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RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 015-2015-VMPCIC-MC Modifican la Resolución Directoral Nacional N°

Modifican la Resolución Directoral Nacional N° 1126/INC, en lo que respecta a coordenadas de ubicación del Sitio Arqueológico Pingollo Grande RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 015-2015-VMPCIC-MC Lima, 16 de febrero de 2015 Vistos, los Informes N° 0176-2014-DGPA-VMPCIC/ MC y N° 0067-2015-DGPA-VMPCIC/MC emitidos por la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural
Modifican la Resolución Directoral Nacional N° 1126/INC, en lo que respecta a coordenadas de ubicación del Sitio Arqueológico Pingollo Grande
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 015-2015-VMPCIC-MC
Lima, 16 de febrero de 2015
Vistos, los Informes N° 0176-2014-DGPA-VMPCIC/ MC y N° 0067-2015-DGPA-VMPCIC/MC emitidos por la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble;
y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, los artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación -Ley N° 28296, declara que es de interés social y de necesidad pública la identificación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el literal a) del artículo 14 de la Ley de Creación del Ministerio de Cultura - Ley N° 29565, concordado con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional";

Que, la Resolución Directoral Nacional N° 1126/INC
del 14 de mayo del 2010, declaró Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico "Pingollo Grande" con coordenadas UTM 300766 E y 8657780 N y sin plano de delimitación;

Que, mediante Resolución Directoral N° 360-2013-DGPC-VMPCIC/MC, se autorizó al Licenciado Alex Humberto León Chávez, con Registro Nacional de Arqueólogos N° CL-1079, la ejecución del Proyecto de Evaluación Arqueológica con fines de delimitación en el Fundo Pingollo, distrito de Cieneguilla, provincia de Lima;

Que, el Informe Técnico N° 1749-2013-DCE-DGPA/ MC, indica que el Sitio Arqueológico Pingollo Grande, fue registrado en la campaña del año 2005 por el Programa Qhapaq Ñan, en el que se georeferenció la ubicación del Monumento Arqueológico con las coordenadas UTM
300766 E y 8657780 N en el Datum WGS 84, sin embargo dichas coordenadas no se encuentran correctamente georeferenciadas, toda vez que el monumento arqueológico se encuentra ubicado a 170 metros al suroeste de la ubicación señalada por el Programa Qhapaq Ñan, constatándose que las coordenadas correctas son:

300614.64 E, 8657684.99 N;

Que, asimismo, se indica en el citado Informe que el único sitio arqueológico registrado en el ámbito del "Proyecto de evaluación arqueológica con fines de delimitación en el fundo Pingollo, distrito de Cieneguilla - Provincia de Lima", es el Sitio Arqueológico Pingollo Grande, también conocido como Pingollo o Pinguyo;

Que, con Memorándum N° 0338-2013-DCIA-DGPA/ MC, la Dirección de Calificación de Intervenciones Arqueológicas remitió a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal los Expedientes Técnicos de declaratoria (ficha oficial, ficha técnica y registro fotográfico) y de delimitación (plano perimétrico, ficha técnica y memoria descriptiva), del Sitio Arqueológico Pingollo Grande, registrado y delimitado durante la ejecución del "Proyecto de Evaluación Arqueológica con fines de Delimitación en el Fundo Pingollo", distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima;

Que, la Resolución Directoral N° 259-2013-DGPA-VMPCIC/MC del 28 de noviembre de 2013, aprobó el Informe Final del "Proyecto de Evaluación Arqueológica con fines de delimitación en el Fundo Pingollo, distrito de Cieneguilla – provincia de Lima", a cargo del Licenciado Alex Humberto León Chávez, con R.N.A. N° CL-1079;

Que, mediante Informe Técnico N° 067-2014-DSFL-DGPA/MC la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, concluye que se adjunte los cargos de las notificaciones efectuadas a los propietarios que puedan verse afectados por el procedimiento y recomienda la opinión de un arqueólogo respecto a la coordenada de ubicación del monumento arqueológico Pingollo Grande;

Que, en el Informe Técnico N°164-2014-DSFL-DGPA/ MC la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, recomienda modificar el artículo 1° de la Resolución Directoral Nacional N° 1126/INC del 14 de mayo de 2010
en relación a las coordenadas UTM en Datum WGS 84 de ubicación del Sitio Arqueológico Pingollo Grande según los datos siguientes:

Nombre del Sitio Arqueológico Distrito Datum WGS84 Zona 18
UTM Este UTM Norte Pingollo Grande Cieneguilla 300614.64 8657684.99
Que con Oficio N° 088-2014-DSFL-DGPA/MC del 22
de enero de 2014 la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, notificó al señor Jorge Emilio Liceti Hilbk y su cónyuge la señora Rita Calda Giurato, sobre los trabajos de Saneamiento Físico Legal del Sitio Arqueológico Pingollo Grande ubicado en el distrito de Cieneguilla;

Que, el señor Emilio Liceti Hilbk mediante carta del 30
de enero del 2014, dio respuesta al Oficio N° 088-2014-DSFL-DGPA/MC, expresando su aceptación respecto al procedimiento realizado;

Que, en el Informe Técnico N° 766-2014-DSFL-DGPA/ MC, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, recomienda modificar el artículo 1° de la Resolución Directoral Nacional N° 1126/INC del 14 de mayo de 2010
en lo que se refiere a las coordenadas UTM en Datum WGS 84 de ubicación del Sitio Arqueológico Pingollo Grande según los datos siguientes:

Nombre del Sitio Arqueológico Distrito Datum WGS84 Zona 18
UTM Este UTM Norte Pingollo Grande Cieneguilla 300614.64 8657684.99
Que, asimismo el citado Informe recomienda aprobar el Expediente Técnico (Plano de Delimitación, Ficha Técnica y Memoria Descriptiva), del Sitio Arqueológico Pingollo Grande, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros que a continuación se consignan:

Nombre del Sitio Arqueológico N° de Plano en Datum WGS84
Área (m2)
Área (ha)
Perímetro (m)
Pingollo Grande 03-2013
WGS84
3023.53 0.3023 220.18
Que, según los Informes Técnicos elaborados por la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal que demuestran la necesidad de corregir la coordenada de ubicación del Monumento Arqueológico Prehispánico "Pingollo Grande" y establecer su área intangible para efectos de brindarle la protección legal para su conservación, por lo que corresponde realizar la modificatoria necesaria y aprobar el Expediente Técnico;

Que, mediante Informe N° 085-2015-OGAJ-SG/MC
la Oficina General de Asesoría Jurídica consideró que se debía delimitar el Monumento Arqueológico Prehispánico "Pingollo Grande" a efectos de brindarle la protección legal necesaria para su conservación;

Con el visado de la Directora (e) de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, del Director de la Dirección de Arqueología, actualmente Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo General -Ley N° 27444, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación - Ley N° 28296; Ley de Creación del Ministerio de Cultura - Ley N° 29565; el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC y el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas aprobado por Decreto Supremo N° 003-2014-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar el artículo 1° de la Resolución Directoral Nacional N° 1126/INC de fecha 14 de mayo de 2010 en lo que respecta a las coordenadas UTM
en Datum WGS 84 de ubicación del Sitio Arqueológico Pingollo Grande según los datos siguientes:

Nombre del Sitio Arqueológico Distrito Datum WGS84 Zona 18
UTM Este UTM Norte Pingollo Grande Cieneguilla 300614.64 8657684.99
Artículo 2°.- Aprobar el Expediente Técnico (Plano de Delimitación, Ficha Técnica y Memoria Descriptiva), del Sitio Arqueológico Pingollo Grande, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros que a continuación se consignan:

Nombre del Sitio Arqueológico N° de Plano en Datum
WGS84
Área (m2)
Área (ha)
Perímetro (m)
Pingollo Grande 03-2013
WGS84
3023.53 0.3023 220.18
Artículo 3°.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP), de ser el caso, de los planos señalados en el artículo 2° de la presente Resolución.

Artículo 4°.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueológico Pingollo Grande, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura.

Artículo 5°.- Remitir copia certificada de la presente Resolución a los propietarios, al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, Municipalidad Provincial de Lima Metropolitana y Municipalidad Distrital de Cieneguilla.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS
Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

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