3/04/2015

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 679-2015-MP-FN Modifican competencia de la Primera

Modifican competencia de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaraz con la finalidad que conozca procesos penales que se tramitan con el nuevo Código Procesal Penal RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 679-2015-MP-FN Lima, 3 de marzo de 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: Mediante Oficio N° 4214-2014-MP/PJFS.DF.ANCASH de fecha 24 de noviembre de 2014, el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Ancash, solicitó la conversión de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa
Modifican competencia de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaraz con la finalidad que conozca procesos penales que se tramitan con el nuevo Código Procesal Penal
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 679-2015-MP-FN
Lima, 3 de marzo de 2015
VISTO Y CONSIDERANDO:

Mediante Oficio N° 4214-2014-MP/PJFS.DF.ANCASH
de fecha 24 de noviembre de 2014, el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Ancash, solicitó la conversión de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaraz, para que conozca los casos que se tramitan con el nuevo Código Procesal Penal;

En la ciudad de Huaraz existen seis fiscalías provinciales penales corporativas, de las que sólo la primera se avoca al conocimiento de casos en liquidación, estando las cinco restantes a cargo de casos que se tramitan con el nuevo Código Procesal Penal;

Teniendo en consideración la información estadística y reportes informáticos obtenidos del Sistema de Gestión Fiscal - SGF , se advierte que la carga de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaraz, ha disminuido sustancial y significativamente, mientras que la carga proveniente de la aplicación del nuevo Código Procesal Penal se ha incrementado considerablemente, la cual es de conocimiento de las demás Fiscalías Provinciales Penales Corporativas de Huaraz;

En ese sentido, a efectos de brindar un servicio fiscal eficiente y oportuno en el Distrito Judicial de Ancash, resulta necesario reestructurar la competencia de los despachos provinciales penales del referido distrito judicial, para que los procesos iniciados bajo la vigencia del nuevo Código Procesal Penal, sean atendidos en forma oportuna, con el objeto de lograr una adecuada distribución y óptima atención de los requerimientos del servicio fiscal;

Estando a lo expuesto y atendiendo a lo solicitado, corresponde adoptar las acciones pertinentes, a efectos de lograr que los justiciables accedan a una pronta y oportuna administración de justicia; ello en concordancia con la opinión emitida por el Equipo Técnico Institucional de Implementación del nuevo Código Procesal Penal en su Informe N° 005-2015-MP-FN-ETI-NCPP/ST de fecha 23 de febrero de 2015;

De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto por el artículo 64 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero: Modificar la competencia de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaraz, con la finalidad de que conozca, en adición a sus funciones, los procesos penales que se tramitan con el nuevo Código Procesal Penal.

Artículo Segundo: Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Ancash, conforme a lo establecido en el artículo 77, literal g del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 067-2009-MP-FN de fecha 23 de enero de 2009, adopte las medidas correspondientes destinadas a regular la carga procesal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ancash, en relación al resto de Fiscalías Provinciales Penales Corporativas de citado Distrito Judicial.

Artículo Tercero: Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ancash, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Ancash, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Equipo Técnico Institucional de Implementación del nuevo Código Procesal Penal, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación (i)

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