3/19/2015

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 008-2015-MINEDU Constituyen Comisión Consultiva encargada de brindar aportes

Constituyen Comisión Consultiva encargada de brindar aportes y recomendaciones para la elaboración de la Política de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria RESOLUCIÓN SUPREMA N° 008-2015-MINEDU Lima, 18 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, el segundo párrafo del artículo 16 de la Constitución Política del Perú, establece que el Estado coordina la política educativa. Formula los lineamientos generales de los planes de estudios así como los requisitos mínimos de la organización de los centros
Constituyen Comisión Consultiva encargada de brindar aportes y recomendaciones para la elaboración de la Política de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 008-2015-MINEDU
Lima, 18 de marzo de 2015
CONSIDERANDO:

Que, el segundo párrafo del artículo 16 de la Constitución Política del Perú, establece que el Estado coordina la política educativa. Formula los lineamientos generales de los planes de estudios así como los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos. Supervisa su cumplimiento y la calidad de la educación;

Que, conforme a lo señalado en el tercer párrafo del artículo 1 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, el Ministerio de Educación es el ente rector de la política de aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria;

Que, el artículo 37 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las Comisiones Consultivas están conformadas por profesionales, especialistas o representantes de la sociedad civil, de reconocida capacidad o experiencia, designados por Resolución Suprema. El cargo de miembro de la Comisión Consultiva es honorario y de confianza. No inhabilita para el desempeño de ninguna función pública o actividad privada;

Que, el literal a) del artículo 148 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, establece que es función de la Dirección General de Educación Superior Universitaria planificar, proponer, dirigir, coordinar, monitorear y evaluar la política y documentos normativos para el desarrollo y aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria, así como programas y proyectos en dicha materia;

Que, mediante Oficio N° 003-2015-MINEDU/VMGP-DIGESU, la referida Dirección General sustenta la necesidad de constituir una Comisión Consultiva que brinde aportes y recomendaciones para la elaboración de la Política de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, la Ley N° 30220, Ley Universitaria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Constitución de Comisión Consultiva Constituir la Comisión Consultiva encargada de brindar aportes y recomendaciones para la elaboración de la Política de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria.

La referida Comisión Consultiva dependerá del Ministerio de Educación.

Artículo 2.- Conformación de la Comisión Consultiva La Comisión Consultiva encargada de brindar aportes y recomendaciones para la elaboración de la Política de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, estará conformada por los siguientes miembros:
- JUAN MANUEL BURGA DIAZ
- MARTIN JAVIER SOTA NADAL
- FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER
- JAVIER ROMAN PIQUE DEL POZO
- ROXANA MARIA IRMA BARRANTES CACERES
- MARIA GRACIELA RISCO DENEGRI VDA DE
DOMINGUEZ
- SALOMON LERNER FEBRES
- MONICA PATRICIA BONIFAZ CHIRINOS
Los miembros de la referida Comisión Consultiva realizan su labor ad honorem, debiendo elegir entre ellos al Presidente de la misma, quien tendrá voto dirimente.

Artículo 3.- Función de la Comisión Consultiva La Comisión Consultiva encargada de brindar aportes y recomendaciones para la elaboración de la Política de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria tendrá como función la elaboración de un documento que contenga dichos aportes y recomendaciones, el cual será entregado al Ministro de Educación para los fines pertinentes.

Artículo 4.- Vigencia de la Comisión Consultiva La Comisión Consultiva encargada de brindar aportes y recomendaciones para la elaboración de la Política de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, tendrá una vigencia de 45 días calendario.

Artículo 5.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación.

Regístrese, comuníquese, y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

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