4/19/2015

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 1125-2015/GRP-CR Aprueban delegación de competencias al Ministerio

Aprueban delegación de competencias al Ministerio de Educación, para la remodelación, equipamiento y mantenimiento de infraestructura de diversos colegios ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 1125-2015/GRP-CR Piura, 9 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política,
Aprueban delegación de competencias al Ministerio de Educación, para la remodelación, equipamiento y mantenimiento de infraestructura de diversos colegios
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 1125-2015/GRP-CR
Piura, 9 de abril de 2015
CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 36° y 43°, de la Ley de Bases de la Descentralización, y del literal m) del artículo 47°, de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los gobiernos regionales comparten competencias con el gobierno nacional en materia de educación, y tienen entre sus funciones el diseño e implementación de políticas de infraestructura y mobiliario;

Que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión del Consejo Regional sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme a lo establecido por el artículo 39° de la citada Ley N° 27867;

Que, a través de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, se estableció el mecanismo por el cual los Gobiernos Regionales y Locales pueden ejecutar proyectos de inversión pública con participación del sector privado, a cargo de sus recursos de canon, sobrecanon, regalías mineras, renta de aduanas y participaciones;

Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 1032-2014/GRP-CR del 18 de junio de 2014, y Acuerdo de Consejo Regional N° 1053-2014/GRP-CR del 27 de agosto de 2014, se priorizaron proyectos de inversión pública correspondiente a once (11) proyectos de mejoramiento de Instituciones Educativas de nuestra Región, para ser ejecutados en el marco de la Ley N° 29230;

Que, a través del artículo 17° de la Ley N° 30264, se incorporó a las entidades del Gobierno Nacional de los sectores salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, en los alcances de la Ley N° 29230, a cargo de sus recursos ordinarios;

Que, el Gobierno Regional Piura ha establecido como política de gestión, promover la participación del sector privado para la ejecución de proyectos de inversión pública en infraestructura y de servicios públicos de competencia regional en el ámbito de su jurisdicción; con ello se busca la promoción de la participación de la inversión privada en la ejecución de estos proyectos, y así favorecer el desarrollo de nuevas fuentes de generación de bienes, servicios y empleo, contribuyendo a mejorar la calidad de vida de la población;

Que, en ese contexto, se presentó al Ministerio de Educación una carta en la cual una empresa privada presentó una propuesta para que dicho Ministerio, priorice la ejecución de un proyecto que implica la reparación integral y el mantenimiento de las siguientes Instituciones Educativas:

Ampliación y mejoramiento de la infraestructura educativa en la I.E N° 20436 Rosa Suarez Rafael Urb. Los T allanes – Distrito y provincia Piura, código SNIP 142283; ii) Mejoramiento de la Oferta del servicio educativo de la Institución Educativa Manuel Gonzales Prada - Sol Sol – Distrito de Chulucanas, provincia de Morropón, región Piura, código SNIP 171843;
iii) Mejoramiento de la oferta del servicio educativo de la Institución Educativa pública Alfonso Ugarte – San Pedro, distrito de Chulucanas, provincia de Morropón, región Piura, código SNIP 161751; iv) Ampliación y mejoramiento de los servicios educativos de la Institución Educativa San Ramón, distrito de Chulucanas, provincia Morropón – departamento Piura, código SNIP 161278; v) Mejoramiento de los servicios de educación inicial, primaria y secundaria de la I.E. Monte Lima, distrito de Ignacio Escudero, provincia de Sullana –
departamento Piura, código SNIP 264829; y vi) Ampliación y mejoramiento de infraestructura con equipamiento de mobiliario en la Institución Educativa San Francisco de Chocán – Querecotillo, código SNIP 30943;

Que, este proyecto se ejecutaría bajo el mecanismo de obras por impuestos, el cual tiene por objetivo, entre otros, la remodelación y equipamiento, así como el mantenimiento de infraestructura de los colegios anteriormente descritos por un plazo de cinco (5) años, intervención que beneficiaría a una población estudiantil aproximada de 19,0000 alumnos; brindándoles una infraestructura educativa de calidad, la misma que será mantenida en óptimas condiciones;

Que, tomando en cuenta que el costo total de los proyectos es de S/. 34,544,647.02 (Treinta Cuatro Millones Quinientos Cuarenta y Cuatro Mil Seiscientos Cuarenta y Siete con 02/100 Nuevos Soles) y que el presupuesto con el que cuenta la región no puede comprometerse para una suma tan elevada, se ha considerado necesario buscar otras fuentes de financiamiento para la ejecución del proyecto;

Que, de esta manera, tomando en cuenta los mecanismos de participación privada que ampara el marco normativo vigente, y el presupuesto con el que cuenta el Ministerio de Educación, se considera necesario delegar las competencias para la remodelación, equipamiento y mantenimiento de infraestructura de los colegios detallados al MINEDU;

Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria N° 09 - 2015, celebrada el día 09 de abril de 2015, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley N° 27680 y Ley N° 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053;

ACUERDA:

Artículo Primero.- Aprobar la delegación de competencias que tiene el Gobierno Regional de Piura en los componentes de infraestructura, equipamiento y mobiliario para el desarrollo, gestión, implementación, ejecución y financiamiento del proyecto denominado Ejecución de Proyectos del Sector Educación mediante Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión Pública Regional y Local con participación del Sector Privado, al Ministerio de Educación, el cual implica la reparación integral y el mantenimiento de las siguientes Instituciones Educativas:

Nombre del Proyecto Código
SNIP
MONTO DE
INVERSIONES
Ampliación y mejoramiento de la infraestructura educativa en la I.E N° 20436 Rosa Suarez Rafael Urb. Los Tallanes – Distrito y provincia Piura 142283 2,111,796.41
Mejoramiento de la Oferta del servicio educativo de la Institución Educativa Manuel Gonzales Prada - Sol Sol – Distrito de Chulucanas, provincia de Morropón, región Piura 171843 2,511,485.81
Mejoramiento de la oferta del servicio educativo de la Institución Educativa pública Alfonso Ugarte – San Pedro, distrito de Chulucanas, provincia de Morropón, región Piura.

161751 6,899,498.80
Ampliación y mejoramiento de los servicios educativos de la Institución Educativa San Ramón, distrito de Chulucanas, provincia Morropón – departamento Piura.

161278 10,420,398.00
Mejoramiento de los servicios de educación inicial, primaria y secundaria de la I.E. Monte Lima, distrito de Ignacio Escudero, provincia de Sullana – departamento Piura.

264829 6,317,259
Ampliación y mejoramiento de infraestructura con equipamiento de mobiliario en la Institución Educativa San Francisco de Chocán – Querecotillo.

30943 6,284,209
TOTAL S/. 34,544,647.02
Artículo Segundo.- Los proyectos mencionados en el artículo primero serán ejecutados mediante el mecanismo de obras por impuestos por parte del Gobierno Nacional a través del Ministerio de Educación, aprobado por Ley
N° 30264.

Artículo Tercero.- El Ministerio de Educación será el responsable íntegramente de los proyectos en tanto estos se encuentren en ejercicio de la delegación de competencias acordada y efectuada en el presente acto, caso contrario el Gobierno Regional Piura deberá proveer los recursos necesarios para la continuidad y sostenibilidad de los mismos.

Artículo Cuarto.- Autorícese al Gobernador Regional de Piura a suscribir con el Ministerio de Educación el respectivo convenio y las adendas necesarias que permitan la implementación del presente Acuerdo.

Artículo Quinto.- Alcanzar el presente Acuerdo a Gerencia General Regional para que dispongan las acciones administrativas para su implementación.

Artículo Sexto.- Disponer, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo Sétimo.- Dispensar al presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta.

POR TANTO.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

HERMER ERNESTO ALZAMORA ROMÁN
Consejero Delegado Consejo Regional

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