3/13/2015

RESOLUCIÓN N° 068-2015/SBN-DGPE-SDAPE Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de

Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en el departamento de Moquegua RESOLUCIÓN N° 068-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 30 de enero de 2015 Visto el Expediente N° 1521-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 23 677,73 m², ubicado al Noroeste de la Carretera Binacional y se accede a través de la prolongación de la Avenida 3, en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; CONSIDERANDO: Que,
Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en el departamento de Moquegua
RESOLUCIÓN N° 068-2015/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 30 de enero de 2015
Visto el Expediente N° 1521-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 23 677,73
m², ubicado al Noroeste de la Carretera Binacional y se accede a través de la prolongación de la Avenida 3, en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua;

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley N° 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA;

Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 23 677,73 m², ubicado al Noroeste de la Carretera Binacional y se accede a través de la prolongación de la Avenida 3, en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, se encontraría libre de inscripción registral;

Que, mediante Oficio N° 391-2014/Z.R.N°XIII-ORM, la Zona Registral N° XIII -Sede Tacna, remite el Certificado de Búsqueda Catastral sobre la base del Informe Técnico N° 00685-2014-ZRN° XIII/UREG-ORM-R (fojas del 06
al 09), señala que el predio solicitado se encuentra totalmente sobre ámbito que no cuenta con antecedentes registrales;

Que, realizada la inspección técnica con fecha 18 de diciembre de 2014 (fojas 38), se verificó que el predio es de naturaleza eriaza, de forma irregular, presenta suelo constituido por material coluvial, textura areno arcillosa, topografía con pendiente menor al 5% aproximadamente, se encuentra próximo a una zona de expansión urbana y se encuentra desocupado;

Que, el artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 23 677,73 m², de conformidad con el artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva N° 003-2004/ SBN, que regulan el trámite de inscripción en primera de dominio de predios a favor del Estado;

Que, los incisos a) y p) del artículo 44° del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de bienes estatales bajo su competencia, así como emitir las resoluciones en materia de su competencia;

De conformidad con la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA
y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal N° 0074-2015/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 26 de enero de (foja 39 al 41);

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 23 677,73 m², ubicado al Noroeste de la Carretera Binacional y se accede a través de la prolongación de la Avenida 3, en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; según el plano perimétrico y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución.

Artículo 2°.- La Zona Registral N° XIII - Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Moquegua.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.