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RESOLUCION MINISTERIAL N° 110-MTC/01 Disponen que el Ministerio distribuirá recursos a favor de los
3/16/2015
RESOLUCION MINISTERIAL N° 110-MTC/01 Disponen que el Ministerio distribuirá recursos a favor de los
Disponen que el Ministerio distribuirá recursos a favor de los Gobiernos Regionales, para el Año Fiscal 2015, a fin de apoyar el cumplimiento de funciones transferidas en materia de telecomunicaciones, así como para financiar la operación y mantenimiento de sistemas de telecomunicaciones transferidos en el proceso de descentralización RESOLUCION MINISTERIAL N° 110-MTC/01 Lima, 12 de marzo de 2015 VISTO: El Memorando N° 065-2015-MTC/26 y el Informe N° 014-2015-MTC/26 de la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales
RESOLUCION MINISTERIAL N° 110-MTC/01
Lima, 12 de marzo de 2015
VISTO:
El Memorando N° 065-2015-MTC/26 y el Informe N° 014-2015-MTC/26 de la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones sobre el establecimiento de los montos a ser distribuidos a cada Gobierno Regional; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 29448 establece disposiciones destinadas a regular transferencias de recursos a favor de los gobiernos regionales con la finalidad de apoyar el cumplimiento de las funciones que, en materia de telecomunicaciones, han sido transferidas a los citados gobiernos en el marco del proceso de descentralización; autorizando al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) a realizar transferencias financieras a favor de los gobiernos regionales en la fuente de recursos directamente recaudados, para apoyar el fortalecimiento de la gestión de las funciones transferidas, y para financiar el mantenimiento de los equipos y/o redes, o sistemas de telecomunicaciones;
Que, la Única Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley N° 29448 establece que el MTC puede modificar, mediante decreto supremo, la distribución de los recursos públicos que capte, con el objeto de orientar un porcentaje de los mismos al apoyo de las funciones transferidas en el marco del proceso de descentralización a los gobiernos regionales;
Que, en aplicación de la Ley N° 29448 se expidió el Decreto Supremo N° 005-2013-MTC, que autoriza al MTC a distribuir un monto máximo de S/. 14 454 496,00 (Catorce Millones Cuatrocientos Cincuenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Noventa y Seis y 00/100 Nuevos Soles) de los Recursos Directamente Recaudados que anualmente capte, a favor de los Gobiernos Regionales:
Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali; por los Años Fiscales 2012 al 2016, con la finalidad de apoyar el cumplimiento de las funciones que en materia de telecomunicaciones han sido transferidas a los gobiernos regionales, así como para financiar la operación y el mantenimiento de los sistemas de telecomunicaciones transferidos en el marco del proceso de descentralización;
Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 005-2013-MTC, establece que el MTC anualmente mediante Resolución Ministerial establecerá los montos a ser distribuidos a cada Gobierno Regional;
Que, sobre la base de los importes proporcionados por los Órganos de Línea del Viceministerio de Comunicaciones y por la Secretaria Técnica del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones a través del Memorando N° 065-2015-MTC/26 e Informe N° 014-2015-MTC/26, propone la distribución de los Recursos Directamente Recaudados para el año 2015, en aplicación del Decreto Supremo N° 005-2013-MTC, para cuyo efecto consigna los montos que corresponden a cada Gobierno Regional y los montos totales para cada actividad;
Que, mediante las Resoluciones Ministeriales N° 236-2013-MTC/01 y N° 127-2014-MTC/01 se establecieron los montos a distribuir a los gobiernos regionales para los años 2012, 2013 y 2014;
Que, mediante el Memorando N° 307-2015-MTC/09.03, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 159-2015-MTC/09.03 del Director de la Oficina de Presupuesto, en el cual manifiesta que el establecimiento de los montos a ser distribuidos a los gobiernos regionales para el año 2015
implementa lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 005-2013-MTC, siendo los montos concordantes con los niveles de distribución establecidos en dicho Decreto Supremo;
Que, en consecuencia, de acuerdo con lo actuado debe dictarse la resolución correspondiente;
De conformidad con las Leyes N° 29370 y N° 29448, y los Decretos Supremos N° 021-2007-MTC y N° 005-2013-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- El Ministerio de Transportes y Comunicaciones distribuirá a favor de los Gobiernos Regionales de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martin, Tacna, Tumbes y Ucayali, la suma total de TRECE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA
Y CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 585
000,00) para el Año Fiscal 2015, de los Recursos Directamente Recaudados, para apoyar el cumplimiento de las funciones que en materia de telecomunicaciones les han sido transferidas, así como para financiar la operación y el mantenimiento de los sistemas de telecomunicaciones transferidos en el marco del proceso de descentralización.
La distribución de recursos a favor de los Gobiernos Regionales se efectuará de acuerdo al detalle contenido en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los recursos públicos distribuidos a los Gobiernos Regionales según lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberán ser destinados sólo a los fines para los cuales son distribuidos, bajo responsabilidad.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
ANEXO
DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS A LOS GOBIERNOS
REGIONALES
AÑO FISCAL 2015
Fuente de Financiamiento: Recursos directamente Recaudados (Nuevos Soles)
N°
GOBIERNO
REGIONAL
Actividad 5000942:
Mantenimiento Sistema de Comunicaciones Actividad 5001110:
Promoción y Regulación de los Servicios de Telecomunicaciones
TOTAL
1 AMAZONAS 537,767 199,760 737,527
2 ANCASH 451,934 199,760 651,694
3 APURÍMAC 554,455 199,760 754,215
4 AREQUIPA 202,535 199,760 402,295
5 AYACUCHO 718,349 199,760 918,109
6 CAJAMARCA 677,382 199,760 877,142
7 CALLAO 0 190,920 190,920
8 CUSCO 519,868 199,760 719,628
9 HUANCAVELICA 762,362 199,760 962,122
10 HUÁNUCO 343,919 199,760 543,679
11 ICA 69,683 199,760 269,443
12 JUNÍN 614,040 199,760 813,800
13 LA LIBERTAD 333,964 199,760 533,724
14 LAMBAYEQUE 67,869 199,760 267,629
15 LIMA 207,252 199,760 407,012
16 LORETO 447,317 199,760 647,077
17 MADRE DE DIOS 112,054 199,760 311,814
18 MOQUEGUA 54,672 199,760 254,432
19 PASCO 329,162 199,760 528,922
20 PIURA 272,793 199,760 472,553
21 PUNO 675,280 199,760 875,040
22 SAN MARTÍN 351,017 199,760 550,777
23 TACNA 47,105 199,760 246,865
24 TUMBES 77,469 199,760 277,229
25 UCAYALI 171,592 199,760 371,352
TOTAL 8,599,840 4,985,160 13,585,000
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