Inicio
Energia y Minas
Poder Ejecutivo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 075-2015-MEM/DM Modifican, a favor de la concesión de la que es titular
3/04/2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 075-2015-MEM/DM Modifican, a favor de la concesión de la que es titular
Modifican, a favor de la concesión de la que es titular Peruana de Inversiones en Energías Renovables S.A., la servidumbre convencional de acueductos, de obras hidroeléctricas y de tránsito de la Central Hidroeléctrica Manta, ubicada en el departamento de Ancash RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 075-2015-MEM/DM Lima, 23 de febrero de 2015 VISTO: El Expediente N° 11220511 organizado por Peruana de Inversiones en Energías Renovables S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12332609 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 075-2015-MEM/DM
Lima, 23 de febrero de 2015
VISTO: El Expediente N° 11220511 organizado por Peruana de Inversiones en Energías Renovables S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12332609 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, y la solicitud de modificación de la servidumbre convencional de acueductos, de obras hidroeléctricas y de tránsito para la Central Hidroeléctrica Manta;
CONSIDERANDO:
Que, en mérito de la Resolución Ministerial N° 035-201 1-MEM/DM, publicada el 28 de enero de 201 1, se otorgó a Peruana de Inversiones en Energías Renovables S.A.C. (ahora Peruana de Inversiones en Energías Renovables S.A.), la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la Central Hidroeléctrica Manta, aprobándose el Contrato de Concesión N° 361-2010;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 361-2012-MEM/DM, publicada el 19 de agosto de 2012, se reconoció la servidumbre convencional de acueductos, de obras hidroeléctricas y de tránsito para la Bocatoma, Canal de Aducción, Cámara de Carga, Tubería de Presión y Casa de Máquinas de la Central Hidroeléctrica Manta, a favor de la concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables de la que es titular Peruana de Inversiones en Energías Renovables S.A.;
Que, mediante el documento ingresado bajo el registro N° 2415559 de fecha 22 de julio de 2014, Peruana de Inversiones en Energías Renovables S.A. solicitó la rectificación del valor numérico de la servidumbre convencional de acueductos, de obras hidroeléctricas y de tránsito, ya establecida para la Central Hidroeléctrica Manta, en las Áreas N° 03 y N° 04 del Canal de Aducción;
Que, mediante el documento ingresado bajo el registro N° 2450238 de fecha 18 de noviembre de 2014, Peruana de Inversiones en Energías Renovables S.A. adecúa su solicitud de rectificación del valor numérico de las áreas indicadas en el documento señalado en el considerando anterior a una de modificación de servidumbre convencional, para lo cual presentó el recibo de pago por concepto de TUPA vigente a la fecha de presentación;
Que, de acuerdo a la documentación que obra en el Expediente, la modificación solicitada se justifica en un error incurrido por Peruana de Inversiones en Energías Renovables S.A., al consignar erróneamente el valor numérico de las áreas de servidumbre del Canal de Aducción en el expediente de reconocimiento de servidumbre convencional, específicamente en las Áreas N° 03 y N° 04, lo cual no implica la modificación de las áreas físicas de servidumbre ni de las coordenadas UTM (PSAD 56) iniciales, sino sólo en la modificación de los valores de dichas áreas;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento, emitió el Informe N° 050-2015-DGE-DCE, recomendando la modificación de la servidumbre convencional de acueductos, de obras hidroeléctricas y de tránsito para la Central Hidroeléctrica Manta;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM; y con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Modificar a favor de la concesión definitiva de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables de la que es titular Peruana de Inversiones en Energías Renovables S.A., la servidumbre convencional de acueductos, de obras hidroeléctricas y de tránsito de la Central Hidroeléctrica Manta, respecto a las Áreas N° 03 y N° 04, correspondientes al Canal de Aducción de la citada central, ubicada en los distritos de Corongo, Yanac y La Pampa, provincia de Corongo, departamento de Ancash, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Modificación de las Áreas N° 03 y N° 04
correspondientes al Canal de Aducción Cód. Exp. Áreas de Servidumbres Modificadas 11220511
Área N° 03: 1243,78 m 2
Área N° 04: 7377,65 m 2
Artículo 2°.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS
Ministra de Energía y Minas
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)