecnologías de Información, Imagen y Comunicaciones y el Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos, brinden el correspondiente apoyo institucional, a efectos de la realización del evento oficializado por la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FREDY OTÁROLA PÉÑARANDA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos

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