3/03/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 015-2015-MIMP Aprueban la "Guía para el uso del lenguaje inclusivo. Si no

Aprueban la "Guía para el uso del lenguaje inclusivo. Si no me nombras, no existo" RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 015-2015-MIMP Lima, 17 de febrero de 2015 Vistos, el Informe Técnico N° 69-2014-MIMP/DGTEG-DASI-FAB de la Dirección de Articulación Sectorial e Institucional y el Memorando N° 243-2014-MIMP/DGTEG de la Dirección General de Transversalización del Enfoque de Género; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Legislativo N° 1098, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer
Aprueban la "Guía para el uso del lenguaje inclusivo. Si no me nombras, no existo"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 015-2015-MIMP
Lima, 17 de febrero de 2015
Vistos, el Informe Técnico N° 69-2014-MIMP/DGTEG-DASI-FAB de la Dirección de Articulación Sectorial e Institucional y el Memorando N° 243-2014-MIMP/DGTEG
de la Dirección General de Transversalización del Enfoque de Género;

CONSIDERANDO:

Que, a través del Decreto Legislativo N° 1098, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la cual establece en el literal a) del artículo 5 que este Ministerio tiene competencia en la promoción y fortalecimiento de la transversalización del enfoque de género en las instituciones, públicas y privadas, políticas, planes, programas y proyectos del Estado;

Que, la Ley N° 28983 - Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres tiene por objeto establecer el marco normativo, institucional y de políticas públicas en los ámbitos nacional, regional y local, para garantizar a mujeres y hombres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar y autonomía, impidiendo la discriminación en todas las esferas de su vida, pública y privada, propendiendo a la plena igualdad;

Que, el inciso 3 del artículo 4 de la mencionada Ley señala que es rol del Estado incorporar y promover el uso de lenguaje inclusivo en todas las comunicaciones escritas y documentos que se elaboren en todas las instancias y niveles de gobierno;

Que, por su parte el Plan Nacional de Igualdad de Género 2012 -2017, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2012-MIMP, establece como Objetivo Estratégico 2: Fortalecer una cultura de respeto y valoración de las diferencias de género siendo su resultado 2.2 que las entidades públicas adoptan lenguaje inclusivo en sus comunicaciones y documentación oficial;

Que, el Reglamento de Organización y Funciones -ROF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP, establece en el literal c) del artículo 81 que la Dirección de Articulación Sectorial e Interinstitucional de la Dirección General de Transversalización del Enfoque de Género tiene entre sus funciones formular propuestas de Directivas, Guías, Instructivos, y materiales de formación y difusión para la transversalización del enfoque de género en el ámbito de su competencia;

Que, en ese contexto la Dirección de Articulación Sectorial e Interinstitucional en el Informe Técnico N° 69-2014-MIMP/DGTEG-DASI-FAB ha sustentado, entre otros, la aprobación del documento "Guía para el uso del lenguaje inclusivo. Si no me nombras, no existo", precisando que el mismo ha sido elaborado por un especialista en lingüística.

Asimismo, indica que el referido documento establece reglas gramaticales propias de la ciencia lingüística, desde el enfoque de género y las interrelaciones entre el uso del lenguaje y el género;

Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar la "Guía para el uso del lenguaje inclusivo. Si no me nombras, no existo";

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Secretaría General, de la Dirección General de Transversalización del Enfoque de Género, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1098 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la "Guía para el uso del lenguaje inclusivo. Si no me nombras, no existo"que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Disponer que la presente Resolución y su anexo sean publicados en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.
mimp.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARMEN OMONTE DURAND
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

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