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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 066-2015-PCM Constituyen el Consejo Consultivo Nacional de Informática -
3/20/2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 066-2015-PCM Constituyen el Consejo Consultivo Nacional de Informática -
Constituyen el Consejo Consultivo Nacional de Informática - CCONI RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 066-2015-PCM Lima, 16 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y modificatorias, establece que la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática -ONGEI es el órgano especializado encargado de dirigir, como ente rector, el Sistema Nacional de Informática; Que, de conformidad con lo dispuesto
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 066-2015-PCM
Lima, 16 de marzo de 2015
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y modificatorias, establece que la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática -ONGEI es el órgano especializado encargado de dirigir, como ente rector, el Sistema Nacional de Informática;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento del Consejo Consultivo Nacional de Estadística e Informática -CCONEI, aprobado por Decreto Supremo N° 106-2001-PCM, éste está compuesto por el Consejo Consultivo Nacional de Estadística – CCONE y por el Consejo Consultivo Nacional de Informática - CCONI, encontrándose este último a cargo de la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática - ONGEI, según lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 066-2003-PCM, que decretó fusionar la Subjefatura de Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI y la Presidencia del Consejo de Ministros, y por el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y modificatorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, de acuerdo al artículo 5 del Reglamento del Consejo Consultivo Nacional de Estadística e Informática - CCONEI, el Consejo Consultivo Nacional de Informática - CCONI está integrado, entre otros, por organizaciones empresariales, laborales, profesionales y universitarias con autoridad y conocimiento del ámbito de competencia de cada Sistema Nacional, quienes, según el artículo 7 del referido Reglamento, propondrán a sus representantes titular y alterno, los que son designados mediante Resolución Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros;
De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modificatorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; y el Decreto Supremo N° 106-2001-PCM, que aprueba el Reglamento del Consejo Consultivo Nacional de Estadística e Informática - CCONEI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Constituir el Consejo Consultivo Nacional de Informática - CCONI, el mismo que estará integrado por:
a) Un/a (1) representante de la Asociación de Administradoras de Fondos de Pensiones (Asociación de AFP).
b) Un/a (1) representante de la Asociación de Bancos del Perú (ASBANC).
c) Un/a (1) representante de la Asociación Peruana de Productores de Software (APESOFT).
d) Un/a (1) representante de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
e) Un/a (1) representante de la Cámara de Comercio, Producción, Turismo y Servicios (PERUCAMARAS).
f) Un/a (1) representante del Colegio de Abogados de Lima (CAL).
g) Un/a (1) representante Colegio de Ingenieros del Perú (CIP).
h) Un/a (1) representante del Consorcio de Universidades.
i) Un/a (1) representante de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP).
j) Un/a (1) representante de la Sociedad Nacional de Industrias (SIN).
Artículo 2.- Los miembros integrantes del Consejo Consultivo Nacional de Informática - CCONI, a que se refiere el artículo anterior, propondrán a sus representantes titular y alterno, los cuales serán acreditados mediante comunicación escrita dirigida a la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática - ONGEI de la Presidencia del Consejo de Ministros, y serán designados mediante Resolución Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros.
Artículo 3.- El Consejo Consultivo Nacional de Informática - CCONI asumirá las funciones y responsabilidades en el ámbito de su competencia, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento del Consejo Consultivo Nacional de Estadística e Informática - CCONEI, aprobado por Decreto Supremo N° 106-2001-PCM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
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